
Un abogado lanza una advertencia importante sobre la hija de Michu y José Fernando
Un abogado habla alto y claro sobre qué pasará ahora con la hija de José Fernando tras el fallecimiento de Michu
Un abogado ha roto su silencio para compartir una importante e inesperada advertencia sobre Rocío, la única hija de Michu y José Fernando. Más concretamente, sobre qué pasará ahora con la menor, teniendo en cuenta la delicada situación de su padre.
Ha pasado ya una semana desde que se confirmó la trágica muerte de Michu en su domicilio de Sanlúcar de Barrameda. Durante los días posteriores, han salido a la luz varios datos al respecto, entre ellos, la posible causa de su fallecimiento.

Pero ahora, la revista Semana ha contactado con el abogado Javier Guerrero Guerrero para hablar sobre el futuro de la menor. En especial, sobre qué pasará a partir de ahora con ella, teniendo en cuenta que José Fernando sigue ingresado en un centro hospitalario de Madrid.
Una situación especialmente delicada que plantea varias dudas al respecto. Entre ellas, quién asumirá la custodia de la pequeña Rocío y qué pasos legales deben seguir los miembros de esta mediática familia.
Un abogado advierte sobre el futuro de la hija de Michu y José Fernando
El letrado ha comenzado analizando el caso de Michu desde el punto de vista legal: “En principio, tras el fallecimiento de uno de los progenitores, el otro asume automáticamente la custodia”. “Salvo que esté privado de la patria potestad por resolución judicial”, ha matizado.
Sin embargo, todo apunta a que el ingreso prolongado de José Fernando está complicando las cosas. “Cuando ese progenitor se encuentra internado en un centro psiquiátrico o incapacitado para ejercer su rol parental, puede no estar en condiciones de asumir dicha responsabilidad”, ha asegurado el abogado.
Tanto es así que, en estos casos, se activa “la intervención de la Fiscalía de Menores y, en muchos casos, de servicios sociales”. Dicha intervención tiene como objetivo proteger el bienestar del menor en un momento tan vulnerable.

“En una situación así, se estudia la posibilidad de nombrar un tutor legal o guardador de hecho provisional mientras se valora el estado del padre y se determina la mejor solución”.
Además, Javier Guerrero Guerrero señala que José Fernando no perderá la patria potestad automáticamente, “salvo que exista una resolución judicial que lo declare expresamente”.
“Lo que puede ocurrir es que se suspenda su ejercicio si se acredita judicialmente que el progenitor no está en condiciones de ejercerla adecuadamente. Esto se tramita a través de un procedimiento de jurisdicción voluntaria, en el que puede intervenir el Ministerio Fiscal”.

En casos donde no existe un testamento, un documento notarial o guarda voluntaria previamente establecida, la Fiscalía puede proponer una solución temporal “a favor del familiar más idóneo”.
“Es habitual que, de forma inmediata, la abuela materna u otro familiar cercano asuma la guarda de hecho, a la espera de resolución judicial”, ha aclarado el letrado a continuación.
Por otro lado, el abogado reconoce que “es frecuente que se den disputas” entre las familias materna y paterna. “En esos casos, el conflicto se resuelve judicialmente, previa audiencia del Ministerio Fiscal y, si es necesario, del propio menor si tiene madurez suficiente”, ha añadido a continuación.
También se valora el deseo que pudo haber manifestado Michu antes de fallecer. No obstante, y aunque se comentó en Vamos a ver que su voluntad era que la pequeña se quedase con los Ortega Cano, no está claro si dejó constancia de ello.

“Si están formalizados mediante documento notarial o testamento, esos deseos tienen un peso muy relevante en la decisión judicial. En ausencia de documento, pueden ser valorados si existen pruebas o testigos que confirmen la voluntad de la madre, aunque no tienen fuerza vinculante por sí solos”, ha aclarado Guerrero.
Por otro lado, el hecho de que José Fernando esté ingresado no implica que pierda todo vínculo con su hija. “No se excluye el derecho del padre a mantener contacto con su hija, salvo que exista un riesgo para el menor o haya una resolución judicial en contra”.
De hecho, “si el padre se rehabilita y demuestra que tiene capacidad para ejercer la patria potestad y ofrecer un entorno estable, puede solicitar la custodia”. Y para ello debe solicitarlo mediante una “modificación de medidas ante el juzgado”.
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