27 de abril de 2024
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FIN DE SEMANA

La granadina de 40 años condenada por un delito de sustracción de menores podrá acudir a su trabajo y ver a los niños cada dos fines de semana

Así es la actual vida de Juana Rivas: Permisos penitenciarios de salida y visitas a sus hijos

Juana Rivas.
Juana Rivas.
El caso de Juana Rivas da un nuevo giro a favor de la condenada. Después de la negativa del juez Manuel Piñar de suspender la condena a Rivas, la mujer ha conseguido que se le permita acudir a su trabajo de 8:00h a 21:30h y que pueda visitar cada dos fines de semana a sus hijos. Así lo ha anunciado el despacho de abogados Aránguez, encargado de la defensa de la granadina, además de denunciar que el Centro Penitenciario "CIS Matilde Cantos" donde cumple condena, no sabía de su indulto parcial.

La granadina Juana Rivas, condenada a un año y tres meses de prisión por un delito de sustracción de menores, ha logrado –a través de un escrito presentado este lunes– que se amplíen sus salidas del Centro Penitenciario "CIS Matilde Cantos". Este nuevo permiso, que llega después de que el magistrado Manuel Piñar denegara la suspensión de pena de Rivas, autoriza a la penada acudir a su trabajo y ver a sus hijos cada dos fines de semana, según ha confirmado el despacho de Aránguez Abogados que lleva el caso.

A partir de la petición, la oficina ha explicado que "el Juzgado de lo Penal nº1 de Granada ni siquiera había comunicado oficialmente al Centro Penitenciario que se había concedido un Indulto Parcial, lo que nos parece extraordinariamente grave". 

Juana Rivas en una de sus comparecencias ante los medios.

En la Junta de Tratamiento –órgano de Instituciones penitenciarias que decide en cada centro, entre otras muchas cosas, la modalidad de cumplimiento del Tercer Grado (el más favorable, que es el que tiene Juana)– celebrada este miércoles, el bufete relata que "se acordó ampliar los permisos de salida del Centro Penitenciario para que Juana Rivas pueda atender sus obligaciones laborales de 8:00h a 21:30h (teniendo que volver a dormir al Centro), y pudiendo disfrutar de dos fines de semana al mes como permisos de salida". "Estamos muy satisfechos con esta decisión, que permitirá a Juana además de atender su actividad laboral, poder pasar las Navidades con sus hijos", han expresado.

Sin embargo, la defensa de Juana no se da por satisfecha y este miércoles presentaba un Recurso de Apelación ante la Audiencia Provincial de Granada con el que, según aseguran, "esperamos y confiamos se resuelva definitivamente esta situación".

Cronología del caso Juana Rivas

En mayo de 2016, la vecina de Maracena, Juana Rivas, viajó a España con sus dos hijos y no regresó a Calaforte (Italia), donde llevaba conviviendo tres años con su entonces pareja, el genovés Francesco Arcuri, con quien viven los menores tras darle la custodia exclusiva de ambos la justicia italiana.

El 2 de agosto, Rivas escolarizó a los niños en un colegio de la localidad donde reside. El progenitor, que tenía la guarda y custodia de los dos menores, denunció los hechos y un juzgado de Primera Instancia de Granada acordó la inmediata restitución de los menores a Italia como estado de residencia habitual de los niños. Tras varios requerimientos para que devolviera a sus hijos, el 26 de julio de 2017 Rivas se ocultó con ellos y su expareja denunció la desaparición.

El juzgado de lo Penal número 1 de Granada en primera instancia condenó a Juana Rivas a la pena de cinco años de prisión (dos años y seis meses por cada uno de los delitos), la privación de la patria potestad de sus hijos durante seis años y el pago de una indemnización a su exmarido. Con posterioridad, la Audiencia Provincial de Granada ratificó dicha decisión, modificando únicamente la cantidad indemnizatoria a favor de Arcuri, reduciendo la misma de 30.000 a 12.000 euros.

Rivas en su juicio.

Se estimó por tanto parcialmente este recurso, no procediéndose a la absolución de Juana Rivas, sino a la rebaja de la condena al acoger el motivo que se planteaba en base a que la conducta de Rivas integraría un único delito de sustracción de menores del artículo 255 bis del Código Penal, que protege los derechos del padre y no de cada uno de los menores. Este motivo fue apoyado por el Ministerio Fiscal quien interesó la estimación del recurso en este sentido. Con esta decisión el Tribunal Supremo sentó doctrina y creó jurisprudencia sobre el hecho de que se trataba de un solo delito de sustracción, independientemente de que sean dos o más los hijos que permanezcan ocultos.

Una vez que su condena fue reducida por la vía judicial –a raíz del recurso formulado y presentado por la letrada penalista Maite Pozo, exabogada de Rivas–, ingresó en prisión e inició el cumplimiento de la condena que fue acordada por el Tribunal Supremo una vez que esta se hizo firme. Mientras tanto, la mujer presentó solicitud de indulto al Gobierno, y el pasado mes de noviembre fue estimada parcialmente por el Ejecutivo, viéndose reducida a la mitad la condena de prisión.

Como analizó en noviembre de 2021 la abogada Maite Pozo para elcierredigital.com, el Consejo de Ministros aprobaba el indulto parcial a Juana Rivas que le permitía dejar en suspenso la pena de prisión que ya estaba cumpliendo y recuperaba la patria potestad que había perdido a cambio de realizar 180 días de trabajos en beneficio de la comunidad. "Con dicha rebaja, la pena de un año y tres meses de prisión sería susceptible de dejarse en suspenso, pues el artículo 80 del Código Penal concede a los jueces la posibilidad de ello, siempre y cuando se reúnan una serie de requisitos", explicaba la penalista Pozo. Juana Rivas presentaría todos y cada uno de los requisitos establecidos legalmente pero "dicha facultad es potestativa y discrecional para los jueces, y en este caso, el juez Manuel Piñar Díaz considera que no es procedente dicha concesión", puntualizó.

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