23 de mayo de 2024
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FIN DE SEMANA

El abogado García Cebrián analiza esta cláusula del divorcio, que "solo debería ser puesta en marcha por motivos justificados y el bien de los niños"

El acuerdo 'de despecho' entre Piqué y Shakira: Sus hijos no verán a las nuevas parejas

/ Gerard Piqué y Shakira.
El acuerdo de divorcio de la cantante colombiana Shakira y el exjugador de fútbol Gerard Piqué continúa siendo uno de los más mediáticos del momento. Recientemente ha trascendido que en el acuerdo de separación de ambos habría una cláusula que impediría, o cuanto menos limitaría, que sus hijos pudieran estar en compañía de las nuevas parejas de los padres.El abogado Alberto García Cebrián analiza esta situación "que debería estar justificada por el bien de los niños".

Ha trascendido en los medios de comunicación que en el acuerdo de separación de Gerard Piqué y Shakira habría una cláusula que impediría, o cuanto menos limitaría, que los niños pudieran estar en compañía de las nuevas parejas de los padres.

A pesar de que esta estipulación se aplicaría para ambos progenitores, en estos momentos el único que tiene pareja de manera pública y notoria es Gerard Piqué. Además, la ruptura se precipitó al conocerse la relación sentimental de Piqué con Clara Chía por lo que está estipulación contextualizada, suponía una limitación al libre desarrollo de la pareja con los hijos comunes, pero claramente sólo aplicable al tiempo de la ruptura respecto de Clara.

Además, el desarrollo posterior tampoco ha sido saludable, pues incluso la cantante colombiana ha tenido un gran éxito musical con canciones que trataban sobre su ruptura con el futbolista y que mandaba indirectas muy desafortunadas a Clara Chía.

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Clara Chía y Piqué.

Clara Chía no sólo ha tenido que soportar las puntillas de las canciones de Shakira, sino que, además, ahora estaría en desacuerdo con esta estipulación, según se ha publicado en los medios, y tendría el deseo de que se renegociara para poder hacer vida normal tanto con su pareja, Piqué, como sus hijos.

A pesar de que en el convenio regulador pueda constar una estipulación es la que se indique que cuando estén los progenitores con los hijos comunes no puedan estar presentes las nuevas parejas sentimentales, es una cláusula de despecho, resentimiento y prejuicios, que es de muy difícil aplicación y ejecución en caso de incumplimiento.

En caso de incumplimiento, ¿acaso pretenden pedir en proceso judicial la ejecución por entender que los niños has pasado tiempo con la nueva pareja del padre o la madre? Sería ridículo y un completo sin sentido de no existir un motivo real que lo justifique. En cambio, parece que la sociedad ve normal que los propios niños hayan aparecido públicamente cantando la canción que Shakira lanzó con mensajes hacía Piqué y Clara, parece incluso algo curioso y divertido, cuando no debería serlo.

Plan de parentalidad para motivos justificados

Además, esta estipulación de despecho jurídicamente es muy controvertida, pues puede ser una declaración de propósitos o intenciones teóricos, pero supone una limitación en la práctica a la libertad de los progenitores que no está justificada.

En todo Cataluña los convenios reguladores de separación se denominan plan de parentalidad en aplicación del derecho foral catalán. Pues bien, si en el plan de parentalidad se restringe sin motivo justificado la relación de un hijo común con la nueva pareja sentimental de alguno de los progenitores, se estará incurriendo en un gran despropósito, pues las limitaciones pueden y deben establecerse sólo cuando hay un motivo justificado por y para los niños, no derivado de intereses de los padres que puede llevar a cosificar a los niños para decir lo que pueden o no pueden hacer los niños por su decisión arbitraria. Un motivo justificado podría ser que una persona fuera peligrosa, tuviera adicciones, existieran precedentes que lo hicieran desaconsejable… etc.

El hecho de que unos padres cuando se separan acuerden este tipo de estipulaciones no deja de visibilizar el anómalo ejercicio de la corresponsabilidad familiar, pues es una estipulación que satisface un deseo de los progenitores fruto de sus resentimientos, pero que en ningún caso se deriva de una necesidad que suponga un bienestar o beneficio para los menores.

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Shakira y Piqué junto a sus hijos.

Las estipulaciones que no obedecen a un interés real de los hijos realmente se suelen derivar de los prejuicios de los padres en separaciones mal avenidas. Sin ir más lejos, recientemente el hermano de Gerard Piqué contrajo matrimonio y según trascendió el futbolista pidió a Shakira que le permitiera que los hijos comunes disfrutaran de la presencia en la boda, pero la colombiana al parecer lo impidió.

¿Cuál es el resultado? Que los niños se quedaron sin participar y disfrutar de la boda de su tío.

Ahora todo se entiende más y sigue la misma dirección. El acuerdo de separación ha creado gran expectación y no fue sencillo pues hubo un periodo complicado de tiras y aflojas en las que se alcanzó un acuerdo que no ha trascendido, pero a pesar de ello, la estipulación de pretender impedir que la nueva pareja este con los hijos comunes, es jurídicamente un despropósito.

Probablemente la justificación, intención o motivo real de los progenitores sea que los niños se deben de adaptar progresivamente a la separación y a la vida por separado sin que sea mucho cambio al principio y precipitadamente llegue a conocer a las nuevas parejas.

A pesar de ello, por mero sentido común, este tipo de estipulaciones son tan arbitrarias que llegan a ser ridículas. ¿Por qué?

Por tener que definir en primer lugar qué se entiende por pareja. Si es una “amiga o amigo especial” sí que se podría. No tiene sentido que se contratara un detective para chequear con qué persona está y qué tipo de relación tiene con ella. Además, podemos entrar en confrontación con el derecho de ese progenitor de decidir libremente su propia vida y la que desarrolla responsablemente con sus hijos.

No debemos de caer en relaciones familiares infantiles o supervisadas sin justificación. Debemos entender que cada progenitor podrá libremente decidir en cada momento si sus hijos se relacionan con cada uno de sus seres queridos. La responsabilidad de un padre o madre no puede limitarse por los celos o rencores de una mala separación.

Por poner un ejemplo, imaginemos que en una separación los dos progenitores se llevan mal con su suegra y con tal de evitar la relación de los niños con su suegra acuerdan que los niños no se relacionen con ninguna de sus abuelas. Pues bien, en inentendible que se prive o limite la relación de un niño por el malestar de los progenitores pues los niños tienen derecho a una infancia feliz y no condicionado, salvo que realmente exista un motivo justificado por y para los hijos, no por el capricho o deseo de los padres.

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