26 de abril de 2024
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FIN DE SEMANA

El famoso presentador de televisión luchó para demostrar que su enfermedad fue causada por la fibra aislante que recubría las paredes de los estudios

La familia de José María Iñigo gana la primera batalla a RTVE: El juzgado reconoce que su muerte fue derivada por intoxicación de amianto

El presentador José María Iñigo.
El presentador José María Iñigo.
La familia del presentador de televisión José María Iñigo ha ganado la primera batalla judicial a TVE. El famoso locutor y presentador falleció en 2018 por un tipo de cáncer de pulmón que se asocia al amianto. Su viuda continuó la batalla iniciada en su día por el presentador, también en defensa de su pensión. A juicio de la magistrada del Juzgado de lo Social número 2 de Madrid, la muerte de Iñigo se debe a una enfermedad profesional, derivada de la intoxicación de amianto en Prado del Rey.

Durante sus últimos años, el famoso conductor de programas de televisión intentó probar que su enfermedad fue causada por la fibra aislante que recubría las paredes de los estudios que Televisión Española tenía en Prado del Rey, un lugar donde trabajó durante muchos años. Tras su muerte, fue su familia la que demandó a la corporación. Dos años después de la muerte de Íñigo, una sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 2 de Madrid ha declarado que la pensión de viudedad reconocida a su viuda deriva de una enfermedad profesional.

Ahora esta sentencia declara como hechos probados que en aquellos estudios había amianto, usado como acondicionamiento acústico, que liberaba fibras al deteriorarse a las que estaban expuestos los presentadores, los trabajadores, los invitados de los programas e, incluso, el público.

Estudios de RTVE con amianto

El caso de José María Íñigo en RTVE no es el único y la Corporación Pública lleva años peleando por limpiar su emblemática sede de Prado del Rey, en Madrid, de todo ese material, lo que ha conllevado a la demolición y reconstrucción de varios edificios de este complejo televisivo situado en Pozuelo de Alarcón. En 2019, sin embargo, un informe solicitado a una consultora de seguridad reveló que el material seguía presente en paredes, techos, aislamientos y conductos de climatización de varias de estas instalaciones.

La sentencia recoge que "el mesotelioma pleural es un tumor poco frecuente, con una relación causa-efecto muy importante con la exposición al asbesto/amianto. No todos los trabajadores expuestos desarrollan la enfermedad, suele haber un periodo de latencia entre 30-40 años entre la exposición y la enfermedad".

Iñigo en una de sus etapas en TVE.

Asimismo, en la sentencia se considera que Iñigo tuvo al menos "21 contratos de trabajo entre el 28/10/1974 y el 3/05/2017" y otros 31 contratos "mercantiles y/o artísticos".

La defensa de la familia constató durante el juicio, con gran sorpresa, que no se tenía en cuenta su trabajo de más de 30 años y que únicamente aparecían 45 días cotizados en Televisión Española  y que esos 45 días correspondían a fechas a partir de 2004, la segunda etapa de Íñigo en la televisión pública.

Ahora, en la citada sentencia se recogen perfectamente las diferentes etapas de presentador de José María Iñigo en RTVE: 

Hoy 14,15”: 28/10/1974 a 28/02/1975

Directísimo”: 1/04/1975 a 19/06/1976. En Estudio 1 de Prado del Rey, duración 120 minutos.

Fantástico”: 13/10/1978 a 11/01/1981. Estudio 1 de Prado del Rey. Duración 240 minutos.

Estudio Abierto”: 13/04/1982 a 16/06/1985. Estudio 1 de Prado del Rey. Duración 120 minutos.

-Segunda Etapa del 2/06/2003 a 31/07/2017.

"En este periodo ha tenido contratos laborales esporádicos en días puntuales como presentador, comentarista o jurado. “Se va se va”: 17/12/2003; “50 Aniversario Eurovisión” del 20 al 23 de octubre de 2005. “Gala Selección Eurovisión 2010” del 21/02/2010 al 29/05/2010; Festival de Eurovisión entre 2011 y 2017 suscribió todos los años contratos laborales de 10/11 días de duración", señala la magistrada del Juzgado de lo Social.

Los contratos mercantiles fueron "Colaboraciones de carácter permanente: 1/09/2009 a 31/07/2017 en programas de Radio de RNE de periodicidad semanal. “No es un día cualquiera” 1/09/2009 al 5/05/2018 en Estudio 101 de La Casa de l Radio. “El día menos pensado” del 3/09/2012 a 31/07/2013. En el programa de televisión “La Mañana de la 1”: 5/09/2011 a 30/06/2012".

Hay también datos de "colaboraciones puntuales" entre 2/06/2003 y 21/04/2015, participaciones puntuales en un día determinado de naturaleza mercantil como presentador, comentarista o invitado en distintos programas de televisión: “Gala TV 2003”: 2,4 y 6 de junio 2003. “Cine de Barrio “Los Tramposos”: 12/04/2004, Estudio 3 Prado del Rey. “50 años no es nada”: 27/11/2005. “Salvemos Eurovisión”: 24/05/2008. “Cine de Barrio”; 12/12/2011 y el 5/11/2012 en Estudio Buñuel. “+ Gente”: 28/05/2012, 17/12/2012, 27/02/2013 en Estudios de Prado del Rey. “La Aventura del Saber”: 24/04/2014 en Estudios TVE en Sant Cugat del Vallés (Barcelona) “Cines de Barrio”: 16/06/2014 en Estudio 2 de Prado del Rey. “La Mañana”: 15/05/2014 en Estudio 1 de Prado del Rey. “60 Aniversario de Eurovisión”: 21/04/2015. (Informe de la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social f. 1077 a 1089, f.1421 a 1436)

La sentencia recoge con hecho relevante que "el Estudio 1 de TVE tuvo problemas importantes de ruido, debido a que en las retransmisiones en directo el ruido exterior se filtraba en el estudio y la acústica no era tan buena como debería ser, por ello las paredes y los techos se cubrieron con un proyectado de un aglutinante y fibra de amianto que solucionó gran parte del problema acústico, en aislamiento y en absorción. Además, el material sufría perturbaciones por el ruido y vibraciones debido a actuaciones musicales, aplausos y gritos del público asistente, los efectos del viento provocados por los grandes ventiladores y el aire acondicionado".

Por eso, la magistrada ha declarado que la pensión de viudedad de la esposa de José María Iñigo, que fue reconocida tras el fallecimiento del presentador, "deriva de enfermedad profesional". Contra la citada sentencia cabe recurso por parte de la Corporación RTVE ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM).

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