27 de abril de 2024
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FIN DE SEMANA

El menor gallego de 9 años tenía nombre masculino desde hacía años y manifestó su identificación como varón en el año 2018

El Registro de Ourense estrena la Ley Trans con el cambio de sexo de un niño de nueve años

Bandera transexual.
Bandera transexual.
Un menor de nueve años ha cambiado su sexo en el Registro Civil de Ourense. El magistrado encargado de emitir el auto cambiaba de este modo la anterior resolución desestimatoria que no permitió que el sexo del menor fuese cambiado de “mujer” a “varón” en el año 2021, pese a que en el registro figurase con nombre masculino. Una noticia que llega el mismo día que se ha aprobado ley trans y de derechos de las personas LGTBI.

Antonio —nombre ficticio para preservar la identidad del menor— tiene nueve años y aunque se siente de género masculino, en el Registro Civil constaba como femenino. Ahora, tras años de lucha por parte de su familia, el magistrado del Registro Civil de Orense, Darío Carpio Estévez Pérez, ha accedido a que se cambie el sexo del menor en su acta de nacimiento de “mujer” a “varón”, con el que Antonio se identifica.

El auto que ha confirmado este cambio —se emitió el pasado 10 de junio y ha sido difundido el pasado lunes por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia— ha modificado la anterior “resolución desestimatoria” que la familia de Antonio obtuvo al intentar realizar este mismo cambio en 2021. Al obtener la negativa, los padres del menor recurrieron. Ahora, han tenido éxito.

Tal y como indica el auto judicial, Antonio ya había “manifestado y planteado a sus padres en el año 2018” su identidad como varón, hecho que hizo que, de acuerdo con una de las leyes vigente en Galicia, sus padres pudieran cambiar su nombre femenino por uno masculino. Una situación que, sin embargo, no se veía reflejada en el sexo que constaba en el Registro Civil.

“Situación estable de transexualidad”

El magistrado afirma en el auto que el hecho de ser menor de edad “no puede ser motivo para despojarlo de los derechos que le asisten”, por lo que, después de entrevistar al menor, ha confirmado el cambio de sexo.

En el texto también se afirma que Antonio tiene un “elevado grado de madurez” y que, debido a que “piensa y actúa como varón desde hace años”, tiene una “situación estable de transexualidad”.

Cartel que pide la aprobación de la ley trans.

Además, en la entrevista realizada a Antonio, se extrae que el menor tiene “una notoria y manifiesta estabilidad emocional y sensitiva” y que en su “faceta escolar académica, se trata en este caso de un menor muy despierto que, en su ámbito académico, como alumno obtiene muy buenas notas calificadoras como son la mayoría de notables y sobresalientes” y que está “rodeado de unos determinados ambientes que se han de considerar ciertamente positivos”.

Unos datos que han hecho que el magistrado, tomando como referentes la Ley 3/2007 de 15 de marzo (que permite el cambio de nombre y sexo en el Registro Civil a adultos) y el “Anteproyecto de Ley para la igualdad real y afectiva de las personas trans y garantizar los derechos de las personas LGTBI” le conceda a Antonio el derecho de que en su registro figure “varón” junto a su nombre.

En 2019, con la misma edad que Antonio y también en Galicia, Paula cambiaba su sexo y su nombre en el DNI, convirtiéndose en la menor más joven de la comunidad autónoma en conseguirlo.

El anteproyecto de ‘Ley trans’

El pasado lunes también se aprobaba la ley trans y de derechos de las personas LGTBI en Consejo de Ministros. Una ley que parte del anteproyecto que la ministra de Igualdad Irene Montero planteó en febrero de 2021 y en la que, en lo referente a los transexuales se plantea el concepto de “autodeterminación de género”.

Irene Montero.

Entre las novedades de esta ley, se encuentra la posibilidad de cambiarse de sexo sin necesidad de pruebas médicas o psicológicas, por lo que quedará anulada la obtención de un informe médico que diagnostique a la persona transexual una distrofia de género, como se requería previamente. Tampoco sería necesaria, la “modificación de la apariencia o función corporal de la persona a través de procedimientos médicos, quirúrgicos o de otra índole".

Este anteproyecto recogía, además, como único requisito para poder hacer el cambio de sexo en el Registro Civil, la "declaración expresa" de la persona. La ley de 2007 permitía a los españoles que quisieran, cambiar de género en dicho registro siempre que fueran mayores de 18 años y sin necesidad de que existiese una cirugía de reasignación de sexo.

La nueva ley, además, cambia esta edad mínima a 16 años para que las personas trans puedan solicitar la rectificación de sexo por sí mismas. En el caso de los menores —de entre 12 y 16 años— podrán efectuarla por sí mismos o a través de sus representantes legales previo consentimiento de sus progenitores. Una medida que fue polémica debido a que no se pedía constatar previamente la madurez de los menores.

En el caso de Antonio, el magistrado ha tenido en cuenta los preceptos de este anteproyecto pero, además, ha insistido a lo largo del texto en la madurez del menor a la hora de admitir su cambio de sexo, justo antes de la semana del orgullo LGTBI.

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