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Dos repartidores de Glovo en motocicletas con mochilas amarillas en una calle urbana.
INVESTIGACIÓN

La empresa Glovo, de origen español, señalada por Bruselas por 'conformar un cártel'

La compañía podría ser sancionada con 400 millones de euros tras ya perder más de 200 millones en multas en España

La compañía de origen español y capital alemán Glovo  sabía desde hace días que desde Bruselas podría caerle una cornada por haber conformado un cártel con su antigua rival y hoy propietaria, Delivery Hero, ya que ambas habrían acordado repartirse mercado o compartido informaciones comerciales. 

Estas presuntas prácticas anticompetitivas se habrían producido a partir de julio de 2018, cuando la alemana Delivery Hero tomó una posición minoritaria en la empresa fundada en Barcelona en 2014 por los españoles Sacha Michaud y Oscar Pierre Miquel, y en junio de 2022, que fue cuando los teutones se hicieron con el control a cambio de 230 millones de euros. 

Los rumores provocaron que la matriz de Glovo aprovisionase a inicios de mes 400 millones de euros para cubrir la posible sanción  (que se acumularía a los más de 200 millones de euros que le ha interpuesto Inspección de Trabajo por incumplir la 'ley rider' de 2021, principalmente en lo relativo a la figura de falsos autónomos en su plantilla o la contratación de extranjeros sin permiso de trabajo)

"El sector de las aplicaciones de reparto de comida a domicilio es un sector en rápido crecimiento, en el que debemos proteger la competencia. Esta es la razón por la que estamos investigando si Delivery Hero y Glovo acordaron repartirse los mercados y no captar mutuamente a sus empleados", afirma la vicepresidenta responsable europea de Competencia, Margrethe Vestager.

Glovo, que acaba de cerrar un acuerdo con la compañía de software Factorial, estaría incumpliendo la legislación laboral española según denuncia Comisiones Obreras.   

Nuevas denuncias

CCOO ha vuelto a demandar a Glovo por incumplir la legislación laboral en Navarra y en el resto del Estado. Explica el sindicato que la empresa de reparto a domicilio, que ya fue obligada a reconocer como trabajadoras de la compañía a 206 personas por el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, "continúa saltándose de manera sistemática la normativa laboral que regula su actividad". 

El sindicato exige  "la actuación inmediata y eficaz de los organismos de control de la legislación laboral para determinar que los más de 300 riders que actualmente se encuentran trabajando en Navarra en régimen de falsos autónomos para la empresa deben ser recalificados como trabajadores y trabajadoras por cuenta ajena"

En la demanda, CCOO insta a la Tesorería General de Seguridad Social a la devolución de cuotas de autónomos abonadas por parte de los y las trabajadoras de la empresa. Para el sindicato, "el reconocimiento por parte del Estatuto de los Trabajadores como empleados por cuenta ajena en su disposición adicional vigesimotercera es suficiente para que este colectivo pueda recibir de manera íntegra unas cuotas que nunca debieron abonar". 

Un repartidor de Glovo en bicicleta circula por una calle con tráfico.
Glovo. | EP

En ambos casos, según CCOO, "la empresa ha desobedecido el fallo de Inspección en el que se instaba a laboralizar a los repartidores y las repartidoras". Hasta la fecha, dice el sindicato, "Glovo solo ha demostrado su incapacidad para mantener a flote un modelo de negocio que respete la normativa laboral".

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco falló contra Glovo

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) confirmó en 2022 la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 11 de Bilbao, por la que los y las repartidoras de Glovo son falsos autónomos. Por tanto, su relación es de naturaleza laboral.

En dicho juicio, el sindicato vasconavarro ELA compareció en representación de 53 demandantes. La empresa interpuso recurso de suplicación en el TSJPV, que declaró firme la sentencia

"Esta sentencia es un paso importante contra la precariedad que padece este sector y que estaba extendiéndose a otros ámbitos. Los y las repartidoras estarán sujetos a la normativa laboral. Llegados a este punto, y siendo ya incuestionable la laboralidad de quienes realizan tareas de reparto para estas plataformas, el reto es otorgarles un marco de protección que vaya más allá del Estatuto de los Trabajadores y de la aplicación del salario mínimo interprofesional", afirmó el sindicato. 

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