27 de abril de 2024
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FIN DE SEMANA

Si se confirmara que el hijo de la presentadora es su padre, la bebé Ana Sandra sustituiría a Álex como heredera de la fortuna del conocido italiano

Alessandro Lequio, clave en el futuro registral de la nieta-hija de Ana Obregón en España

El Cierre Digital en
/ Ana Obregón, Alessandro Lecquio y Álex Lequio.
La llegada de Ana Sandra al mundo sigue dando de qué hablar. La pretensión de Ana Obregón es regresar con la niña nacida por gestación subrogada en Miami a España, sin embargo, tendría que cumplir ciertos requisitos para poder registrarla con nacionalidad española. Si realmente se le atribuyera la paternidad de la niña al fallecido en mayo de 2020 Álex Lequio, esta pasaría a ocupar el puesto de su padre como heredera directa de la fortuna del aristócrata italiano Alessandro Lequio.

Continúan lloviendo comentarios acerca de la sonada nueva 'maternidad' de Ana Obregón en Miami. Este miércoles se conocían más detalles sobre la que sería su nieta, la pequeña Ana Sandra, que, según la presentadora, es legalmente su hija adoptiva e hija biológica de Álex Lequio, fallecido en 2020. Tal y como informaba en exclusiva la revista ¡Hola!, Ana Obregón habría cumplido así la "última voluntad de Aless de traer un hijo suyo al mundo".

La decisión de la presentadora de cumplir este último deseo de Álex a través de la gestación subrogada en Estados Unidos ha levantado polvareda desde el punto de vista moral en todo el país. Sin embargo, este tema también ha despertado la atención de expertos y catedráticos en Derecho Civil desde el punto de vista legislativo, ya que en España esta práctica no está permitida.

Según los especialistas consultados por elcierredigital.com, "la Ley dice que para poder utilizar el semen de un fallecido existen tres vías: Una escritura pública ante notario, un testamento o un documento protocolizado –que se trata con Institutos médicos para guardar la muestra–".

La pretensión de Ana Obregón es regresar con su niña a España, sin embargo, tendría que cumplir ciertos requisitos para poder registrarla con nacionalidad española. "Si lograra inscribir al bebé en el consulado podría únicamente registrarla con sus apellidos, no con los de Álex. La única forma en la que podría ponerle el nombre de Lequio es que se hubiera fecundado, como dice la Ley, en los 12 meses siguientes a la muerte de Álex. Esto no ha sucedido así, por lo tanto este caso tiene requisitos de ilegalidad. En general, la gestación subrogada es un fraude de Ley en España, y por ello Ana Obregón ha tenido que irse a otro país para conseguir hacerlo", expresan expertos en Derecho Civil ante elcierredigital.com.

Ana Obregón ha presentado a la recién nacida como hija de Álex Lequio y a ella misma como su abuela. "Si le dejaran inscribirla lo haría como madre, como otros precedentes que existen en España, ni tan siquiera como adoptada. En caso de ser adoptada tendría que ser aprobada la adopción en España". 

Por otro lado, si realmente se le atribuyera la paternidad de la niña al fallecido en mayo de 2020 Álex Lequio, esta pasaría a ocupar el puesto de su padre como heredera directa de la fortuna del aristócrata italiano Alessandro Lequio.  

El material reproductor puede ser utilizado en 12 meses como máximo

Según la Ley 14/2006 del 26 de mayo sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida, Ana Sandra podría haberse considerado hija de un español fallecido, ya que la ley así lo permite. En la norma queda recogido que el hombre “podrá prestar su consentimiento, en el documento a que se hace referencia en el artículo 6.3, en escritura pública, en testamento o documento de instrucciones previas, para que su material reproductor pueda ser utilizado en los 12 meses siguientes a su fallecimiento para fecundar a su mujer”.

Es en esta última parte donde se origina un problema legal. Ya que desde que Álex Lequio falleció en mayo de 2020 hasta el nacimiento de la pequeña, en febrero o marzo de 2023, han pasado prácticamente tres años. Haciendo cuentas, y si hubiera nacido un mes antes de que saliese a la luz la noticia (en febrero) desde entonces habrían pasado un total de 33 meses. Teniendo en cuenta que un embarazo dura unos nueve meses como máximo, la gestante tendría que haberse quedado embarazada transcurridos 24 meses desde la muerte de Álex Lequio.

Ana Obregón.

Así, según expresa el artículo 9 de la citada ley, “no podrá determinarse legalmente la filiación ni reconocerse efecto o relación jurídica" entre Ana Sandra y Álex Lequio. Por otro lado, esta Ley solo prevé este supuesto en caso de que sea una pareja la que se acoge a ella, y no una madre.

Testamento

A este supuesto se le añade un segundo problema que derivaría de las palabras dichas por Ana Obregón en la citada entrevista. Tal y como hemos plasmado, Ana explicaba que Álex les había comunicado a Alessandro Lequio y a ella “de palabra, una semana antes de fallecer”, su intención de tener descendencia. Estas voluntades, según los catedráticos expertos en Derecho Civil consultados por elcierredigital.com, se recogen en el testamento. Esto implica que una persona expresa delante de dos testigos sus últimos deseos.

En el siguiente artículo, el 689, se explica que “el testamento ológrafo deberá protocolizarse, presentándolo, en los cinco años siguientes al fallecimiento del testador, ante Notario. No obstante, estos cinco años suponen la fecha máxima de validez".

Es el artículo 690 el que determina que “la persona que tenga en su poder un testamento ológrafo deberá presentarlo ante Notario competente en los diez días siguientes a aquel en que tenga conocimiento del fallecimiento del testador. El incumplimiento de este deber le hará responsable de los daños y perjuicios que haya causado”.

Se desconoce si Ana Obregón habría presentado este documento ante notario para darle validez, aunque de sus palabras se entiende que la última voluntad de Álex fue tan solo expresada de palabra.

Ana Obregón deberá registrar a la recién nacida como su hija

Debido a todo lo expuesto anteriormente, Ana Obregón no podría registrar a su nieta en España como la hija de Álex Lequio, ya que las leyes españolas no lo permiten. Por lo tanto, tendría que registrarla como su propia hija, aunque sea su nieta.

Si pudiera ser registrada como hija de Álex Lequio —que, como hemos expresado, no sería viable teniendo en cuenta la ley—, según informan los expertos consultados por elcierredigital.com, podría pedir la adopción de la pequeña, ya que en España está permitido “siempre que haya una diferencia de edad de 25 años entre ambas”.

Ana Obregón junto a su hijo, Álex Lequio, y Alessandro Lequio.

Del hecho de que Ana tenga que registrar a Ana Sandra como su hija surge otro conflicto sobre el que hay debate: el nombre de la menor. Este tema ya fue analizado por el abogado Alberto García Cebrián en elcierredigital.com.

Ana Obregón ha confesado en la citada revista que el nombre de su nieta es Ana Sandra Lequio Obregón. Los expertos consultados por elcierredigital.com alertan que Ana no podría utilizar el apellido Lequio si la registrara como su hija, ya que “en el concepto de familia monoparental no podría poner ningún apellido que no le corresponda”.

Aquí cabría la posibilidad de que Ana usase Lequio como nombre. Según el abogado Alberto García Cebrián, “existe el criterio de no permitir que se incluya un apellido como nombre. No está así expresamente prohibido en la Ley, pero es un criterio que se ha venido aplicando aunque de una manera cada vez más laxa, pues los criterios se están flexibilizando habida cuenta de que la sociedad así lo viene demandando”. Debido a esta laxitud, podría inscribirla como Ana Lequio ya que no incumple las prohibiciones legales.

Sin embargo, al llamarse Ana Sandra, sí que incurriría en una prohibición, según el abogado: la de que “no se pueden poner más de dos nombres simples o más de uno compuesto”. Al ser Ana Sandra dos nombres simples, no se podría añadir Lequio como nombre.

El letrado, no obstante, advertía que también hay laxitud con respecto a esta norma, ya que el hijo de Jaime de Marichalar y Elena de Borbón se llama Felipe Juan Froilán de Todos los Santos, por lo que podría no existir este impedimento anteriormente mencionado.

Consciente de todos estos problemas legales derivados del nacimiento de Ana Sandra, Ana Obregón explicaba a la revista ¡Hola! que el proceso es legal. “Todo es legal. La niña ha nacido en América y va a tener pasaporte americano y doble nacionalidad. Legalmente, es mi hija y así aparece en su pasaporte. La registraré en el Consulado español y luego puedo traerla a casa”, afirmaba.

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