![Dos guardias de seguridad de espaldas con uniformes marrones y logotipo de "Grupo Control" en la parte trasera, uno de ellos sostiene un walkie-talkie.](https://elcierredigital.com/filesedc/uploads/image/post/grupo-control_1200_800.webp)
La seguridad privada, salpicada por 'acoso': Por qué han sancionado al Grupo Control
Inspección de Trabajo del País Vasco levanta acta de infracción contra Grupo Control por 'acoso' a una de sus vigilantes
La Inspección Central y Trabajo de la Seguridad Social de Vitoria ha intervenido por una denuncia contra Grupo Control Empresa Seguridad SA. La demanda fue presentada por la Federación Norte de Alternativa Sindical en la Dirección Provincial de la TGSS de Álava, donde ofrece sus servicios de vigilancia y seguridad.
La empresa dispone de protocolo de acoso con fecha de agosto de 2022. Este protocolo fue activado por una trabajadora sobre la que consta informe al respecto con fecha de mayo de 2024. La trabajadora en cuestión refiere una situación de conflicto con otra trabajadora y afirma "faltas de respeto, insultos y amenazas".
El caso denunciado por una vigilante de Grupo Control
La trabajadora denunciante inició su actividad laboral con la empresa mediante un contrato de subrogación. Pasó de prestar servicios en la empresa BILBO GUARDAS SEGURIDAD, S.L. para prestarlos, desde el 1 de abril de 2021, en la empresa GRUPO CONTROL EMPRESA SEGURIDAD, S.A. Entró con un contrato de trabajo indefinido a tiempo completo como vigilante de seguridad en la Tesorería General de la Seguridad Social de Vitoria.
Por su parte, la trabajadora denunciada inició su actividad laboral en GRUPO CONTROL EMPRESA SEGURIDAD, S.A. el 5 de enero de 2023. Lo hizo mediante un contrato de trabajo indefinido a tiempo completo para ejercer funciones de vigilante de seguridad.
Ambas trabajadoras, denunciante y denunciada, realizan su trabajo en la sede D.P. TGSS en Álava sin que ninguna de ellas lo hiciera como responsable de equipo.
![Un coche blanco de seguridad con el logo de Un coche blanco de seguridad con el logo de](/filesedc/uploads/image/post/grupo-control-2_1200_800.webp)
El conflicto abarca unos hechos que transcurren entre finales de febrero y finales de marzo de 2024. Las versiones de ninguna de las dos son coincidentes, no pudiendo la inspectora actuante verificar los hechos descritos.
Por este motivo, y en cumplimiento de la orden de servicio, la Inspectora de Trabajo y Seguridad Social realiza actuación de comprobación respecto a la empresa Grupo Control. De esta manera, lleva a cabo varias actuaciones. La primera, el 20 de septiembre de 2024, con presencia del representante de la empresa y aportando la documentación requerida. Posteriormente, con fecha del 22 y 26 de noviembre de 2024, se añade nueva información.
La intervención de Inspección
De las manifestaciones realizadas por las personas entrevistadas, el examen de la documentación
obrante en el expediente y las averiguaciones realizadas, se constata que la empresa tiene conocimiento de los diversos incidentes. No obstante, no es hasta la activación del protocolo de acoso cuando se procede a investigar los hechos.
La empresa tenía conocimiento del conflicto existente entre las partes desde febrero de 2024. Es entonces cuando se comienzan a reportar informes en los que constan "incidentes" sobre el proceder del servicio por parte de la denunciada.
Posteriormente, es el 1 de marzo de 2024 cuando la empresa tiene conocimiento por el responsable del Sindicato Profesional de Seguridad Privada ‘Alternativa Sindical’. En un correo electrónico al coordinador de la zona norte de la empresa, se traslada la situación que atraviesa la vigilante.
El director de operaciones remite correo al departamento de laboral, explicando que hay "malestar entre ambas trabajadoras". También indican que "se trata de un hecho aislado y puntual y no procedería la activación del protocolo". Y señala que en caso de que la trabajadora lo considere, puede presentar el escrito de denuncia, el cual se adjunta.
No obstante, se añade que si bien es cierto que los hechos no han podido ser verificados, ni se constituyen como comportamientos sistemáticos, la denunciante afirma que llegó a decirle: "La voy a rajar con una navaja", algo corroborado por un testigo.
![Un guardia de seguridad patrullando un pasillo de supermercado. Un guardia de seguridad patrullando un pasillo de supermercado.](/filesedc/uploads/image/post/seguridad-en-supermercados_1200_800.webp)
La empresa comunica a la Inspectora actuante que la trabajadora denunciada se encuentra apartada del servicio desde el pasado 15 de junio. Y pendiente de incorporarse a un nuevo destino en el D.P. INSS de Álava. En la base datos de la TGSS se constata que la trabajadora denunciada ya no presta servicios en la empresa desde el 7 de noviembre de 2024.
En virtud de todas las pruebas y en relación con el conflicto generado en la empresa, no puede constatarse una situación de acoso laboral. No obstante, queda de manifiesto la situación de conflicto que tuvo lugar entre las trabajadoras. Situación que a su vez que ha cesado como consecuencia del traslado y posterior despido de la trabajadora denunciada.
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