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Un grupo de personas, incluyendo oficiales de policía, se encuentra en una sala de reuniones o tribunal, sentados alrededor de mesas con computadoras y documentos.
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Crimen Cuzcurrita: La defensa del anciano asesinado alega 'interferencias' en el fallo

La hija del fallecido G. Castillo recurre la condena a los acusados por 'interferir el juez en la valoración del jurado'

La reciente decisión judicial del  Tribunal Superior de Justicia de La Rioja ha generado un intenso debate jurídico y social. Se debe al recurso de apelación presentado por la defensa de Yolanda Castillo Rubio, hija del asesinado Guillermo Castillo Herrero.

La apelación responde a la sentencia del 27 de diciembre de 2024 de la Audiencia Provincial de Logroño  por el asesinato con alevosía y ensañamiento de Guillermo Castillo. El delito se cometió en mayo de 2023, en la localidad riojana de Cuzcurrita.

El caso: vulnerabilidad y asesinato hiperagravado

Guillermo Castillo Herrero tenía 78 años y una serie de dolencias médicas que incluían hipertensión arterial, problemas de equilibrio y enfermedades cardiovasculares. Estos factores, sumados a su avanzada edad, motivaron al jurado a calificarlo como una víctima especialmente vulnerable.

Los acusados del caso son  Carlos Sergio Ribeiro Moutinho y Antonio Daniel García Domínguez.  Ambos fueron declarados culpables de asesinato con alevosía y ensañamiento, así como de un delito de robo con violencia en casa habitada.

Un agente de la Guardia Civil interactúa con una persona con el rostro difuminado frente a una pared de piedra.
Uno de los acusados reconstruyendo los hechos. | Guardia Civil | Archivo

El veredicto del Jurado Popular fue claro en su intención. La vulnerabilidad de la víctima y las circunstancias del crimen justificaban la aplicación de la pena de prisión permanente revisable. Una medida destinada a castigar delitos de extrema gravedad.

Sin embargo, el Magistrado-Presidente de la Audiencia Provincial decidió no aplicar dicha pena. Argumentó que la vida activa de la víctima no encajaba plenamente en el criterio de 'vulnerabilidad especial' definido en la ley. En palabras de la sentencia, "ninguna de tales dolencias de manera individual ni tan siquiera en su conjunto suponían una situación incapacitante para Guillermo".

Apelación y críticas a la intervención judicial

La defensa de Yolanda Castillo, representada por Marcos García-Montes, ha interpuesto un recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja. En este se señalaba que el Magistrado-Presidente habría "excedido sus competencias al reinterpretar la valoración del jurado".

La Ley Orgánica del Tribunal del Jurado (LOTJ)  establece que los magistrados no pueden modificar los hechos probados. Tampoco el veredicto emitido por el jurado, salvo en casos excepcionales.

Un hombre es escoltado por dos agentes de la Guardia Civil en una calle.
El otro acusado el día de la reconstrucción de los hechos. | Guardia Civil | Guardia Civil

Entre los argumentos del recurso se destaca que el Magistrado-Presidente presuntamente "vulneró el principio de imparcialidad y el derecho a un proceso con todas las garantías". Ambos aparecen consagrados en el artículo 24 de la Constitución Española.

Además, se argumenta que "ignoró jurisprudencia consolidada del Tribunal Supremo, que establece la compatibilidad entre la alevosía y la hiperagravación por vulnerabilidad" de la víctima.

Un grupo de personas, algunas con uniformes de la Guardia Civil, están junto a dos vehículos oficiales en una calle.
La Guardia Civil en el lugar de los hechos | Guardia Civil | Guardia Civil

Asimismo, en el recurso se subraya que el jurado había declarado por unanimidad que Guillermo Castillo Herrero estaba en una situación de vulnerabilidad. Situación que se había probado mediante informes médicos y testimonios de familiares.

Un debate judicial y social

La decisión de no aplicar la prisión permanente revisable, la máxima pena, a los condenados ha dado lugar a reacciones divididas. Algunos expertos jurídicos defienden la actuación del Magistrado-Presidente, señalando que su interpretación buscaba evitar una doble penalización por los mismos hechos. Otros, consideran que esta decisión desvirtúa la soberanía del jurado, pilar fundamental del sistema judicial.

Un grupo de personas con trajes de protección de la Guardia Civil realiza una investigación en una calle acordonada frente a un edificio.
Vivienda donde ocurrieron los hechos. | Camara Europa Press | Archivo

Por otro lado, organizaciones de defensa de los derechos de las víctimas han alzado la voz subrayando la importancia de garantizar penas proporcionales a la gravedad del delito. “No aplicar la prisión permanente revisable en un caso tan claro de vulnerabilidad es un retroceso en la protección de las personas más indefensas”, afirmó un portavoz de la Asociación de Víctimas de Delitos Graves.

El futuro del caso

Ahora, el  Tribunal Superior de Justicia de La Rioja tendrá que decidir si confirma la sentencia o da la razón a los recurrentes. Este fallo no solo tendrá implicaciones directas para los acusados y las partes implicadas. También podría sentar un precedente importante en la aplicación de la prisión permanente revisable en casos similares.

Mientras tanto, el debate sigue abierto. Y refleja la tensión entre la interpretación técnica de la Ley y la búsqueda de justicia por parte de la sociedad.

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