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Fachada del edificio del Ministerio de Justicia con banderas de España y la Unión Europea en el balcón.
SALUD

Qué esconde la gestación subrogada en España: Prohibida, pero sin veto del Gobierno

A pesar de que en España no es legal desde 1988 el uso de vientres de alquiler muchos se benefician del silencio oficial

El Ministerio de Justicia ha endurecido las condiciones para registrar en el país a los menores nacidos por gestación subrogada en el extranjero. A partir del 1 de mayo de 2025, ya no es posible inscribir directamente estos nacimientos en el Registro Civil español.  Incluso si existen resoluciones judiciales que los avalen en el país donde se llevó a cabo el procedimiento.

Esta decisión se apoya en una instrucción oficial publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y en un fallo del Tribunal Supremo emitido en diciembre de 2024. Dicho fallo sostiene que la gestación subrogada es contraria al orden público español. Que vulnera la dignidad de la mujer gestante y compromete el interés superior del menor.

Según la nueva regulación, para que un niño nacido mediante este método sea reconocido legalmente en España, los progenitores deberán acreditar un vínculo biológico directo o iniciar un proceso de adopción. De modo que, quienes hayan recurrido a la subrogación en países donde es legal, tendrán que realizar trámites judiciales para que el menor obtenga reconocimiento en España.

España, pionera en la prohibición

El profesor titular de Derecho Civil de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid, Javier López-Galiacho, explica en conversación con Elcierredigital.com que "España lleva prohibiendo esta práctica desde hace más de tres décadas. Ya en la Ley de Reproducción Asistida de 1988, una norma pionera en Europa, se establecía que los contratos de gestación subrogada carecen de validez legal. La ley fue reforzada en 2006, reiterando que cualquier acuerdo de este tipo es nulo de pleno derecho". 

"A pesar de la prohibición, durante años se ha recurrido a una suerte de fraude de ley: ciudadanos españoles han acudido a países como Estados Unidos o Canadá, donde este tipo de contratos son legales y cuestan entre 25.000 y 150.000 dólares", añade. 

López-Galiacho explica que "una vez nacidos los niños, eran inscritos en el registro consular de las embajadas, en algunos casos incluso con sentencias judiciales extranjeras que reconocían la filiación de los comitentes como padres legales. Ejemplos muy conocidos son los de Miguel Bosé o Ricky Martin, cuyos hijos nacieron por gestación subrogada en el extranjero y fueron registrados legalmente en España". 

"Sin embargo, este vacío legal ha comenzado a cerrarse. En diciembre de 2024 el Tribunal Supremo dictó una sentencia clave. Reconocía que se venía actuando con contradicciones frente a una práctica que vulnera el orden público, la dignidad de la mujer y el interés del menor. Esta decisión respaldó la posición que desde hacía tiempo defendía el Ministerio de Justicia, alineado con los partidos del Gobierno y sus socios (PSOE, Podemos y Sumar), que se negaban a que España fuera partícipe de un mercado que mercantiliza el cuerpo de las mujeres", añade.

Mujer embarazada sosteniendo su vientre con ambas manos.
Vientre de una mujer embarazada. | EP

A partir del 1 de mayo de 2025, explica, "entra en vigor una instrucción que impide la inscripción automática de niños nacidos por gestación subrogada en el extranjero. Incluso si hay sentencia en el país de origen. España no reconoce esa filiación. Ahora solo existen dos vías posibles para inscribir a esos menores en el Registro Civil. La vía biológica, si uno de los progenitores demuestra filiación genética, o la vía adoptiva, mediante un proceso legal de adopción, con plenos efectos jurídicos". 

El Gobierno muestra su rechazo a los vientres de alquiler

Con estas restricciones, el Gobierno reafirma su rechazo hacia la gestación subrogada, prohibida desde 2006 y catalogada como una forma de violencia reproductiva desde la reforma de la Ley de Salud Sexual y Reproductiva en 2023. No obstante, diversas asociaciones que apoyan esta práctica han manifestado su preocupación, al considerar que las nuevas medidas podrían estigmatizar a las familias y, sin embargo, no impedir que la gestación subrogada se siga realizando fuera del marco legal.

El Ministerio ha cerrado las vías más directas para legalizar la filiación de estos niños, obligando a pasar por procedimientos más complejos como la prueba de parentesco genético o la adopción.

"Modalidad moderna de explotación"

Los vientres de alquiler se han convertido en uno de los debates más polémicos en torno a los derechos reproductivos. Aunque algunos defienden la práctica como una alternativa legítima para formar una familia, "como si alguien por tener un gran patrimonio tuviera derecho a ser padre o madre", explica un dirigente de una formación política contraria al procedimiento, diversas organizaciones feministas, jurídicas y de derechos humanos alertan sobre las consecuencias que esta práctica puede tener para la mujer gestante, especialmente en contextos de vulnerabilidad económica o falta de autonomía personal.

Estos colectivos sostienen que la subrogación no es una forma de libertad reproductiva, sino una  "modalidad moderna de explotación", con implicaciones legales, éticas y sociales que afectan directamente a la dignidad de las mujeres.

Uno de los principales argumentos es que la gestación subrogada convierte el cuerpo femenino en un objeto de transacción comercial. La capacidad de gestar se transforma en un "servicio" que se compra, sobre todo, en los casos donde hay compensación económica, lo cual refuerza la posibilidad de explotación reproductiva, al tratar el embarazo como un producto contractual.

Personas sosteniendo carteles de protesta con mensajes críticos sobre la venta de bebés.
Manifestación contra los vientres de alquiler. | EP

El proceso suele implicar un desequilibrio de poder. Las mujeres que se ofrecen como gestantes suelen hacerlo por necesidad económica, mientras que quienes contratan el servicio, los comitentes, suelen tener mayores recursos económicos. Esto plantea dudas sobre el consentimiento real y libre, ya que muchas mujeres pueden sentirse forzadas por su situación personal a aceptar condiciones desfavorables.

Instituciones como el Parlamento Europeo han advertido que la subrogación puede vulnerar derechos fundamentales de las mujeres, incluyendo el derecho a la dignidad, a la integridad física y moral, y a no ser instrumentalizadas con fines ajenos a su voluntad.  Al convertir a la gestante en un medio para un fin, la entrega del bebé, se diluyen sus derechos como sujeto autónomo.

La práctica también abre interrogantes jurídicos complejos: ¿Qué ocurre si la gestante cambia de opinión y quiere quedarse con el niño? ¿Qué pasa si los padres comitentes se desentienden del bebé?

En muchos contratos, la mujer renuncia por adelantado a cualquier derecho sobre el menor, lo que puede contradecir principios fundamentales del derecho civil y familiar.

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