
Un viaje de fin de curso en crucero acaba en grave altercado: Condenan a dos agencias
La Justicia ha dado la razón a 18 jóvenes que denunciaron 'incumplimientos de contrato' por las agencias organizadoras
El Juzgado de Primera Instancia 18 de Sevilla ha condenado a dos empresas de viajes a abonar de forma solidaria 5.400 euros. Más los intereses legales. La sentencia, a la que ha tenido acceso elcierredigital.com, da la razón parcialmente a una demanda colectiva contra Viajes Halcón y Gesgroups. El motivo de la condena es un “defectuoso cumplimiento del contrato” por parte de dichas empresas.
La parte demandante está conformada por 18 perjudicados, alumnos de colegios de Sevilla y Granada, que están "insatisfechos con el servicio prestado". En marzo de 2018 habían contratado con la empresa Viajes Halcón un viaje en crucero para sus estudiantes con la oferta ‘pack premium’. El precio era de 740 euros por persona, e incluía el viaje ida y vuelta a Málaga, alojamiento y diversas actividades.
Los detalles de la condena
El Juzgado rechaza la pretensión de la parte demandante de que se haya producido un incumplimiento total del contrato. Sin embargo, reconoce que “se han incumplido las ofertas contenidas en el contrato relativas a actividades en el barco y utilización de piscinas”.
La sentencia también establece que no se ofreció “el servicio de almuerzo, cena y desayuno buffet” que se había pactado. Es más, señala que la comida era “de escasa variedad y calidad”. La parte demandante afirma que no se tuvo en cuenta “las intoleranciasde algunos alumnos”.

Además, el Juzgado expone que tampoco se cumplió con las visitas a distintos sitios porque el barco “por razones que ignoramos, no podía permanecer en tierra todo el tiempo necesario”.
Por todo, se ha impuesto la indemnización de 200 euros a cada uno de los perjudicados, 3.600 euros en total. La parte demandante exigía “la totalidad del precio abonado”.
“Situación de zozobra”
La sentencia, de la que también ha informado el despacho de Fernando Osuna, acredita que hubo una “situación de zozobra”. El Juzgado tiene en cuenta un testimonio para llegar a esta conclusión. “La escasa calidad de la comida motivaba que algunos no comieran porque sabían que se ponían malos”. Esto provocó “una pesadumbre en los viajeros que no pudieron disfrutar debidamente las expectativas que tenían”.
Los encargados del viaje tuvieron que hablar con el personal de cocina y sanitario, pero se produjo una “cierta situación de desamparo porque apenas una persona hablaba español”. Por estos motivos, se ha establecido una cantidad a pagar de 100 euros por demandante, 1.800 euros en total.
La demanda
La primera queja de la parte demandante es que “se habló de un viaje en crucero, pero el barco no reunía esas características”. Un testigo en el juicio afirmó que “la piscina estuvo vacía casi todo el tiempo y que no había instalaciones”.
También declaró que la limpieza era “bastante regular” y que los servicios de comida “se limitaron a un mínimo para subsistencia”. La demanda afirma que “faltaba variedad en la comida, no había fruta ni pescado y los alimentos eran reciclados de la comida anterior”. “Tampoco se ofrecieron todas las bebidas contempladas en el contrato”, expone la sentencia sobre las pretensiones de los perjudicados.
Por otra parte, la demanda también describe que las excursiones “se realizaron con excesiva prisa”. Se indica que “los embarques y desembarques estuvieron mal organizados”, lo que supuso que “las excursiones fueran más cortas de lo previsto”. Por todo esto, la parte demandante exigía “la totalidad del precio abonado”, al defender que se trataba de un incumplimiento total del contrato.
Esta parte a su vez reclamaba una totalidad de 1.800 euros en indemnización –100 euros por afectado– por daño moral. El Juzgado ha catalogado la suma como “excesiva” pero sí que ha reconocido la “situación de zozobra”.
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