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Placa del Tribunal Superior de Justicia de Canarias junto a una mano sosteniendo un teléfono con el logo de TikTok.
INVESTIGACIÓN

La Justicia avala el despido de una trabajadora que se grabó bailando estando de baja

Videoreport Canarias expulsó a la empleada al descubrir que realizó actividades incompatibles con sus supuestas lesiones

En el contexto del derecho laboral español, las situaciones de despido disciplinario han sido objeto de numerosos litigios y debates en los tribunales. Un caso reciente, resuelto por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, es un ejemplo de la complejidad que puede rodear estos casos. Especialmente cuando se vinculan a incapacidades temporales prolongadas. 

En concreto, el caso gira en torno al despido de Natalia, que trabajaba para Videoreport Canarias S.A.

Natalia había estado trabajando como ayudante de producción para la empresa durante varios años. Concretamente desde agosto de 2021 con un salario de 60 euros por día. 

Durante su tiempo en la empresa, Natalia encadenó varios contratos temporales. Finalmente obtuvo un contrato indefinido.  En agosto de 2022, la trabajadora sufrió una operación por un juanete. Intervención que la dejó en situación de incapacidad temporal (IT) desde el 22 de agosto de 2022 hasta junio de 2023.

Sin embargo, la relación laboral no concluyó por cuestiones de salud, sino por un despido disciplinario. Decisión que la empresa justificó con un comportamiento que consideró incompatible con su recuperación médica. 

La razón principal del despido se basó en la actividad que Natalia desarrollaba durante su baja médica. A través de redes sociales se constató que Natalia, conocida artísticamente como "Chata", realizaba diversas actividades artísticas.  Estas incluían bailar y saltar con tacones, acciones que la empresa consideró incompatibles con su incapacidad y que motivaron la finalización de la relación laboral

Videoreport Canarias S.A. comunicó el despido a Natalia el 27 de junio de 2023, Argumentaron que su conducta representaba una falta grave al quebrantar la buena fe contractual. 

Una mano sostiene un teléfono con la aplicación TikTok abierta frente a un edificio histórico con una torre y un cielo azul.
La Justicia avala el despido de una trabajadora que se grabó bailando estando de baja | El Cierre Digital

Según la empresa, entre agosto de 2022 y junio de 2023, Natalia mantuvo una actividad constante en redes. Concretamente en plataformas como TikTok, Instagram, Youtube, Facebook, y Twitter. Allí se le podía ver realizando espectáculos y grabaciones que incluían actividades físicas significativas. 

Esta situación, según Videoreport, era incompatible con su estado de salud declarado. Esto indicaba, en su opinión, un fraude en el uso de las prestaciones de la seguridad social. También un incumplimiento grave de sus obligaciones laborales.

Un hecho destacado fue la publicación de un video el 16 de junio de 2023 titulado "No doy tanto miedo". En este metraje Natalia aparece bailando y saltando con tacones. 

En una entrevista con un medio digital, la trabajadora confesó que durante la grabación del video había experimentado un dolor intenso. Todo debido a su reciente operación, lo que complicaba el uso de tacones. 

A pesar de estas declaraciones, Natalia continuó participando en varias actividades artísticas. Lo que llevó a la empresa a iniciar una investigación formal el 19 de junio de 2023.

La defensa de la trabajadora

Natalia, por su parte, argumentó que su despido era improcedente y que su actividad artística no interfería con su recuperación. La trabajadora presentó un recurso de suplicación tras la sentencia del Juzgado de lo Social Nº 8 de Las Palmas de Gran Canaria, que había fallado en su contra. 

En su recurso, Natalia trató de modificar varios hechos probados y argumentó que no existía una incompatibilidad entre sus actividades y su proceso de recuperación médica.

Entre las pruebas presentadas por la trabajadora, se incluyeron informes médicos que indicaban que la recuperación progresaba y que el alta médica estaba prevista para el 30 de junio de 2023. 

Además, alegó que sus actividades no estaban expresamente prohibidas por los facultativos que la atendieron durante su baja.

El fallo del Tribunal

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias, sin embargo,  desestimó el recurso de Natalia, confirmando la sentencia original. 

En su fallo, el Tribunal consideró que las pruebas presentadas demostraban que las actividades de Natalia, específicamente bailar y saltar con tacones, eran incompatibles con su recuperación. 

El Tribunal señaló que estas acciones implicaban una falta grave. Tal como establece el artículo 54.2.d del Estatuto de los Trabajadores y el artículo 44.8 del II Convenio de la Producción Audiovisual.

El tribunal argumentó que la actividad de Natalia, lejos de ser esporádica o aislada, fue continua durante su baja médica. Esto resultaba incompatible con las indicaciones médicas que requerían reposo e inmovilización. 

Además, se destacó que, aunque la trabajadora contaba con informes médicos favorables para su alta próxima, el comportamiento durante su baja se consideraba suficiente para justificar el despido.

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