Guardias y policías protestan por no reconocer el COVID como accidente laboral
Estos colectivos han quedado fuera del Real Decreto de 26 de mayo que sí considera víctimas a los sanitarios españoles.
La asociación profesional de la Guardia Civil, Jucil, ha publicado una nota de protesta en que explican que "el día 26 de mayo, mediante Real Decreto-ley 19/2020, de 26 de mayo, por el que se adoptan medidas complementarias en materia agraria, científica, económica, de empleo y Seguridad Social y tributarias para paliar los efectos del COVID-19, en su artículo número 9 que citamos textualmente: Consideración como contingencia profesional derivada de accidente de trabajo las enfermedades padecidas por el personal que presta servicio en centros sanitarios o socio-sanitarios como consecuencia del contagio del virus SARS-CoV2 durante el estado de alarma(...)”.
Por ello, desde Jucil, felicitan al personal sanitario, que tan merecida tiene esta consideración, "aunque lamentamos que se haya excluido de él a un servicio esencial, desde la aplicación del Real Decreto 463/2020, tanto a Guardia Civil como nuestro cuerpo hermano, la Policía Nacional, al no ser considerado como accidente de trabajo las enfermedades padecidas como consecuencia de Coronavirus durante el estado de alarma y los cinco años siguientes a la finalización del mismo, en caso de fallecimiento". añaden.
Desde la Asociación Profesional, Jucil, queremos "expresar públicamente nuestro malestar como consecuencia de quedar nuevamente fulminados de dicho Real Decreto, y nos vemos en la obligación de recordar que 9 Guardias Civiles han fallecido como consecuencia de la exposición directa al contagio de SARS-COV2, y alrededor de 3000 han sufrido o están sufriendo dicha enfermedad".
Asimismo "sumamos, lo que consideramos un nuevo desprecio, tras haber sido eliminados el pasado 8 de abril del protocolo de exposición al riesgo derivado de COVID-19, por parte del Ministerio de Sanidad. Ante este hecho, por parte de JUCIL, se ha registrado instancia solicitando ser incluidos en el articulado del Real Decreto".
Esta asociación profesional añade que "suma, y estaremos siempre “ojo avizor” en todo lo referente a la merma de Derechos en los que se vea afectada nuestra institución y nuestros compañeros Guardias Civiles". Elcierredigital ya publicó este domingo la problemática de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado
Policía Nacional
En el mismo decreto no se encuentra la Policía Nacional, así como otros cuerpos de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, "no entendemos como en el ejercicio de su profesión, no se deba considerar accidente de trabajo, por los requisitos exigidos en el artículo 156.2. e) del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015. Puesto que por el desempeño de funciones de vigilancia y control el Real Decreto 463/2020, fue declarada como actividad esencial", dicen desde Jupol.
Las propias actividades prestadas por la Policía Nacional han tenido un nivel de riesgo de contagio mucho más elevado que la mayoría de actividades y en muchos casos comparables a las ejercidas por el personal sanitario.
Por estos motivos desde Jupol "solicitamos se tengan a todos los efectos la consideración de accidente laboral a todos los policías nacionales contagiados por Coronavirus durante el Estado de Alarma", añaden.
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