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Un hombre sonriente con traje y corbata se encuentra frente a un letrero que dice "LOPESAN" en una playa con palmeras y sombrillas al fondo.
INVESTIGACIÓN

Eustasio López, dueño de Lopesan, ante el Constitucional por presunta 'venta ilegal'

El millonario canario ha tenido que responder en el caso 'La Parresía' por "vender un almacén como local comercial"

Tras doce años de litigios judiciales en el procedimiento del caso La Parresía por las denuncias del empresario Javier Vidal contra el dueño del Grupo Lopesan, Eustasio López —procesado en el caso 18 Lovas de prostitución de menores en Gran Canaria—, las investigaciones han llegado al Tribunal Constitucional (TC), que "tendrá que pronunciarse sobre esta cuestión".

Este caso se refiere a la  presunta venta irregular  en 2006 de un local comercial con destino a multicines en el Centro Comercial Ronda —centro del que Eustasio era promotor— que, según fuentes del caso, "jamás pudieron llevarse a cabo al no ser espacios comerciales, sino almacenes".

Ahora el TC tendrá que responder al recurso de amparo interpuesto en marzo de 2024 por el propio denunciante en calidad de 'perjudicado' contra López, tal como avanza en exclusiva ante elcierredigital.com.

A la espera de lo que dictamine el TC, el demandante comunica a nuestro diario que estudia la posibilidad de "acudir a la Justicia Europea al no poder presentar ante el Constitucional ciertas pruebas cruciales que acreditan que nuestro argumento jurídico es correcto". Se trata de unos documentos públicos emitidos en junio de 2024 por la Dirección General del Catastro del Ministerio de Hacienda y el Registro de Bienes Inmuebles, "que llegaron después de interponer este recurso ante el TC", aclara Vidal.

Consulta descriptiva y gráfica de datos catastrales de bien inmueble, referencia catastral: 3212303DS4731S0082RS. Localización: AV TEJEDA 5 Es:B Pl:00 Pt:19D C.C.LA RONDA(SAN FDO.) 35108 SAN BARTOLOME DE TIRAJANA (LAS PALMAS). Clase: URBANO. Uso principal: AlmEst.UsoRESID. Superficie construida: 738 m2. Año construcción: 2000. Construcción: Destino: ALMACEN, Escalera/Planta/Puerta: B/00/19D, Superficie m2: 670. Elementos comunes: Superficie m2: 68. Parcela: Superficie gráfica: 5.613 m2. Participación del inmueble: 1,9800 %. Tipo: Parcela con varios inmuebles (división horizontal). Coordinación gráfica con el registro de la propiedad: Registro: SAN BARTOLOME DE TIRAJANA 2. Código registral único: 350130000010920. Fecha coordinación: 15/06/2017.
Documento del Catastro que indica que el local es un almacén. | El Cierre Digital

El demandante sostiene que "el desarrollo de estos locales de este centro comercial figura bajo la competencia municipal urbanística del Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana (SBT), por lo que los responsables políticos y técnicos del consistorio deberían responder públicamente por este expediente que nos ha ocasionado un grave perjuicio empresarial". Y explica que tras la triple 'negativa' del ayuntamiento a intervenir en el pleno municipal para exponer su caso, ha apelado al Defensor del Pueblo y al Comisionado de la Transparencia del Gobierno de Canarias.

El empresario Vidal, en representación de Inversiones Patrimoniales Unidas SL, la mercantil afectada por la adquisición de estos locales a Eustasio López[administrador de Promociones Taidía SA, empresa responsable de la compraventa], declara a elcierredigital.com durante una llamada telefónica que, en su día, "no se pudo acometer el proyecto de los cines en este centro comercial por tratarse, según certificación de los técnicos municipales y del secretario del propio ayuntamiento de SBT, de un espacio de almacén desde el inicio. Nunca el promotor Eustasio otorgó a dicho local los aprovechamientos comerciales necesarios. Nunca dispusimos de esta información fundamental de manera previa a la transacción económica con el dueño del Grupo Lopesan, quien nos vendió este espacio. No sabíamos que la ejecución de los cines sería inviable al no tener la calificación urbanística para esta función comercial".

Consulta descriptiva y gráfica de datos catastrales de bienes inmuebles de naturaleza urbana del municipio de S. Bartolomé Tirajana, provincia de Las Palmas, con referencia catastral 3212303DS4731S0082RS, ubicado en Av. Tejeda 5 Esc. B P:00 Pt:190 C.C. La Ronda (San Fdo.), S. Bartolomé Tirajana (Las Palmas), uso principal comercial, año de construcción 2000, superficie construida 737 m², coeficiente de participación 1,980000, datos de la finca a la que pertenece el inmueble: Av. Tejeda 5 Esc. C.C. La Ronda (San Fdo.), S. Bartolomé Tirajana (Las Palmas), superficie construida total 18.911 m², superficie suelo 6.007 m², tipo de finca división horizontal, elementos de construcción: uso comercio, escalera B, planta 00, puerta 190, superficie 679 m², elementos comunes 67 m², información gráfica incluida, documento no es una certificación catastral, fecha jueves 24 de enero de 2013.
Documento de la Dirección General del Catastro que reconoce el espacio objeto de litigio judicial como almacén. | El Cierre Digital

No obstante, el denunciante revela que recientemente "la Dirección General del Catastro y el Registro de Bienes Inmuebles, sin necesidad de ninguna sentencia judicial, han actualizado la utilización de este espacio como 'uso de almacén', corroborando lo que Inversiones Patrimoniales Unidas SL ha defendido desde el principio en todas las denuncias que hemos interpuesto contra Eustasio López".

Sin embargo, pone de manifiesto que "a pesar de esta evidencia indiscutible, las administraciones judiciales nunca dieron la razón a Inversiones Patrimoniales. Ni siquiera cuando el secretario del Ayuntamiento de SBT certificó que el espacio era un almacén, y que para destinarlo a otro uso (Multicines) debía tener edificabilidad comercial, ya agotada en la parcela. Los tribunales ignoraron estos hechos tanto en la vía penal como en la civil".

Elcierredigital.com ha contactado con el Grupo Lopesan para escuchar su versión de los hechos. Sin embargo, han respondido:  "El Grupo Lopesan declina hacer cualquier tipo de declaraciones al respecto".

El sistema judicial, "en entredicho por nuevos matices del caso"

El caso La Parresía comienza cuando el representante de Inversiones Patrimoniales Unidas S.L., Javier Vidal, adquirió en 2006 unos locales bajo la calificación de 'comerciales' para desarrollar unos multicines y una terraza comercial en el Centro Comercial Ronda, en San Bartolomé de Tirajana, al responsable de Promociones Taidia SA, Eustasio López.

Según el relato de Vidal, tras la compraventa descubrió que "realmente había comprado unos almacenes que nunca podría explotar debido a la normativa municipal del ayuntamiento de SBT, lo que desembocó en el proceso judicial contra López".

Vidal señala a nuestro diario que "Inversiones Patrimoniales ha librado una batalla legal de más de doce años para que se reconozca la verdadera naturaleza de un local que, a pesar de lo que indicaban las escrituras y el registro, nunca fue un espacio comercial. A pesar de aportar pruebas contundentes en diferentes instancias judiciales que demostraban que dicho espacio era un almacén y que para destinarlo a multicines se requería edificabilidad comercial, ya agotada en la parcela, las administraciones judiciales persistieron en no darnos la razón".

El empresario afirma que "tras interponer una querella por este caso, el Juzgado de Instrucción número 3 de San Bartolomé de Tirajana abrió diligencias en septiembre de 2014 sobre un presunto delito de estafa e investigó a Eustasio López, quien afirmó en sede judicial que 'el espacio no era un almacén'. Sin embargo, los documentos emitidos por diversas administraciones públicas —ayuntamiento, catastro y registro— indican lo contrario: el local es un almacén".

Documento legal en el que se detalla la declaración de Eustasio López González, quien es acusado de un presunto delito de estafa. En su declaración, manifiesta no reconocer los delitos imputados y explica que la finca vendida a Inversiones Patrimoniales Unidas estaba destinada a ser un local de multicines, como se especifica en la escritura y en el certificado del arquitecto. También menciona que el Ayuntamiento otorgó licencia para dicho uso y que en ningún momento realizó actividades que pudieran hacer creer al querellante que el destino del local cambiaría.
Declaración ante la jueza de Eustasio López donde niega que el local es un almacén. | El Cierre Digital

"Esta declaración fue tomada como base por la jueza instructora y la Sala Sexta de la Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria para archivar la querella sin una investigación adicional. Este proceso ha generado un periplo judicial en el ámbito civil y penal que actualmente se encuentra en el Tribunal Constitucional", argumenta Vidal..

En su búsqueda de una tutela judicial efectiva, Vidal relata que ha "solicitado en múltiples ocasiones la intervención en el pleno municipal de SBT, solicitud que ha sido sistemáticamente obviada". También ha recurrido al Defensor del Pueblo, a través del Diputado del Común de Canarias, pero le informaron de que "al encontrarse el procedimiento en el Constitucional, prevalecen las resoluciones pendientes de dicho órgano". Finalmente, ha solicitado al Portal de Transparencia que se dirija al ayuntamiento de SBT para obtener una respuesta a los escritos presentados y su posible intervención, al no obtener respuesta del consistorio.

"Este caso pone de manifiesto la falta de tutela judicial efectiva, prolongando innecesariamente un conflicto que debería haberse resuelto hace años. Ante esta injusticia nos surge la inevitable pregunta: ¿Debería Inversiones Patrimoniales Unidas denunciar a los jueces involucrados por presunta prevaricación?", plantea el empresario denunciante.

La prueba contundente no se puede presentar al Constitucional

Javier Vidal narra a nuestro diario que "ahora el caso en el Tribunal Constitucional, después de un arduo recorrido judicial que ha enfrentado a un 'david' [Inversiones Patrimoniales Unidas S.L.]no solo contra un 'goliat' [Eustasio López-Dueño de LOPESAN], sino contra un sistema judicial que parece, presuntamente, haber protegido sistemáticamente al más fuerte".

Hombre de traje oscuro y corbata roja en un entorno interior.
El empresario hotelero Eustasio López. | Archivo

Vidal asegura que la clave del caso viene a ser "la ficha descriptiva del local antes y después de la modificación por parte de la Dirección General del Catastro y el Registro de Bienes Inmuebles, así como la declaración de Eustasio López, quien afirmó bajo investigación judicial que el espacio no era un almacén, cuando sí es un almacén".

Y concluye: "En la actualidad, con la prueba contundente de los organismos oficiales del Registro y del Catastro, resulta frustrante que no se pueda aportar esta evidencia al Tribunal Constitucional debido a que no aceptan pruebas adicionales. Este caso pone en tela de juicio la eficacia y justicia del sistema judicial en España, subrayando la necesidad de reformas que garanticen una verdadera tutela judicial efectiva".

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