La Seguridad Social manda un aviso a miles de españoles: ‘Siempre y cuando…’
La Seguridad Social aclara una de las dudas más frecuentes: ¿Cotizan las prácticas anteriores al 1 de enero de 2024?
Durante muchos años, las prácticas universitarias o de formación profesional en España no cotizaban a la Seguridad Social. Esto generaba dudas y preocupaciones entre los estudiantes y profesionales en formación, ya que el tiempo dedicado a estas prácticas no contaba para, en un futuro, obtener ciertos beneficios sociales.
Sin embargo, las cosas han cambiado, y ahora la Seguridad Social ha resuelto una de las dudas más comunes: ¿cotizan las prácticas anteriores al 1 de enero de 2024? La respuesta es sí, pero bajo una condición muy importante: es necesario suscribir un convenio especial.
La Seguridad Social ha querido aclarar una de las dudas más frecuentes
Hasta hace poco, las prácticas formativas, aunque eran enriquecedoras a nivel laboral y personal, no computaban como tiempo cotizado. Esto significaba que muchos jóvenes profesionales entraban al mercado laboral con años de experiencia práctica, pero sin cotización alguna. A partir del 1 de enero de 2024, las prácticas ya cotizan automáticamente, pero el gran interrogante surgió sobre aquellas realizadas antes de esta fecha.
La Seguridad Social ha querido ser clara: las prácticas realizadas antes del 1 de enero de 2024 también pueden cotizar. Eso sí, siempre y cuando se formalice un convenio especial con la institución. Esto permite que cualquier persona que haya realizado prácticas con anterioridad pueda “rescatar” esos años de experiencia y que estos cuenten para su pensión futura.
¿Cómo funciona el convenio especial?
Este convenio especial es un acuerdo entre el exbecario o practicante y la Seguridad Social. Lo que permite es que, de forma voluntaria, los antiguos estudiantes puedan cotizar por el tiempo dedicado a sus prácticas. Pero estas se han tenido que realizar obligatoriamente dentro del marco legal de un convenio entre la empresa y el centro educativo.
Suscribirse a este convenio implica que el exbecario debe abonar las cotizaciones correspondientes al tiempo que estuvo en prácticas. La cuantía de esta cotización dependerá de la base mínima vigente en el momento de la solicitud. Y el pago corre por cuenta del interesado.
Este sistema ofrece la posibilidad de sumar esos meses o años a la vida laboral. Un hecho que es especialmente valioso para aquellos que quieran mejorar sus derechos a prestaciones y, eventualmente, su pensión.
Este convenio está dirigido a cualquier persona que haya realizado prácticas antes del 1 de enero de 2024, ya sea como parte de sus estudios universitarios o de formación profesional. Es importante que las prácticas hayan sido oficiales y que estuvieran reguladas bajo un convenio entre la empresa y el centro educativo, ya que, de lo contrario, no se podrá acceder a este beneficio.
Además, quienes quieran suscribir el convenio deben tener en cuenta que no es obligatorio, sino una opción que ofrece la Seguridad Social para aquellos que deseen cotizar por ese periodo. Las personas interesadas deben realizar la solicitud ante la Seguridad Social y asumir el coste de las cotizaciones, que se calculan en función de la base mínima vigente.
Es importante tener en cuenta que el tiempo que se cotiza puede marcar una gran diferencia en la pensión que se reciba en el futuro. Cada año cotizado cuenta y suscribirse a este convenio especial es una oportunidad para aquellos que realizaron prácticas en el pasado. Y es que, de esta manera, pueden completar sus periodos de cotización y asegurarse una mayor estabilidad en su vida laboral.
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