Si cobras una pensión de incapacidad, también tienes derecho a esto
Así puedes combinar tu pensión por incapacidad permanente con otras ayudas económicas y mejorar tu situación financiera
Cuando una persona recibe una pensión por incapacidad permanente, puede tener derecho a otras ayudas económicas, como la prestación por desempleo. Esta combinación de ingresos puede ser una herramienta útil para quienes enfrentan limitaciones laborales debido a su salud.
¿Qué es la pensión por incapacidad permanente?
La pensión por incapacidad permanente es una ayuda económica proporcionada por la Seguridad Social. Está destinada a aquellos trabajadores que, debido a una enfermedad o accidente, han visto reducida o anulada su capacidad para desempeñar su trabajo habitual. El objetivo de esta pensión es compensar la pérdida de ingresos derivados de estas limitaciones.
Existen diferentes grados de incapacidad permanente: parcial, total para la profesión habitual, absoluta y gran invalidez. Hay que tener en cuenta que los dos últimos grados impiden la realización de cualquier actividad laboral.
Pero la incapacidad permanente total permite compatibilizar el cobro de la pensión con trabajos distintos al habitual. Siempre que no agraven la situación de salud del trabajador.
Compatibilidad con la prestación por desempleo
Es posible combinar la pensión por incapacidad permanente total con la prestación por desempleo del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Siempre que se cumplan ciertos requisitos. En caso de perder un empleo compatible con la incapacidad, se puede seguir percibiendo el subsidio por desempleo junto a la pensión.
Para poder recibir ambas prestaciones simultáneamente, se deben cumplir las condiciones del SEPE. Entre ellas, es fundamental haber cotizado al menos 360 días por desempleo en los últimos seis años. Además, el solicitante debe estar inscrito como demandante de empleo, estar dado de alta en la Seguridad Social, y encontrarse en situación legal de desempleo.
No se debe haber trabajado como autónomo o por cuenta propia, ya que esto es incompatible con la prestación. Además, es necesario no haber alcanzado la edad legal de jubilación, la cual se incrementará gradualmente hasta los 67 años en 2027.
Duración y cuantía de la prestación por desempleo
La duración de la prestación por desempleo depende de las cotizaciones acumuladas. Por ejemplo, con 360 días cotizados se tiene derecho a 120 días de subsidio. La cuantía se calcula en función de la base reguladora de los últimos 180 días cotizados.
Para solicitar esta prestación, se puede utilizar la Sede Electrónica del SEPE con un certificado digital o DNI electrónico. O bien acudir de manera presencial a las oficinas de empleo con cita previa. El plazo para solicitar la prestación es de 15 días hábiles desde la finalización del contrato.
Compatibilidad con el subsidio para mayores de 52 años
Además de la prestación por desempleo, es posible compatibilizar la pensión por incapacidad permanente con el subsidio para mayores de 52 años. Aunque los requisitos son estrictos. Para acceder a este subsidio, se debe cumplir con varios criterios.
Primero, es necesario ser beneficiario de una pensión de invalidez permanente total para la profesión habitual y comenzar a trabajar en un empleo que no agrave las dolencias. Además, se debe haber agotado la prestación contributiva por desempleo y tener derecho al subsidio al extinguirse el contrato.
Para el subsidio para mayores de 52 años, se requiere haber cotizado al menos 15 años después de la concesión de la incapacidad. De los cuales al menos 6 años deben ser cotizaciones por desempleo. También es necesario que las rentas no superen el 75% del salario mínimo interprofesional, que actualmente es de 850,5 euros al mes.
La combinación de una pensión por incapacidad permanente con otras ayudas puede ser una opción viable para mejorar la situación económica. Sin embargo, es crucial cumplir con todos los requisitos y entender las condiciones específicas para aprovechar al máximo estas prestaciones.
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