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Hombre en traje con expresión de sorpresa o preocupación mientras sostiene un documento en una oficina con el logo de una agencia en el fondo.
ECONOMÍA

Máxima preocupación: Hacienda endurece los embargos y son miles los afectados

Todo lo que debes saber en el caso de que recibas una orden de embargo y los bienes que no son embargables

Las deudas son un tema delicado y, cuando no se solucionan a tiempo, pueden derivar en problemas mayores. Uno de los escenarios más complicados para cualquier persona es recibir un aviso relacionado con un procedimiento de embargo. La incertidumbre y las dudas suelen apoderarse de quienes no saben qué pasos dar o cómo afectará esta situación a su economía.

La clave para afrontar este tipo de situaciones es conocer tus derechos y las herramientas legales a tu disposición. Entender qué puede hacer la Agencia Tributaria y qué no está permitido es fundamental para mantener la calma y actuar de manera eficiente. Además, hay que tener en cuenta que Hacienda se ha puesto todavía más seria, y tiene más libertad a la hora de realizar embargos.

Hombre con expresión de estrés y desesperación frente a un logotipo colorido en una oficina.
Hay ciertos bienes que no pueden ser embargados por Hacienda | Agencia Tributaria, Canva Billion Photos

La Agencia Tributaria: en qué casos te puede embargar

La Agencia Tributaria puede iniciar un procedimiento de embargo cuando un contribuyente no ha pagado una deuda tributaria en el plazo establecido. Esto ocurre una vez que se ha emitido una resolución en vía ejecutiva, donde la deuda se declara como exigible. Antes de llegar al embargo, se notificará al afectado mediante requerimientos de pago y un aviso de apremio.

Los casos más habituales incluyen impagos relacionados con impuestos como el IRPF, IVA o sanciones tributarias. Si el contribuyente no responde a los avisos previos, Hacienda puede proceder con el embargo de bienes o derechos hasta cubrir el monto de la deuda, incluyendo intereses y recargos.

Imagen de fondo de una oficina de Hacienda, con el logo, junto a otra imagen de un hombre hablando por teléfono mientras usa un ordenador
Lo primero que se debe hacer si se recibe un aviso es corroborar la información | Europa Press, Pexels

Los bienes que no son embargables

Aunque Hacienda tiene amplias facultades, hay límites claros. Existen bienes y cantidades que no pueden ser embargados bajo ninguna circunstancia. Por ejemplo, el salario mínimo interprofesional (SMI) está protegido.

Esto significa que si los ingresos de una persona no superan esta cantidad, no pueden ser objeto de embargo. Además, bienes personales básicos, como ropa o mobiliario imprescindible, también están fuera del alcance de la Agencia Tributaria.

El procedimiento de embargo sigue una serie de pasos reglamentados. Una vez agotadas las notificaciones y vencidos los plazos, Hacienda puede proceder con el embargo de cuentas bancarias, bienes inmuebles, vehículos o incluso ingresos futuros. En el caso de las cuentas bancarias, primero se embargan los saldos disponibles, siempre respetando el límite del SMI.

Mujer pensativa con la mano en la boca y un símbolo de alerta sobre un logotipo en primer plano.
El salario mínimo interprofesional no puede ser embargado | Getty Images, Europa Press, TMvectorart

¿Qué hacer si recibes un aviso de embargo?

Si has recibido un aviso de embargo, lo primero es no ignorarlo. Consulta el importe adeudado y revisa si existe algún error en el procedimiento. Es importante saber que puedes fraccionar o aplazar el pago con Hacienda, lo que puede aliviar la carga económica y evitar consecuencias más graves.

Además, tienes derecho a recurrir el embargo si consideras que se han vulnerado tus derechos. Para ello, puedes presentar un recurso de reposición o acudir a los tribunales contencioso-administrativos. La clave es actuar con rapidez y buscar asesoramiento profesional para tomar las mejores decisiones.

Conocer el alcance y las limitaciones de los embargos de la Agencia Tributaria es fundamental para enfrentar esta situación con seguridad. Mantente informado y, ante cualquier duda, no dudes en buscar ayuda legal.

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