Indra, empresa encargada de realizar el escrutinio provisional en España, y el Ministerio del Interior han recibido un nuevo toque de atención por parte del Consejo de Transparencia a raíz de una reclamación realizada por el abogado Guillermo Rocafort. Esta reclamación fue realizada por Rocafort a raíz de las elecciones del 2023, debido “a las condiciones en las que se hicieron”. 

En una conversación con elcierredigital.com el abogado Guillermo Rocafort señala: “El punto del que parto es la desconfianza total hacia los procesos electorales. Es una cuestión que va en paralelo a la de la caída de la web de Indra en las elecciones autonómicas y municipales del 28 de mayo. Sin embargo, es otro procedimiento que he ganado, pues se les obliga a aportarme información relacionada con las auditorías de los procesos electorales y el seguimiento que se le hace a Indra, información que se niegan a darme desde el 2018 alegando que son confidenciales”.

En un primer momento el Ministerio del Interior desestimó la reclamación diciendo que era confidencial, pero “ahora el Consejo de la Transparencia ha argumentado por qué tienen que dar esa información y por qué un proceso electoral no tiene que ser confidencial”, añade Rocafort. En esta nueva resolución, el Consejo de Transparencia estima la reclamación de Rocafort e insta al Ministerio del Interior a remitir información en el plazo de 10 días hábiles.

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Fernando Grande-Marlaska, ministro del Interior.

Interior deberá responder a las siguientes cuestiones planteadas por Rocafort: “¿Tiene Indra alguna resolución en su contra que le impida en España y fuera de España el acceso a la contratación pública?¿Qué seguimiento está realizando el Ministerio del Interior en relación a las sanciones que está recibiendo Indra en cuanto a sus prácticas anticompetitivas? ¿Qué consecuencias tendrán las resoluciones judiciales descritas condenatorias por parte de la Audiencia Nacional contra Indra? ¿Qué auditorías oficiales se han hecho sobre los comicios electorales gestionados por Indra en España desde el 2018? Solicito copia de las auditorías efectuadas y el detalle de las incidencias que se contienen en dichos informes”.

El abogado sostiene que “si no cumplen el plazo será un indicador de que lo van a recurrir ante la Audiencia Nacional, como ya han hecho con lo del 28M”. 

"El principio fundamental de la Ley electoral es la transparencia"


Guillermo Rocafort decidió poner esta reclamación por “una desconfianza total ante Indra y los procesos de control que lleva el Estado sobre ella. El Ministerio del Interior, como responsable último del cómputo, tiene que publicar las auditorías, tal y como se hace en otros países. Cabe recordar que Indra ha 'estafado' al Estado sin sufrir consecuencia alguna”. 

“Fueron capaces de contestarme que esta información es confidencial, cuando uno de los elementos principales de la Ley electoral es la transparencia. El hecho de que ni siquiera se nos dé acceso a las auditorías que han hecho demuestra una gran opacidad que pone en riesgo la democracia. Da a entender que si ha habido fallos no tenemos derecho a conocerlos”, añade Rocafort.

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Guillermo Rocafort.

“Esta resolución es más demoledora que la del 28M, ya que aquí niegan información sobre cualquier tipo de supervisión sobre Indra. Probablemente sea recurrida judicialmente y solicitaré acumular ambos procedimientos, ya que hay una conexión directa entre ambos. Estos datos que he pedido evidencian que Indra no es el candidato idóneo para contar los votos ni en España ni en ningún país del mundo”, afirma Rocafort. 

Los argumentos del Consejo de Transparencia


El Consejo de la Transparencia ha argumentado los fundamentos por los que Interior debe aportar la información a Guillermo Rocafort y al propio Consejo. En primer lugar se indica que la Ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno reconoce en su artículo 12 el derecho de todas las personas a acceder a la información pública, entendiendo por tal, según dispone en el artículo 13, "los contenidos o documentos, cualquiera que sea su formato o soporte, que obren en poder de alguno de los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de este título y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones".

“En el presente caso, el órgano competente no respondió al solicitante en el plazo máximo legalmente establecido, sin que conste causa o razón que lo justifique. A la vista de ello, es obligado recordar a la Administración que la observancia del plazo máximo de contestación es un elemento esencial del contenido del derecho constitucional de acceso a la información pública”, indica el Consejo de Transparencia en la resolución.

El presidente de Indra, Marc Muntra.

Marc Murtra, presidente de Indra.

En la tardía respuesta de Interior a Rocafort, el Ministerio señaló que el contrato celebrado con INDRA está sujeto a confidencialidad en todos sus extremos y se encuadra en el nivel de seguridad alto del Esquema Nacional de Seguridad. Sin embargo, la resolución recalca que “el hecho de que el contrato contenga una cláusula de confidencialidad no implica que no pueda darse respuesta al resto de cuestiones planteadas en la solicitud de acceso”. Respecto al acceso a las auditorías de Indra la resolución indica que “no se argumenta de forma expresa y detallada de qué modo puede verse afectada la seguridad pública”.

“El Ministerio no ha tomado en consideración la posibilidad de conceder un acceso parcial a la información solicitada, eliminando aquella información cuyo acceso pudiera poner en riesgo la seguridad pública en relación con los procesos electorales en el caso de que los informes de la empresa adjudicataria la contengan”, concluye la resolución del Consejo de Transparencia. Por ende, de acuerdo con el principio de proporcionalidad, han decidido tramitar la reclamación de Guillermo Rocafort.