La sentencia afirma que el enjuiciado es responsable criminalmente en concepto de autor de tres delitos de homicidio por imprudencia grave y un delito de lesiones imprudente ya definidos, en concurso ideal, con la concurrencia de la atenuante de confesión.

El suceso conmocionó a la localidad toledana de Fuensalida en 2014.

Igualmente, se le prohíbe conducir vehículos a motor y ciclomotores durante dos años y nueve meses, con la pérdida de vigencia del permiso de conducir.

Absuelve esta sentencia al acusado del delito contra la seguridad vial por el que venía acusado en la presente causa, con todos los pronunciamientos favorables.