La sentencia no 114/2019, instada por la Unión Federal de Policía (UFP), reconoce el derecho de todos los policías que prestan servicio en la modalidad de turnos rotatorios a percibir el importe de la compensación correspondiente durante el mes de vacaciones anuales. La sentencia fue recurrida en casación por el Abogado del Estado y el Tribunal Supremo confirmó dicha sentencia.

Con fecha 15 de septiembre de 2020, a Dirección General de la Policía reconoce lo siguiente:

- La pretensión de la UFP para que se abone a todos los funcionarios que realizan servicio en turnos rotatorios la gratificación correspondiente al mes de vacaciones.

- El período completo reclamado por la UFP, es el siguiente:

Policías nacionales.

En definitiva, La Dirección General de la Policía (DGP), deberá pagar a todos los funcionarios afectados, la cantidad de 12.548.033 euros en ejecución de la sentencia promovida por la Unión Federal de Policía, reconociendo así, que el pago por realizar servicio a turnos, no es una gratificación, si no un complemento retributivo y, por lo tanto, se debe seguir abonando durante las vacaciones anuales.

Desde la UFP "instamos a la DGP a hacer efectivo ese pago, a la mayor brevedad posible para restituir así una injusticia que se venía produciendo desde el año 2016", declaran.