26 de abril de 2024
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FIN DE SEMANA

Los conductores que circulen sin pasar esta prueba se enfrentarán a multas de hasta 500 euros

Nueva ITV: Conoce cómo te afectarán los cambios que llegarán el 1 de junio a las inspecciones de vehículos en España

Estación de ITV
Estación de ITV
El 1 de junio de este año se modificará la normativa para pasar la ITV. Las partes de los vehículos que se verán más afectadas serán el Sistema Antibloqueo de Frenos y los espejos retrovisores. Unido a esto, se seguirá realizando la prueba de emisión de gases y no computarán las prórrogas concedidas durante el estado de alarma. Además, los vehículos procedentes de Reino Unido perderán los privilegios que tenían cuando pertenecían a la Unión Europea.

Faltan solo unos días para que entren en vigor los nuevos cambios en la reglamentación de la ITV en nuestro país. Una vez finalizadas las prórrogas concedidas por el Gobierno debido al confinamiento del pasado año, los conductores deberán prestar mucha atención a las modificaciones que se producirán a partir del día 1 de junio si quieren superar con éxito la inspección técnica de su vehículo.

El cambio más importante que se llevará a cabo está relacionado con el no funcionamiento del Sistema Antibloqueo de Frenos (ABS) en los vehículos donde no es obligatorio llevarlo. A partir del 1 de junio, si se ha montado el sistema ABS en este tipo de vehículos y se enciende el testigo durante la revisión, se considerará un defecto grave y un motivo para que la inspección resulte desfavorable. Hasta ahora, que se encendiera el testigo del ABS en los vehículos no obligados a llevarlo se consideraba un defecto leve y por lo tanto no era motivo de inspección desfavorable.

Los espejos retrovisores también son protagonistas de estos cambios, de forma que aquellos vehículos que llevan los espejos sujetos de forma poco ortodoxa, ya sea con cinta adhesiva o con materiales caseros, tendrán que repararlos ya que la posibilidad de desprendimiento de los espejos retrovisores pasará a considerarse un defecto grave. De esta forma, el operario de la ITV deberá comprobar si los espejos están correctamente fijados y tomar una decisión siguiendo su propio criterio.

Espejo sujeto con cinta adhesiva

Si un vehículo adolece de alguno de estos defectos a partir del día 1 de junio (además de los que ya eran graves antes de este cambio), solo podrá circular para acudir a un taller mecánico que solucione el problema en cuestión, tras lo cual deberá volver a la sede de la ITV para corroborar que estos defectos han sido subsanados y lograr una inspección favorable que le permita circular sin ningún problema.

Además de estos cambios, también hay que señalar que los datos del permiso de circulación podrán ser comprobados a través del Registro General de Vehículos de la DGT en caso de que el conductor de un vehículo no lo presentara en la estación de ITV.

Los vehículos procedentes del Reino Unido también se verán afectados por la nueva normativa al no pertenecer ya al Espacio Económico Europeo, considerándolos como automóviles procedentes de terceros países. Por tanto, deberán cumplir los requisitos establecidos para estos y realizar los trámites de importación necesarios. Además, las homologaciones de Reino Unido no serán consideradas europeas por lo que sus propietarios perderán las ventajas en cuanto a la simplificación de los trámites.

Cabe recordar que la medida relacionada con la prueba de emisión de gases que se implantó el año pasado seguirá vigente en esta nueva normativa, pero que el diágnostico a bordo (OBD) solo se realizará en determinados vehículos por el incremento del riesgo de contagio al acceder al habitáculo por parte del inspector. La prueba se realizará por medio de una sonda colocada en el tubo de escape o conectándose a la centralita del vehículo.

Vehículo siendo sometido a una prueba de gases

Las prórrogas concedidas durante el confinamiento también suponen una confusión para muchos conductores. En este sentido, AECA-ITV, la asociación que integra la mayoría de instalaciones de ITV, explica que se tomará como referencia la fecha de validez que conste en la tarjeta ITV y no computará la prórroga concedida como consecuencia del estado de alarma. Por lo que, si un vehículo ha pasado la inspección después de su fecha habitual, deberá volver a pasarla en la fecha que le tocaba desde un inicio, aunque esto signifique que ha pasado menos de un año desde su última inspección.

Desde AECA-ITV recuerdan que el 40% de vehículos que circulan por las carreteras de nuestro país lo hacen con la ITV caducada. Esta situación supone un grave peligro tanto para los conductores de estos vehículos como para los que les rodean y recuerdan que las multas para los conductores que no tienen al día la ITV pueden conllevar una sanción económica de 200 a 500 euros.

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