03 de mayo de 2024
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FIN DE SEMANA

Baraka había contratado a Torit Allocation y Double Digit Partners para comercializar los espacios de este conocido inmueble del centro de Madrid

Trinitario Casanova condenado a pagar 1,5 millones de euros a dos inmobiliarias españolas por su intermediación en la venta del Edificio España

El empresario Trinitario Casanova con el edificio España.
El empresario Trinitario Casanova con el edificio España.
La sección décimotercera de la Audiencia Provincial de Madrid ha fallado en contra de un recurso de apelación puesto por Baraka Global Invest, la compañía del polémico empresario Trinitario Casanova, contra una sentencia que le condenaba al pago de 750.000 euros, más intereses, IVA y costas, a dos empresas contratadas para intermediar en la venta de espacios del Edificio España. En total, ha sido condenado a pagar 1,5 millones de euros. El empresario ya ha pedido aclaración de la sentencia.

La sentencia que desestima el recurso de Trinitario Casanova y por tanto lo condena de nuevo fue dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 51 de Madrid el 12  de enero de 2018, pero Baraka recurrió y el 4 de octubre de 2018 volvieron a dar la razón a la otra parte, dos inmobiliarias. Pero la empresa de Casanova no se conformó y recurrió ante la Audiencia Provincial, una instancia superior, que en una sentencia dictada el 3 de julio de 2019 y que se ha conocido ahora no le da la razón a él pero sí a las dos demandantes.

Torit Allocation y Double Digit Partners son las dos empresas españolas de asesoría inmobiliaria, que denunciaron en 2018 al grupo de Casanova por no haber pagado el trabajo que llevaron a cabo durante la compra y venta del Edificio España, a mediados de 2017.

Las dos sociedades fueron contratadas por el empresario murciano para la comercialización del emblemático edificio. A principios de junio de 2017, Casanova acordó la compra del inmueble al grupo chino Wanda y ese mismo día firmó la venta del Edificio España a la cadena hotelera Riu, valorada en 300 millones de euros.

Según el tribunal, esa operación debería haber ocasionado el pago en honorarios a cada una de las dos empresas intermediarias de 750.000 euros, en total 1,5 millones de euros pero Baraka no procedió al mismo. Torit Allocation y Double Digit Partners denunciaron al grupo de Casanova logrando sentencia favorable, el pasado mes de octubre, en el Juzgado de Primera Instancia 51 de Madrid, que fue recurrida por Trinitario Casanova.

El polémico Trinitario Casanova en su despacho de Baraka.

Según se explica en la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, a la que tuvo acceso elcierredigital.com, Baraka se opuso al pago argumentando que "Riu no había comprado el edificio sino las participaciones sociales de la mercantil propietaria del mismo en una operación mucho más compleja que la simple compra del inmueble en la que no intervinieron las actoras y que los honorarios por la intemediación se devengarían única y exclusivamente para el caso de que se hubiera suscrito un arrendamiento de uso hotelero como resultaba del contrato suscrito el 19 de enero de 2017 por las partes, arrendamiento que no llegó a materializarse y por tanto a devengarse ningún honorario".

El Tribunal entiende en la sentencia, por medio de su ponente, el magistrado José González Olleros, que las empresas intermediarias recibieron el encargo de ofrecer el edificio España no solo en arrendamiento, sino también para la venta, y que "desarrollaron toda una actividad encaminada a preparar las reuniones, concertarlas, celebrarlas y finalmente rematarlas con el grupo Riu". Por ese motivo desestima el recurso presentado por Casanova y lo condena a pagar 1,5 millones de euros, 750.000 a cada una de las empresas demandantes.

Contra esta sentenciade la Audiencia Provincial cabe presentar recurso de Casación y Recurso extraordinario por infracción procesal, ambos ante la Sala Primera del Tribunal Supremo, seguramente el último cartucho legal que le queda a Baraka para intentar librarse del pago de la deuda. De momento, Trinitario Casanova ha pedido a la Sala una aclaración de esta sentencia, que todavía está pendiente de resolverse.

 

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