26 de abril de 2024
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FIN DE SEMANA

Esta medida lleva vigente en España desde el año 2015, aunque existe gran desconocimiento sobre ella y sus posibles aplicaciones

Cancelan en Valladolid la deuda de 75.000 euros de una familia madrileña gracias a la Ley de Segunda Oportunidad

Juzgados de Valldolid
Juzgados de Valldolid / Europa Press
Se trata de uno de los primeros casos de la Ley de Segunda Oportunidad. Y es el primer caso de cancelación de deudas que se resuelve en Valladolid gracias a esta la Ley, que permite a la familia que ha contraído la deuda de 75.000 euros poder volver a empezar de cero tras pactar con sus acreedores.

El Juzgado de lo Mercantil nº1 de Valladolid ha perdonado una deuda de 75.000 euros a R.J. e I.V., un matrimonio de Aranjuez (Madrid), dictando la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI). Este ha sido el primer caso de cancelación de deuda que se concede en Valladolid en la historia, gracias a una Ley poco conocida de 2015, la de Segunda Oportunidad.

Ambas personas han representado el caso de muchos otros emprendedores que en su día montaron un negoció y éste fracasó. ‘’Tuvimos que solicitar dos préstamos a los que ahora no podemos hacer frente; con una nómina de 1.200 euros, dos hijos a nuestro cargo y sin bienes, llegó un momento que no podíamos más que satisfacer los costes básicos, como alquiler y colegios’’, han explicado.

Esta Ley de Segunda Oportunidad permite empezar de cero pactando con los acreedores.

La Ley de Segunda Oportunidad lleva vigente en España desde 2015 y todavía existe mucho desconocimiento sobre su aplicación y las posibilidades que abre a personas con deudas elevadas. En Repara tu Deuda, primera compañía en España que aplica la Ley de Segunda Oportunidad, ofrecen ayuda a estas personas que no tienen más recursos y no saben dónde acudir.

Para que el deudor pueda acceder a los beneficios de la ley de Segunda Oportunidad tiene que presentar el acuerdo extrajudicial de pagos ante un notario (si es persona física no empresario) o en el Registro Mercantil (autónomos y persona jurídica). Desde ese momento, no se pagan más intereses de los créditos ordinarios y se paralizan todas las acciones judiciales habidas y futuras (ejecuciones, procedimiento civiles en curso).

Esta legislación permite exonerar a particulares y autónomos del pago de deuda a acreedores siempre que se demuestre que previamente al deudor haya actuado de buena fe, así como haber intentado un acuerdo con los acreedores para aplazar la deuda, fijar un calendario de pago inferior a diez años o pagarla mediante la cesión de bienes. Si no se logra dicho acuerdo, pueden solicitar un concurso de acreedores al juzgado y solicitar al juez de cancelación de la deuda total.

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