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Fachada de la Audiencia Provincial de Madrid.
SUCESOS

Se libra de la cárcel a pesar de detenerle con 20 gramos de cocaína de alta pureza

Ospina Abogados gana una sentencia favorable por retraso del proceso desde 2019.

Dilaciones indebidas”, al entender que en el proceso se ha superado el tiempo razonable por unos hechos que ocurrieron el 29 de marzo de 2019. Esta es una de las motivaciones que el letrado de la defensa, Juan Gonzalo Ospina, alegó para evitar el ingreso en prisión de su cliente, un varón de 51 años y natural de República Dominicana que fue detenido por la Policía Municipal de Madrid con 20,031 gramos de cocaína con una pureza media superior al 77%.

Ospina Abogados también ha acentuado que, en el dilatado tiempo que ha transcurrido desde que se efectuase la primera detención hasta la fecha de juicio, la vida de su cliente ha cambiado mucho, encontrándose en un tratamiento de rehabilitación de la drogadicción y manteniéndose sin antecedentes penales, por lo que, a pesar de ser “autor responsable de un delito contra la salud pública en su modalidad de sustancias que causan grave daño a la salud”, solicitaban para el acusado “la suspensión de la pena privativa de libertad”, entendiendo esta medida como la más acorde a las nuevas circunstancias.

Dos personas posando en una oficina con escritorios y personas trabajando al fondo.
El abogado penalista Juan Gonzalo Ospina y Beatriz Uriarte. | El Cierre Digital

Frente a la postura de la defensa se situaba la Fiscalía y su petición de “2 años de prisión con inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 2.000 euros con 10 días de responsabilidad personal subsidiaria para el caso de impago, así como las costas procesales causadas en este proceso, el comiso y destrucción de la sustancia intervenida”, recoge la sentencia a la que ha tenido acceso elcierredigital.com.

El punto intermedio lo ha encontrado la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Madrid quienes, sin quitar razón a la argumentación de la Fiscalía, pero considerando los atenuantes y argumentos planteados por el abogado penalista de la defensa, han condenado al acusado como autor responsable de un delito contra la salud pública en su modalidad de sustancias que causan grave daño a la salud, aunque acuerdan la suspensión de la pena privativa de libertad, condicionada a que “el acusado no vuelva a delinquir por el plazo de cinco años, comunique a la sección cualquier cambio de domicilio, continúe el tratamiento de rehabilitación, proceda al abono de la multa en los plazos fijados, pudiendo ser revocada la suspensión si lo incumpliere”, han sentenciado los tres magistrados encargados  del caso.

Los hechos

Durante una patrulla rutinaria, la Policía Municipal observó a un grupo de personas caminando por la calle Hernani de Madrid. Sin que la sentencia recoja el motivo, decide acercarse y es en ese momento cuando el acusado  huye corriendo a pie desprendiéndose de dos recipientes cilíndricos de plástico verde. La Policía logra alcanzar al sospechoso y recuperan los elementos arrojados a la vía, conteniendo el primero de ellos 9,969 gramos de cocaína con una pureza de 78,5%, y el segundo cilindro 10,062 gramos de cocaína con una pureza del 75,8%.

Unos hechos que supusieron la detención del susodicho y el señalamiento de un delito contra la salud pública penado en el artículo 368, párrafo 1º del Código penal.

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