Logo El Cierre Digital
Aula vacía con varias filas de pupitres y sillas de madera con estructura azul frente a una pizarra y ventanas grandes
SUCESOS

Golpe al Estado: Una maestra sevillana logra que le paguen una extraordinaria pensión

La Audiencia Nacional condena al Estado por negar la gravedad de la lesión de la profesora tras una caída en su colegio

La Audiencia Nacional ha condenado a la Administración Pública a indemnizar a una maestra de Sevilla que sufrió una grave lesión en el codo. Ocurrió durante su jornada laboral, cuando trasladaba una máquina plastificadora en un colegio de Sevilla capital.

Tras un largo proceso judicial que ha perdurado durante seis años,  el Ministerio de Educación deberá abonarle una pensión extraordinaria de jubilación. Lo hará con carácter retroactivo desde el año 2019, en reconocimiento de la incapacidad derivada del accidente laboral.

Elcierredigital.com ha hablado con su abogado Fernando Osuna, quien explica que “estaba dando clases en un colegio de Sevilla y llevaba una máquina de plastificar. Se cayó al suelo y se lesionó el codo”.

El accidente y la lesión que cambió su vida laboral

El incidente se produjo mientras la docente desempeñaba sus funciones en un centro educativo sevillano. Según Osuna,  “se inició el proceso de curación, capacitación y demás”.

Sin embargo, la Administración inicialmente negó la relación entre la lesión y la jornada laboral. Argumentó que la maestra ya presentaba una lesión previa en el codo y que  “las lesiones no tenían suficiente entidad como para retirarse o jubilarse”.

Aula escolar vacía con sillas y mesas apiladas y huellas de colores en el suelo que guían hacia el pizarrón
Aula de un colegio público. | Europapress

Tal y como explica Osuna, “la Seguridad Social decía que no era durante la jornada laboral, que ella ya tenía un problema en el codo. Además, que no tenía suficiente importancia o entidad como para retirarse”. Se debatió si la lesión de hombro estaba relacionada con el accidente. Finalmente, el tribunal concluyó que solo la lesión de codo era relevante para determinar la incapacidad.

Esta postura de la Administración llevó a un enfrentamiento judicial que se prolongó durante seis años. Un periodo en el que la maestra buscó justicia para obtener el reconocimiento de su derecho a una pensión extraordinaria derivada de su incapacidad laboral.

La importancia del informe médico

Un elemento crucial en el proceso fue el informe pericial médico presentado por la maestra. Según Osuna, “no ha sido rebatido ni han presentado oposición al dictamen particular del perito médico que llevó la maestra al juicio”.

La Audiencia Nacional valoró positivamente esta circunstancia, señalando que los órganos médicos del Estado podían haber presentado “algún tipo de oposición o contradicción”. Al no hacerlo, “le ofrece credibilidad y le convence el dictamen del perito de la maestra”.

La sentencia: reconocimiento de la incapacidad y pensión extraordinaria

Finalmente, la Audiencia Nacional reconoció la relación directa entre el accidente laboral y la lesión de codo. Confirmando que esta lesión tenía entidad suficiente para justificar la incapacidad de la docente.

Fachada de un edificio gubernamental con un policía de pie en la entrada y varias personas caminando por la acera
Audiencia Nacional. | Europapress

El tribunal condenó al Ministerio de Educación a abonar una pensión extraordinaria de jubilación, con efecto retroactivo desde el año 2019. Fecha en la que comenzó el proceso de incapacidad.

Osuna sostiene que  "la pensión es mucho más alta que la jubilación ordinaria, con efecto retroactivo de seis años desde el año 2019".

Implicaciones del fallo judicial

El fallo de la Audiencia Nacional establece un precedente en la jurisprudencia sobre accidentes laborales en el sector público. La sentencia reconoce como causa suficiente de incapacidad una lesión sufrida durante el desempeño de funciones docentes. Lo que implica una interpretación favorable a los derechos laborales del funcionariado.

La resolución judicial incorpora el dictamen médico presentado por la defensa de la afectada, que no fue rebatido por los órganos médicos del Estado. Esta falta de oposición fue tenida en cuenta por el tribunal, que otorgó credibilidad al informe pericial presentado por la parte recurrente.

➡️ Empleos ➡️ Educación ➡️ Andalucía ➡️ Juzgados ➡️ Derecho ➡️ Sucesos

Más noticias: