27 de abril de 2024
|
Buscar
FIN DE SEMANA

Es una falta grave tipificada en el artículo 44.3.b) de la Ley Orgánica de Protección de Datos de carácter personal

Sanción de 1.500 euros a un artista por grabar a un guardia civil tomando café durante una pausa reglamentaria

Un artista ha sido condenado a pagar 1.500 euros por haber grabado a un guardia civil mientras tomaba cafe y se encontraba en su descanso reglamentario. Los hechos tuvieron lugar en Monforte de Lemos (Lugo). La Ley de Protección de Datos es la norma a la que se ha recurrido para proteger los derechos del agente como empleado público.

La denuncia fue presentada ante la Agencia de Protección de Datos hace un año pero se ha resuelto ahora. En ella, se informaba de que un individuo había grabado un vídeo de un guardia civil mientras se tomaba un café en un bar durante su período reglamentario de descanso.  El agente fue informado por sus amigos de la existencia de dichas imágenes en las que aparecía él, vestido de uniforme. El vídeo había sido colgado en el perfil de Facebook del artista con el comentario #así es como trabajan estos hijos de puta un sábado a la noche#.

La agencia de Protección de Datos ha confirmado que dicho vídeo  fue grabado durante el periodo de descanso del agente  y realizado sin su consentimiento, sin informarle de que estaba siendo grabado y sin que el afectado se percatase de ello. El denunciado habría vulnerado el artículo 6.1 de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) que prevé la obligación obtener  el consentimiento para el tratamiento de los datos personales. Esa misma LOPD, en su artículo 44.3.b) tipifica como grave este tipo de vulneraciones . En este caso, la multa ha sido  de 1.500 € para el artista denunciado.

COMPARTIR: