26 de abril de 2024
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FIN DE SEMANA

Hasta 37 personas resultaron heridas y tendrán que acudir a los juzgados para que sean evaluadas sus lesiones y la cuantía de las indemnizaciones

Un forense examinará a los afectados del descarrilamiento en Aharal para indemnizaciones

El tren de Arahal descarriló en 2017
El tren de Arahal descarriló en 2017
Las 37 personas que resultaron heridas en el descarrilamiento de tren que tuvo lugar en la localidad de Aharal (Sevilla) en 2017 serán examinados en marzo para determinar el estado de sus lesiones. De esta manera se determinarán si tienen derecho a indemnizaciones y su cuantía.

Los perjudicados por el descarrilamiento de tren en la localidad sevillana de Arahal tendrán que acudir en marzo a los juzgados para que un forense examine el estado de sus lesiones, según ha podido saber Elcierredigital.com. Los 37 pasajeros heridos en el accidente deben acudir para determinar si les corresponde indemnización y su cuantía.

Los hechos del accidente se remontan al 29 de noviembre de 2017 en el municipio de Arahal en Sevilla. Un tren de media distancia descarriló dejando el resultado de 37 pasajeros heridos de diversa consideración, los cuales, ahora mismo, están estudiando la posible responsabilidad patrimonial si el caso es archivado sin responsabilidad penal.

Las actuaciones penales se iniciaron por imperativo legal y han transcurrido ocho meses desde que entró el caso en la Sección Penal de la Audiencia Provincial. En un escrito del bufete Osuna Abogados, encargado de la defensa, se detallan los muchos informes técnicos que se han realizado sobre: el estado de la vía férrea, inclemencias del tiempo, situación de la máquina y vagones, avisos y comunicaciones entre el maquinista y sus superiores, características del terreno, incidencia de otros factores, medidas de seguridad, evacuación de los heridos.

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El mal estado de las vías por culpa de la lluvia hizo descarrillar al tren

La Audiencia Provincial, por su parte, puede mantener el archivo de las actuaciones sin responsabilidad o que se practique alguna prueba o que sigan las actuaciones por la vía penal en contra del criterio del Juzgado Instructor.

“El daño ocasionado con el accidente ferroviario ocurrido en el Arahal en el tren con destino Sevilla podría derivar en una responsabilidad patrimonial de la entidad pública empresarial ADIF que se encarga de la infraestructura de nuestros ferrocarriles, tras la decisión de abrir la vía a pesar del estado de la misma fruto de las malas condiciones climáticas que convirtieron el terreno en un barrizal”, indican en el comunicado de Osuna, en el que se añade que, “parece ser que nunca se debió acordar que el tren marchase por la vía en las pésimas condiciones en la que se hallaba o, de hacerlo, habría que llevar una velocidad muy reducida. Ninguna de las medidas se adoptó”.

Además, para este despacho de abogados, la fuerza mayor que provocó el descarrilamiento del tren, es decir la lluvia, “no libra a la administración de una posible responsabilidad”, algo que ya ocurrió en Écija (Sevilla) en 2010 cuando hubo una gran inundación. En aquel año el Ayuntamiento del municipio y la Junta de Andalucía fueron condenados por la Justicia por no tener el cauce del arroyo Argamasilla en buenas condiciones.

Vía administrativa e indemnización

El comunicado del bufete de Osuna indica también que un grupo de heridos estudian las posibles responsabilidades en vía administrativa por mal funcionamiento de la administración que puedan derivarse del siniestro, es decir por una acción judicial no penal, la cual llevaría a un contencioso administrativo. Las indemnizaciones podrían estar entre los 1.000 € y 40.000 €. La cantidad variará dependiendo de las lesiones que ha sufrido cada viajero.

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El accidente dejó 37 heridos

Para ello, el despacho se apoya en el artículo 106 de la Constitución, el cual semana en su párrafo segundo, que se “consagra el principio de Responsabilidad Patrimonial extracontractual de las Administraciones Públicas, por la lesión que sufran los particulares en cualquiera de sus bienes y derechos, salvo en los casos de fuerza mayor, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos”.

Por lo tanto y según el bufete de Osuna, los afectados “para hacer efectiva la responsabilidad patrimonial exigirán directamente de la Administración pública correspondiente las indemnizaciones por los daños y perjuicios causados por las autoridades y personal a su servicio”.

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