26 de abril de 2024
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FIN DE SEMANA

El bufete de Juan Gonzalo Ospina llevó la defensa del acusado en Burgos, cuya declaración fue vital para la decisión judicial

Archivada la causa contra el entrenador de una Fundación acusado de abusar de un menor

Imagen de los Juzgados de Burgos.
Imagen de los Juzgados de Burgos.
El Juzgado de Instrucción número 4 de Burgos sobresee provisionalmente y archiva la causa seguida por delito de abuso sexual a un menor de edad de un centro de la ciudad burgalesa, y del que el denunciado era director y entrenador.

A comienzos del pasado año 2020, una plataforma social de la ciudad de Burgos interpuso una denuncia por delito de abuso sexual a un menor de edad contra el entrenador y director de una Fundación burgalesa.

En ella se señalaba que los hechos delictivos habían tenido lugar entre los años 2018 y 2019, y que consistían en tocamientos a un menor del centro, por la zona baja de la cintura, llegando incluso a efectuarle "masajes por la zona del ano, que se realizaban durante las sesiones de entrenamiento, en presencia de la madre del niño o cuando el menor y el entrenador se encontraban a solas", según la denuncia.

Además, la denuncia interpuesta señalaba que la madre de la víctima también había sufrido tocamientos, consistentes en masajes por la zona del tórax, vientre y cuello, aunque estando totalmente vestida.

El denunciado acudió al despacho Ospina Abogados, especializado en derecho penal, ubicado en Madrid, y fue asistido por el penalista Juan Gonzalo Ospina, quien dirigió la línea de defensa.

                         El abogado Juan Gonzalo Ospina.

El día de la declaración como investigado, Ospina aconsejó a su cliente responder a todas las preguntas y defender la verdad, dejando entrever la existencia de un ánimo espurio por parte de los denunciantes.

El denunciado, declaró ante el juez que hacía un par de semanas se había negado a conceder un "trato preferente" al familiar de una de las directivas, demostrando que su centro de atención estaba consiguiendo numerosos clientes, ganando cuota a la competencia que llevaba años en la ciudad en este tipo de terapias. 

Finalmente, el Juzgado de Instrucción número 4 de Burgos, archivó y sobreseyó provisionalmente la causa, en virtud del artículo 641.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, al no encontrar ni motivos, ni indicios suficientes que acreditasen la perpetración del delito. Por lo tanto, el investigado, como la madre de la víctima, negaron que los hechos hubieran ocurrido como eran relatados y además, esta última decidió apartarse del procedimiento, negándose a ejercitar la acusación particular.

A preguntas de este diario, el abogado Juan Gonzalo Ospina ha declarado estar satisfecho porque pese a ser una acusación muy grave, en la mayoría de los casos, siempre llega la verdad.

Los delitos de abuso sexual cometido contra menores de edad se recogen en el artículo 181.1 del Código Penal y las penas de prisión oscilan entre 1 y 3 años, si no existe violencia ni intimidación, hasta los 12 años de cárcel si existe algún tipo de acceso carnal o penetración.

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