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Manos ajustando el techo de una casa en miniatura amarilla con persianas azules.
SALUD

Cuándo usar el sistema 'casa nido': El Supremo cambia la norma para padres divorciados

El abogado García Cebrián analiza pros y contras de usar la vivienda familiar en casos de custodia compartida con hijos

El Tribunal Supremo ha sentado jurisprudencia con su criterio en custodia compartida de los hijos, en caso de que los cónyuges no acuerden 'casa nido'.

Para analizar la situación, en primer lugar debemos de detenernos a aclarar qué es la custodia compartida con 'casa nido'. Se trata de aquella custodia compartida en la que los hijos se mantienen en la casa familiar. Son los progenitores los que entran y salen en los periodos que le corresponde estar en compañía y cuidado de los hijos.

Si los padres tienen una relación cordial puede funcionar. Pero en caso de que exista una relación conflictiva, este modelo puede ser un grave foco de conflictos. Con el riesgo de provocar daño familiar a los menores.

Desde 2013 en España es preferencia la custodia compartida. Lo complicado es analizar cada caso concreto para confirmar que este sistema es la mejor opción para los niños y plantear cómo se organiza. La alternancia más frecuente en custodias compartidas es la semanal, pues se adapta a la vida de los hijos.

Figuras de una familia dividida por casas en miniatura y anillos sobre una mesa.
Separación con hijos. | Cedida

En el uso de la vivienda familiar es donde suele haber más complicaciones. La custodia compartida con 'casa nido' requiere tres viviendas disponibles.

Una familiar que se comparte por periodos alternos, el “nido familiar” en el que se mantienen los hijos. Y una vivienda para cada progenitor cuando este no está en su periodo de custodia.

Por tanto, será ahorrativo cuando los progenitores tengan una posibilidad económica de vivir en otro lugar. De no ser así, pagar otra vivienda o habitación es un gasto que hace antieconómica la custodia compartida con 'casa nido'.

Problemas de convivencia de la custodia compartida con 'casa nido'

Entre los principales problemas cotidianos que pueden existir en una casa nido destacan:

· Limpieza y orden de la vivienda.

· Pago de suministros y gastos compartidos.

· Reparaciones y arreglos del hogar.

· Desconfianzas de haber metido a terceras personas.

· Malentendidos con falta de enseres.

Ventajas de la 'casa nido'

Los niños no se mueven de la casa, mantienen su estabilidad en la vivienda y en su entorno. No son como los mal llamados “niños maleta”, que van de casa de un progenitor a otro en periodos alternos y reciben la crítica de que generan inestabilidad en los menores.

La posibilidad de estar en casa de un familiar, amistad o nueva pareja cuando no les corresponde estar con los hijos supone una solución ahorrativa. Un gran problema en los divorcios es poder pagar dos viviendas, un gran freno de muchas rupturas familiares.

A pesar de estas ventajas, a medio y largo plazo es una situación que acaba siendo antinatural. Y suele impedir que los padres y madres puedan rehacer sus vidas plenamente.

La decisión del Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo se ha pronunciado asentando la jurisprudencia conforme a la cual se podrá establecer una custodia compartida con 'casa nido' si los padres así lo acuerdan. Lo peor es que se presupone que si es acordada, es que mantienen una relación cordial.

Pero ni tan siquiera es así en todos los casos. En la mayoría es una solución muy condicionada por las dificultades económicas. En caso de desacuerdo, en el contexto de un proceso contencioso, el juzgado no establecerá 'casa nido' pues es un foco de posibles conflictos.

Los términos literales del TS han sido los siguientes.

“En la ponderación de las circunstancias concurrentes, se debe prestar especial atención a dos factores: en primer lugar, al interés más necesitado de protección, que no es otro que aquel que permite compaginar los períodos de estancia de los hijos con sus dos padres; en segundo lugar, a si la vivienda que constituye el domicilio familiar es privativa de uno de los cónyuges, de ambos, o pertenece a un tercero”[…]“imprescindible constatar que concurre un alto nivel de entendimiento para planificar la organización, no debiendo organizarse, salvo circunstancias excepcionales, si alguno de los progenitores se opone, pues si no media tal entendimiento el sistema es una potencial fuente de conflictos con alta probabilidad de repercusión negativa en los hijos menores”.

Un nido de ramas secas contiene una llave y un llavero en forma de casa.
Casa nido. | Cedida

En el caso juzgado, el Tribunal Supremo estimó la petición del padre, al que le atribuyó el uso exclusivo de la vivienda familiar. Valorando que era el propietario y que su situación económica incluso era peor comparativamente que la de la madre.

En este caso llama la atención que ninguno de los progenitores solicitara la custodia compartida con “casa nido”. Sin embargo, así se había establecido en las instancias anteriores.

La nueva perspectiva de las custodias compartidas en España

La custodia compartida es preferente incluso en caso de desacuerdo entre los progenitores. Habrá que analizar caso por caso, pues a pesar de ser preferente requiere idoneidad de ambos progenitores.

La 'casa nido' podrá ser acordada entre los progenitores. Si no se ponen de acuerdo, normalmente no se acordará por el riesgo que se convierta en una gran fuente de desavenencias.

Esto no impide que en casos totalmente excepcionales pueda acordarla. Podría ser el caso de dos progenitores que mantuvieran un pleito. Con niveles de tensión controlados y que fuera lo mejor para que los hijos mantuvieran una vivienda digna y la relación con ambos padres.

En definitiva, como normal general los cónyuges que vayan a pedir en divorcios contenciosos custodia compartida con 'casa nido', deben de saber que el juzgado previsiblemente desestimará su petición. Habrá que atender a si existe un progenitor más digno de protección y la titularidad de la propiedad.

En pisos de alquiler, la alternativa es que uno se quede en la vivienda y el otro se alquile otro piso. En caso de copropiedad, acabar liquidando o vendiendo el inmueble.

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