27 de abril de 2024
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FIN DE SEMANA

EL MINISTERIO DE CONSUMO PONE EN MARCHA LA NUEVA NORMATIVA PARA CONTROLAR LOS ANUNCIOS DE alimentación INSANA EN REDES SOCIALES

Adiós al negocio de los influencers: No a la publicidad de comida y bebida basura

El Rubius, youtuber español, promocionando una hamburguesa
El Rubius, youtuber español, promocionando una hamburguesa
Doritos, donuts, maxibons, pizzas, papadelta, huesitos, panteras rosas, monster o burn son algunos de los alimentos que han aparecido en los canales de Twitch de muchos streamers reconocidos. Por esta razón, el Gobierno ha puesto en marcha una nueva ley para acabar con la publicidad de comida basura en redes sociales y dar una solución al 40,6% de niños que sufren exceso de peso en nuestro país, según establece el último estudio Aladino 2019.

Durante años, los influencers se han embolsado miles de euros en publicidad por promocionar marcas de alimentos. Sin embargo, el Ministerio de Consumo ha puesto en marcha la tramitación del decreto para regular la publicidad de alimentos y bebidas insanos dirigidos a niños y adolescentes, pese a la oposición de la industria alimentaria. 

La norma sale a audiencia pública con una novedad: el ministerio ha incluido que youtubers, influencers y otras personas "de relevancia o notoriedad pública" no podrán aparecer en anuncios de alimentación dirigida a los jóvenes, incluso si se trata de alimentos sanos.

Esta nueva medida incluye todas las comunicaciones comerciales de madres o padres, educadores, docentes, profesionales de programas infantiles, deportistas, artistas, influencers y personajes famosos (reales o de ficción).

La normativa afectará también a los horarios de protección reforzada y a los espacios publicitarios de programas destinados al público infantil, y regulará tanto televisión como contenidos radiofónicos, salas de cine, publicidad de internet, redes sociales, webs o apps de móviles, cuando se dirijan a menores de 16 años.

El ministro de Consumo, Alberto Garzón, ya anunció en octubre su intención de limitar los productos que se pueden anunciar en horario infantil enfocados a menores de 16 años, tomando como referencia los perfiles nutricionales de la Organización Mundial de la Salud (OMS), que son muy restrictivos. Eso implicará que, una vez entre en vigor la regulación, no se podrán publicitar chocolates, dulces, galletas, postres, zumos y helados dirigidos a los más jóvenes en televisión, radio, redes sociales, webs, aplicaciones, cine y periódicos.

Desde el 7 de marzo hasta pasados 15 días hábiles, las organizaciones de consumidores, asociaciones de publicidad y el patronal de alimentación, entre otras, podrán realizar sus aportaciones al texto. 

Cinco categorías de productos

La nueva normativa afectará a cinco categorías de productos que no podrán ser anunciados para niños menores de edad, independientemente de sus nutrientes.

Los productos de confitería de chocolate y azúcar es el primer grupo que se encuentra afectado por este nuevo cambio. Las barritas energéticas, dulces o postres son alimentos que no volverán a anunciarse a los menores de edad. Le sigue el grupo de alimentos que incluye pasteles, galletas dulces y demás productos de pastelería. 

Tampoco se podrán anunciar zumos, bebidas energéticas ni helados. Para el resto de categorías de productos se establece un límite de contenido en nutrientes por cada 100 gramos. En este caso, se podrán anunciar siempre y cuando las grasas totales y saturadas, el azúcar total y añadido, y los niveles de sal se mantengan por debajo de los límites establecidos para cada producto. 

Ibai Llanos,  streamer y youtuber español, anuncia una marca de chocolate.

Por el contrario, habrá alimentos sanos que se podrán publicitar: carne fresca y congelada, pescado, aves de corral, huevos, fruta fresca y congelada, verduras y legumbres, además de raíces y tubérculos. Se excluyen las conservas de estos alimentos, además de la fruta en almíbar y la congelada con azúcares añadidos. Para el resto de categorías se establece un límite de contenido en nutrientes por cada 100 gramos. En este caso, se podrán anunciar siempre y cuando las grasas totales y saturadas, el azúcar total y añadido y los niveles de sal se mantengan por debajo de los límites establecidos en cada producto.

El Ministerio de Consumo argumenta que el sistema de autorregulación que lleva vigente 16 años se ha mostrado insuficiente, tal y como muestran los datos de sobrepeso y obesidad que afectan a los niños y niñas españolas y de los que la publicidad es una de las causas.

Según el estudio Aladino 2019, que se hace con encuestas a niños y niñas de entre seis y nueve años, un 40,6% de estos menores tiene exceso de peso, de los que el 23,3% está en niveles de sobrepeso y el 17,3% sufre obesidad, una patología que además afecta en mayor proporción a menores de familias con rentas más bajas. El estudio, elaborado por la Agencia Española de Nutrición y Seguridad Alimentaria (AESAN), dependiente de Consumo, muestra que los progenitores de los menores con exceso de peso, tanto quienes tienen sobrepeso como quienes tienen obesidad, no perciben el problema y frecuentemente consideran su peso como normal o solo como ligero sobrepeso.

Una gran fuente de ingresos

Hace unos meses, algunos influencers como Xuri Fenton o Bertus comenzaban sendos patrocinios con las marcas Pastelokis (anunciando los famosos pastelitos Panteras Rosas) y Conguitos. La streamer Alva Majo patrocina batidos sustitutivos de la marca Plenny Shake.

Fuentes del sector explican que los streamers mueven tanta audiencia que acaban eligiendo lo que quiere hacer, y con qué marcas. Pese a que es un negocio aún opaco, un contrato anual de las marcas con los streamers puede oscilar entre los 300.000 y 350.000 euros (los más renombrados), a lo que hay que sumar los ingresos que perciben de Twitch. 

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