26 de abril de 2024
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FIN DE SEMANA

Un propietario al que le ocupan su segunda vivienda está 'desprotegido' ante la Ley, pues la vía civil de desahucio por precario es muy lenta

Cómo desokupar a los okupas en España: Los límites de expulsar a un inquilino ilegal de tu propiedad

El Cierre Digital en
/ Okupación.
Los incidentes en España de propietarios que tratan de desokupar sus viviendas se repiten cada vez con más frecuencia. El abogado Alberto García Cebrián explica los límites de expulsar a un inquilino ilegal de tu propia vivienda, y hace hincapié en que el desahucio de una segunda propiedad puede durar meses o años ya que "la vía civil es muy lenta".

Recientemente se ha visto en los medios de comunicación cómo unos propietarios desalojaron de su vivienda a unos okupas mientras se estaban bañando en una piscina portátil que había instalada en el chalé. La escena difundida es muy desagradable pues se puede apreciar cómo los propietarios acceden al inmueble con palos y una actitud intimidante, consiguiendo que los ocupantes abandonen la propiedad en una situación de gran tensión.

Legalmente, un propietario al que le ocupan su inmueble está desprotegido, salvo que se trate de su vivienda habitual, en cuyo caso, existe un procedimiento civil más ágil. Respecto a una segunda vivienda la vía penal no siempre consigue desocupar la propiedad y la vía civil de desahucio por precario es muy lenta.

Por ello, y en tanto en cuando se establezcan leyes que permitan proteger de manera eficaz la propiedad privada en España, se están produciendo enfrentamientos y fricciones entre okupas y propietarios, como ha ocurrido en este caso.

El consejo de un abogado siempre será el de seguir el cauce legal. Pero es entendible que en el contexto de impotencia y desesperación que se crea cuando una persona siente que un extraño se ha metido en su casa y su panorama legal es de meses o años hasta recuperar la posesión, la tensión suba y se pueda incluso llegar a enfrentamientos personales.

Tener una casa en España es algo muy complicado que en ocasiones es fruto del esfuerzo de una vida entera o la herencia proveniente del esfuerzo de nuestros familiares.

La okupación, una vulneración de la intimidad

Sentir que personas no autorizadas se han metido en nuestra casa no sólo compromete nuestra propiedad, sino también vulnera nuestra intimidad pues en una casa protegemos aquello que para nosotros es valioso: fotografías, documentación, recuerdos, ordenadores que en muchos casos no tienen clave y dan acceso a datos más personales... Incluso existen casos en los que en la propiedad estaban las cenizas de familiares fallecidos.

Es una situación límite, y cuando el propietario intenta hablar y mediar con los ocupantes, lo más frecuente es que los ocupantes le digan que no se van a marchar sin una orden judicial. Esto sucede porque son conscientes de la impunidad que ampara en estos momentos la okupación.

En el caso mencionado no fue así, pues los propietarios accedieron al inmueble y se llegó a un enfrentamiento directo, en el que los okupas en bañador y con toallas optaron por dejar la casa de manera pacífica.

Los límites de desokupar una propiedad a la fuerza

¿Se hubieran marchado si los propietarios no se toman la justicia por su mano y acceden de manera intimidante? Probablemente no. ¿Es legal lo que han hecho los propietarios? No, pues en caso de que los ocupantes ilegales les denuncien (tienen un año para hacerlo) podrían ser condenados por un delito de coacciones.

¿Por qué un ocupa puede meterse en nuestra casa y nosotros no podemos hacer lo mismo? La razón jurídica es que si el ocupante se ha instalado en la vivienda (no que acabe de pasar, pues en ese caso sí que le desaloja la Policía en el momento) debemos de seguir el trámite legal, que nos dará la razón, pero que se demorará durante meses o incluso años.

¿Podemos okupar nuestra propia vivienda en el momento en el que el ocupante no está en el inmueble? Por analogía sí que debería ser posible, al igual que el okupa hizo con nosotros en su momento. Pero, en realidad, el propietario podría enfrentarse a una denuncia por coacciones e incluso de allanamiento de morada (pues en ese momento residen en la vivienda los okupas) que podrían restituir al ocupante en el uso de nuestra casa. En este caso, además, el ocupante podría aprovechar la situación para reclamar la sustracción de sus enseres e incluso tratar de imputar la sustracción de enseres que realmente no estaban en el inmueble, lo que supone una gran inseguridad jurídica para el propietario.

okupas

Okupación de viviendas.

Esta situación se debe a que el propietario es una persona identificada y a quke tendrá muy difícil acreditar desconocimiento de la okupación y buena fe.

¿Podría okupar la vivienda otra persona que no sea el propietario –pasando a ser el okupa del okupa–? Si el inquilino ilegal puede demostrar una relación entre el propietario y la persona que okupa al okupa, tanto propietario como el segundo okupa pueden tener un problema. A pesar de ello, cada vez son más las personas que optan por esperar a que se marchen de la vivienda los okupantes para okuparla por medio de personas interpuestas.

¿Qué ocurre en este caso? Que se giran las tornas, pero esta persona se puede enfrentar a una denuncia del okupa. ¿A qué se enfrenta la persona que ocupa al ocupa? Además de un enfrentamiento que hay que evitar, a un proceso civil y/o penal.

Cómo actuar en caso de una okupación

Dada la indefensión que tienen los propietarios cuando les okupan una casa en España, no es que sea algo justificable que se tomen la justicia por su mano pero, moralmente, sienten que lo que hacen está bien. Recuperan su casa injustamente arrebatada a sabiendas de que la Justicia será muy poco efectiva por la dilación de plazos.

A pesar de ello, en un delito de coacciones, no se valora si el fin que se persigue es justo o injusto, siendo la clave que podría llevar a una condena penal a quien protagoniza una actuación como la de los propietarios que desocuparon a los ocupas, o a aquellos que les dan de baja los suministros o les cambian la cerradura.

El hecho de que, aparentemente, en este caso mencionado los propietarios hayan conseguido la recuperación del inmueble, no da validez para ponerse como ejemplo a seguir o para que otros propietarios se tomen la justicia por su mano. Ahora bien, la mayoría de la sociedad siente que han hecho justicia y como poco, no se puede prejuzgar dicha actuación pues, probablemente, en ese contexto límite muchos habrían reaccionado de manera similar como mero instinto de autoprotección.

También hay que pensar en los propietarios que no lo hacen y acaban recuperando su propiedad pasados años, con graves desperfectos y habiendo pagado los suministros que tuvieron que asumir al estar a su nombre el contrato.

La única solución pasa por establecer procedimientos de recuperación inmediata de la posesión por el cauce legal que pueda prevenir estas situaciones, pues en la situación mencionada podrían haberse dado graves consecuencias derivadas del enfrentamiento.

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