29 de abril de 2024
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FIN DE SEMANA

El Juzgado Nº2 de Vitoria-Gasteiz ha reprendido a la escuela formativa tras ser denunciada por discriminar a dos aspirantes que no tenían B2 de vasco

La Justicia obliga a la Academia Vasca de Policía a admitir a los agentes excluidos por su nivel de euskera

/ Policía Local vasca.
Una sentencia del Juzgado Contencioso Administrativo número 2 de Vitoria-Gasteiz obliga a la Academia Vasca de Policía a readmitir entre sus filas a dos aspirantes a Policía Local que fueron excluidos por no tener un nivel B2 en euskera. Una denuncia del sindicato UGT contra esta escuela formativa por su "discriminación" ha logrado que la Justicia reafirme la no obligatoriedad de acreditar el nivel B2 del conocimiento de euskera para acceder a una bolsa de policías locales interinos.

La sentencia sobre la no obligatoriedad de acreditar el nivel B2 del conocimiento de euskera para acceder a una bolsa de policías locales interinos es firme, después de un largo período de recursos y al no presentar la Administración recurso frente a la sentencia. El Juzgado Contencioso Administrativo número 2 de Vitoria-Gasteiz ha realizado diligencia que ordena a la Academia Vasca de Policía y Emergencias para que lleve a efecto la sentencia, ya que la normativa que UGT recurrió en su día suponía un "trato discriminatorio" para aquellos aspirantes que no pudieran acreditar el nivel de conocimiento exigido de esta lengua.

El Gobierno vasco aprobó en julio de 2021 una resolución en la que se establecía como "requisito de admisión" para una bolsa de policías locales interinos el acreditar un nivel B2 de euskera. "Un obstáculo insalvable para cientos de aspirantes", manifiesta José Luis Ahedo, responsable de foral y local de Servicios Públicos de UGT-Euskadi. Advierte que por dicha normativa se vieron impedidos de participar en este listado de aspirantes a policía locales que utilizan cientos de municipios vascos para realizar sustituciones o compensar la falta de efectivos mientras se realizan las diferentes Ofertas de Empleo Público (OPE), que se coordinan desde el Gobierno vasco con una formación única en la Academia de la Ertzaintza de Arkaute.

La firmeza de la sentencia viene a reafirmar el fallo de la sentencia dictada por la magistrada del juzgado número 2 de Vitoria donde se daba la razón a UGT, desde la perspectiva de este sindicato de que "dejaba fuera a toda la población que no pueda acreditar ese perfil" y que podría ocupar legalmente determinadas plazas en las que tampoco se requiere, por lo que ya en julio de 2022 ordenaba que se readmita en la lista de interinos a todos los candidatos que en su día se quedaron fuera por no tener el título de euskera.

"No tiene sentido que se excluya a aspirantes que pueden acabar trabajando en pueblos castellano hablantes porque no han acreditado un nivel alto de euskera", señala José Luis Ahedo.

Ahora, con esta nueva diligencia de ordenación, notificada a este sindicato el 10 de enero, la Academia de Arkaute tiene dos meses para ejecutar la sentencia, es decir para que se readmita en la lista de interinos a todos los candidatos que en su día se quedaron fuera por no tener el título de euskera.

En mayo de 2021 elcierredigital.com ya informaba sobre una situación similar a esta acontecida en el proceso de selección de doce agentes de Policía Local en el Ayuntamiento de Irún.

El caso de la Academia Vasca de Policía ya fue castigado en Irún

La Sala Tercera de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco determinaba en una sentencia en 2021 que el Ayuntamiento de Irún actuó de forma discriminatoria en el proceso para cubrir doce plazas de agente de la Policía Local. Francisco Ignacio López Lera, abogado y apelante en este caso, explica que “el derecho de los ciudadanos a comunicarse en uno de los idiomas cooficiales se ha convertido en una obligación de la administración de forma errónea y a través de argucias legales. Como consecuencia, las organizaciones internas han utilizado durante años el perfil lingüístico como beneficio de unos pocos mientras se vulneraban derechos fundamentales recogidos por la Constitución”.

aspirantes_ertzaintza

Aspirantes a la Ertzaintza.

De hecho, en sus bases reguladoras, el Consistorio pedía acreditar conocimientos de euskera como requisito indispensable para optar a las vacantes ofertadas. Una exigencia que, según el TSJPV, vulneraría el artículo 23 de la Constitución Española, que establece que los ciudadanos “tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, con los requisitos que señalen las leyes.”

En concreto, el auto señala que “constituye un requisito discriminatorio que afecta al derecho de los ciudadanos a acceder al empleo público en condiciones de igualdad, en la medida en que se estaría dando preferencia a un grupo de ciudadanos frente a otros por el mero hecho de que aquellos conozcan la lengua cooficial, pese a que ello no sea necesario para garantizar el derecho de los administrados a relacionarse con la administración en euskera”.

De hecho, a pesar de que el Tribunal Constitucional establece que ha de garantizarse el derecho de los ciudadanos a relacionarse con la administración en euskera, también es cierto que el volumen de población que utiliza este idioma como lengua vehicular no alcanza el ocho por ciento en el municipio de Irún, tal y como establece la sentencia que, al respecto, cita un estudio realizado a instancias de la propia administración local.

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