26 de abril de 2024
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FIN DE SEMANA

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña estima el recurso de la AEB que advertía que las normas vulneran "derechos fundamentales" de los alumnos

Polémica en la EVAU: La Justicia ordena a la Generalitat que la selectividad catalana sea también en castellano

Alumnos en selectividad.
Alumnos en selectividad.
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha estimado el recurso interpuesto por la Asamblea por una Escuela Bilingüe (AEB) en el que la entidad reclamaba medidas cautelares urgentes para garantizar que la selectividad catalana, que comienza hoy, respetara los derechos de los alumnos castellanohablantes. De este modo, se tendrán que ofrecer copias de los exámenes en las tres lenguas cooficiales de la comunidad: catalán, castellano y aranés.

Los alumnos de Aragón, Asturias, Baleares, Cataluña, la Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia y País Vasco se enfrentan hoy a la primera jornada de la Evaluación para el Acceso a la Universidad (EVAU, la antigua selectividad), una cita que, un año más, no está exenta de polémica. Al menos en el caso de Cataluña, donde ayer se suspendían de forma cautelar parte de las instrucciones que el Consejo Interuniversitario catalán había establecido para el desarrollo de las pruebas.

‘In extremis’, la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), a instancias de la Asamblea por una Escuela Bilingüe (AEB), ordenaba la suspensión de la norma que establecía que los exámenes de selectividad se repartirían primero en catalán y "solo si algún alumno lo pide" se le entregaría la versión en castellano.

En su fallo, el Tribunal resalta que la Generalitat, "olvidando incluso el aranés", se separa de la doctrina constitucional e indica que “la elección de la lengua de los enunciados de examen no puede venir determinada por la Administración”. En su lugar, aclara, “deberán estar disponibles en las tres lenguas cooficiales y se ofrecerá de forma individual al alumno la opción de escogerlos en el idioma oficial que estime”, excluyendo las pruebas correspondientes a Lengua y literatura catalana, Lengua y literatura castellana, inglés, francés, alemán o italiano, "que serán entregados en la lengua del ejercicio".

Un aula. 

De este modo, el TSJC estima la medida cautelarísima presentada por la Asamblea por una Escuela Bilingüe, que consideraba que la Generalitat vulneró los derechos constitucionales de no discriminación y educación de los 40.000 alumnos catalanes matriculados en esta prueba de acceso a la universidad. La entidad probilingüismo considera que la instrucción dictada por la Generalitat vulnera, en concreto, el derecho a la no discriminación (art. 14 de la CE) y el derecho a la educación (art. 27 de la CE) y, por ello, solicitaba su nulidad. Según recoge la AEB, el Consejo Interuniversitario de Cataluña ha dictado una instrucción que tiene “como objetivo obstaculizar” que el alumno elija el español para responder.

En concreto, la entidad considera que "la desinformación sobre la posibilidad de escoger el examen en cualquiera de las dos lenguas, la necesaria petición expresa y la contabilización del número de exámenes entregados en castellano, tienen como objetivo obstaculizar que el alumno elija esta lengua para responder. Es una clara discriminación por razón de lengua que el Consell Interuniversitari de Catalunya establezca, sólo por razones identitarias, una preponderancia del catalán sobre el castellano que perjudica claramente a los estudiantes que quieran desarrollar los ejercicios en castellano o en aranés" señalaba la asociación en un comunicado. 

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