¿Por qué se retrasan los vuelos? Causas que no tienen derecho a indemnización
Diferentes tipos de retraso
Sufrir contratiempos inesperados cuando estamos de viaje es de lo más molesto. Después de todo, estas circunstancias rompen la buena dinámica y en muchas ocasiones echan a perder algunas de las actividades que teníamos programadas desde hace tiempo, por lo que incluso podemos perder dinero. Si además de esto el problema surge con el avión que debíamos tomar, entonces puede convertirse en un verdadero calvario que sólo entenderán quienes lo hayan experimentado alguna vez. No cabe duda de que situaciones como la cancelación o el overbooking pueden dar al traste con todo el viaje, pero nada puede llegar a ser tan desesperante como un retraso prolongado del vuelo. Afortunadamente, los derechos de los pasajeros ya abarcan las posibles indemnizaciones que los clientes pueden percibir. Las denegaciones de embarque, las cancelaciones o el overbooking son casos en los que podemos pedir indemnización. Ahora bien, las causas de los retrasos no son siempre las mismas y no en todas actúa el amparo del Reglamento Europeo 261/2004. Con esto queremos decir que es importante conocer muy bien cuándo sí o cuándo no podemos interponer una reclamación, ya que, en casos negativos, el proceso nos costará dinero sin que de antemano tengamos derecho a nada. Vueling es una de las compañías low cost que recibe reclamaciones de sus clientes por estos motivos, especialmente en casos como el overbooking, aunque no la única. Las cancelaciones, afortunadamente, no son frecuentes; pero si somos pasajeros habituales de esta aerolínea, posiblemente en más de una ocasión debamos reclamar retraso de vuelo Vueling. Desafortunadamente, esta incidencia es más común de lo que desearíamos.
Retrasos sin derecho a reclamación
Actualmente existe mucha información de diversas fuentes en la que los usuarios pueden leer los derechos frente a casos de retraso en el vuelo y cuáles son las situaciones en que se aplican. Sin embargo, poco se habla de las causas sin indemnización posible, por lo que lo que viene a continuación resultará de interés.
Problemas meteorológicos
El espacio aéreo es especialmente sensible a las inclemencias del tiempo, ya que es en él donde se sienten con más fuerza. Grandes vendavales, lluvias fuertes, tormentas eléctricas, granizadas intensas, huracanes, erupciones volcánicas, nevadas excesivas, temperaturas especialmente bajas… Todas estas situaciones harán del espacio aéreo un lugar poco seguro, lo que provoca que las compañías aéreas deban retrasar sus vuelos hasta que los fenómenos pasen o, al menos, remitan a menor intensidad. De hecho, la duración excesiva puede incluso provocar la cancelación. Al fin y al cabo, volar en estas condiciones resulta una verdadera imprudencia y entraña riesgos que ni la aerolínea ni los pasajeros deben asumir. Es, por tanto, una causa ajena a la empresa y por la que no tendremos ningún derecho a indemnización.
Colapso logístico
Los aeropuertos son centros con un tráfico constante de personas, tanto que en horas punta de entrada y salida de vuelos las colas de pasajeros pueden llegar a colapsar los servicios. Controles de seguridad, taquillas de facturación, controles de embarque, accesos, salidas, puntos de información… El aeropuerto experimenta entonces lo que se conoce como un colapso logístico que suele repercutir negativamente en la puntualidad de los vuelos, tanto los que salen como los que llegan. Sin embargo, en estas situaciones se debe diferenciar el personal del aeropuerto y los trabajadores públicos de los empleados de la aerolínea. Si las incidencias se deben al primer grupo (como podría ser también una huelga), entonces la compañía aérea no es responsable de los retrasos, por lo que nuestra reclamación de compensación será infructuosa.
Imposiciones externas
El tráfico aéreo de cada país está regulado por organizaciones oficiales a las que los gobiernos les confían la gestión de la entrada y salida de aviones a los aeropuertos nacionales. En España, por ejemplo, AENA es la responsable de esta tarea. Esta situación implica que son estas agencias nacionales las que mandan sobre las aerolíneas, pudiendo alterar los horarios de las entradas y salidas de vuelos a conveniencia según las situaciones. Si en el espacio aéreo hay un tráfico excesivo de aeronaves, los controladores pueden ordenar que un vuelo permanezca en pista, incluso si los pasajeros ya se encuentran a bordo. Una avería en la pista, incidencias en el aeropuerto, contratiempos en la torre de control… Cualquiera de estas causas pueden ser motivos para que las organizaciones responsables en cada país ordenen a los aviones no despegar, en cuyo caso el retraso generado no tendrá ningún derecho a contraprestación a los pasajeros por parte de la aerolínea, que no es la responsable.
Cuestión de seguridad
Como decíamos, a veces los vuelos se ven obligados a retrasarse debido a las largas colas de acceso al aeropuerto, una tesitura frecuente cuando la policía busca a algún delincuente, productos ilegales o algún artefacto que puede poner en riesgo la seguridad de los pasajeros. También existe la posibilidad de que algo de la infraestructura del aeropuerto importante para los despegues falle o esté inoperante, por lo que también en esos casos los vuelos se retrasarán. Otra opción, aunque mucho menos común, es que el gobierno o una región declaren una amenaza terrorista, en cuyo caso es habitual que se establezca un periodo de espera prudencial hasta que la amenaza pase. En cualquier caso, estos problemas de seguridad suelen conllevar retraso en los vuelos, pero al ser causas de fuerza mayor no podremos reclamar indemnización.
Retrasos en vuelos de llegada
Las escalas en aeropuertos antes de llegar al de destino son comunes en los trayectos, pero a veces implican problemas para los despegues. Cuando parte del pasaje viene en un vuelo de otra aerolínea que llega con retraso, la compañía responsable del siguiente vuelo establece un periodo de espera prudencial para intentar que lleguen a tiempo, aunque el resto de pasajeros ya se encuentre en disposición de embarcar. En esas situaciones, los retrasos tampoco podrán ser indemnizados.
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