Logo El Cierre Digital
Una mujer sonriente con cabello rubio corto y vestida con un traje beige, sentada frente a una pared con estantes y decoraciones.
INVESTIGACIÓN

María Teresa Campos deja una casa de 900.000 euros y una empresa inactiva

María Teresa Campos no dejó testamento; sus bienes irán a Terelu Campos y Carmen Borrego.

El pasado 5 de septiembre falleció la gran comunicadora malagueña María Teresa Campos a sus 82 años en el Hospital Jiménez Díaz de Madrid, después de ingresar de urgencia por una insuficiencia respiratoria. Tras su muerte queda aún pendiente la herencia que podrán percibir sus hijas Terelu Campos y Carmen Borrego. La mítica comunicadora nunca quiso hacer testamento porque le parecía que “era como llamar a la muerte”, según ha publicado la revista Semana. Algo parecido a lo que le ocurrió a la célebre locutora Encarna Sánchez, que nunca rehizo su testamento firmado en 1970 cuando se marchó a América obligada por el régimen franquista. 

En el caso de Teresa, estaba tranquila porque quería dejar sus bienes a sus hijas y sabía que eran sus legítimas herederas. Y sabía que sin testamento ella serán, en teoría, las únicas beneficiarias de sus bienes al cincuenta por ciento cada una. Solo ellas, a no ser que cuando se publique oficialmente la declaración de herederos, levantada ante un notario y con dos testigos, aparezca un supuesto hijo o hija de Teresa Campos no conocida/o. Para ello habrá que esperar, a partir de su elevación pública, 20 días hábiles (en torno a un mes) para dar veracidad a que solo Carmen y Terelu son hijas legales. Y por tanto sus únicas herederas.

Por su parte, Gustavo Guillermo González, el chófer y hombre de confianza de la presentadora (al que consideraba como a un hijo) y actual concursante de ‘GH VIP’, no sería beneficiario legal, en principio, de esta herencia. Sí podría haber un supuesto préstamo o deuda reconocida a su favor por parte de la periodista, que sí entraría entonces en la masa hereditaria como débito a sufragar. Pero solo así podría percibir algún beneficio tras la muerte de su "jefa". 

La fortuna amasada durante muchos años por Teresa Campos, como una de las más grandes de la comunicación en España, ha sido millonaria. Por ejemplo, en 1996, Teresa fichó por la cadena Telecinco con un contrato multimillonario de 500 millones de pesetas, que equivaldrían hoy a unos tres millones de euros.

En 2004 la malagueña conseguía audiencias hoy desconocidas, que alcanzaban en torno al 25% con su matinal Día a día de Telecinco. Con los pluses millonarios añadidos en sus contratos. Estos datos la convirtieron en la reina de las mañanas. Sin duda alguna. En julio de 2004, la malagueña fichó por la competencia y se fuera a Antena 3, con un contrato aún más millonario.

La fortuna de 'La Reina de las mañanas'

El motivo fue una oferta económica irrechazable. María Teresa Campos cobró más de tres millones de euros al año además de un plus de 30.000 euros por cada programa especial que presentara. Así aparecía en el informe fiscal que Hacienda le abrió y que luego ganó. Al parecer, María Teresa Campos no cobró estas cantidades directamente, sino que lo hizo a través de una productora facturera externa, donde ella sí trabajaba.

Esto es lo que Hacienda consideraba una supuesta práctica ilegal, al igual que también hizo con otros muchos periodistas investigados, ya que para el Fisco la presentadora usó la productora como una pantalla empresarial que le permitía tener que pagar menos impuestos. Pero finalmente no fue así y María Teresa salió más o menos airosa de la investigación de Hacienda.

​​El contrato, sin embargo, sí se hizo público al verse las caras con la Hacienda española: “Temporada 2004/2005. TRES MILLONES DE EUROS (3.000.000 euros) más IVA (a razón de 15.000 euros más IVA por episodio) distribuidos de la siguiente manera: 10 por ciento de la cantidad indicada se abonará con fecha 5 de septiembre de 2004. El 90 por ciento restante se abonará en diez pagos de igual cantidad cada uno de ellos el primer día 5 siguiente a la finalización de cada uno de los meses comprendidos entre septiembre de 2004 y junio de 2005 ambos inclusive”.

Una mujer sentada en un escritorio con el logo
María Teresa Campos en su etapa en Telecinco. | El Cierre Digital

Sin embargo, ‘Cada día’, el programa de Teresa Campos, no triunfó como se esperaba y resultó ser finalmente una operación fallida. Apenas tres años después del flamante fichaje por Antena 3 TV,  el programa fue perdiendo audiencia hasta ser cancelado con el regreso de la presentadora a la cadena de la que se había ido, su querida Telecinco.

Tras su vuelta a Mediaset, la malagueña estuvo trece años allí y, pese a que se desconoce su salario exacto, fuentes de la industria apuntan a "de ninguna manera estaría por debajo del millón de euros anual".

Esto, en salarios desde el 2006, hace un acumulado de más de 21 millones de euros. Más lo que tuviese antes, ya que María Teresa Campos tenía 40 años cuando comenzó con éxito en  la televisión pública con Jesús Hermida y a pesar de muchos años de experiencia laboral a sus espaldas nunca amasó tal fortuna. 

El patrimonio de María Teresa Campos

El contrato millonario que firmó con Antena 3 le permitió invertir en un inmueble de lujo. Así, María Teresa Campos se compró en 2005 una mansión en la urbanización Molino de la Hoz, en Las Rozas (Madrid). Campos desembolsó más de cuatro millones de euros por esta vivienda de 2.000 metros cuadrados y un jardín de más de 6.000 metros cuadrados.

Además, tras adquirir el inmueble realizó una reforma y redecoró la mansión. Esta inversión supuso un gran problema para Teresa Campos, quien siempre deseó dejar la vida de sus hijas y nietas solucionada. La periodista tuvo que afrontar los gastos de la hipoteca más el mantenimiento, que ascendía, según algunas fuentes, a unos 15.000 euros al mes.

También tenía un  ático en la localidad madrileña de Pozuelo de Alarcón y dos viviendas en Málaga, una en la playa y otra en el centro de la ciudad. En 2015 decidió poner la mansión de Las Rozas a la venta por 4.500.000 millones de euros, pero nadie adquiría a ese precio la mansión. Para solventar sus supuestos problemas económicos vendió el ático de Pozuelo por 1,3 millones de euros y el piso de Málaga, cercano al Museo Carmen Thyssen, por 400.000 euros. Sin embargo, según algunas fuentes, por entonces su situación económica seguía siendo delicada y decidió rebajar el precio de la mansión.

Una mujer y una niña pequeña posan juntas en una playa en una fotografía en blanco y negro.
María Teresa Campos con su hija Terelu en los años 60. | El Cierre Digital

Finalmente, la mansión de Las Rozas la vendió por 2,5 millones de euros en 2021  y a partir de entonces vivió en ella de alquiler. También se subastó gran parte de la decoración de aquella casa inmensa y tan querida. Desde ese momento, decidió no hipotecarse y alquiló un piso cerca de donde vivía su hija Terelu, en la zona de Aravaca-Pozuelo. 

Ahora, todo indica que la única casa que heredarán Terelu y Carmen se encuentra en Málaga, concretamente en el antiguo barrio de pescadores de Pedregalejo. Este inmueble que fue adquirido por Teresa en 1981, está valorado en 900.000 euros y tiene 200 metros cuadrados. Antes de fallecer María Teresa repartió algunos recuerdos suyos entre sus nietas y su chófer Gustavo.

Tres mujeres posando juntas y sonriendo en un evento social.
María Teresa Campos junto a sus hijas, Terelu Campos y Carmen Borrego // Twitter. | El Cierre Digital

En vida, María Teresa Campos fundó dos empresas, ambas con domicilio social en su casa de la Urbanización Molino en Las Rozas y con el objeto social de "Producción de programas ". Una de ellas es Producciones Lucan SL, creada en 1999 y extinguida en 2014 con 3,5 millones de euros en activo. Según lo reflejado en el Registro Mercantil, la empresa llegó a facturar 700.000 euros en 2012.

La segunda de ellas es Teteco S.L,  que está inactiva pero no extinguida. La empresa presentó cuentas en 2022 con pérdidas de 10.018,59 euros debido a la falta de proyectos de la presentadora. La actual apoderada de Teteco es Carmen Borrego desde el año 2004.

La herencia sin testamento de la Campos

Este miércoles 20 de septiembre la revista Semana ha revelado que María Teresa Campos no otorgó testamento, por lo que la herencia se gestionará por sucesión intestada, también denominada sucesión legítima o ab intestato conforme el artículo 912 del Código Civil. 

Precisamente, los abogados siempre recomiendan otorgar testamento pues se facilita mucho la tramitación de la herencia a los herederos, pues de lo contrario, ante posibles desavenencias, el esfuerzo patrimonial amasado durante toda la vida pueda acabar en un pleito hereditario.

Ante la ausencia de testamento, las dos hijas de María Teresa, Terelu Campos y Carmen Borrego, tendrán que otorgar en primer lugar una declaración de herederos.

La declaración de herederos es un acto formal ante notario en el que se indica cuáles son los herederos legítimos de la persona fallecida. En este caso se indicará que María Teresa tenía dos hijas y que, por tanto, ambas son las legítimas herederas del caudal relicto hereditario, esto es, la masa hereditaria. A este acto deben asistir dos testigos del entorno de la familia que efectivamente puedan dar su testimonio manifestando que son conocedores, de manera pública y notoria, de que María Teresa tenía estas dos hijas, ni más ni menos. Legalmente tiene su relevancia, pues esta declaración de herederos debe de publicarse, tras lo que se abre un plazo de 20 días hábiles, antes de cerrar el acta de herederos, para que puedan reclamar sus derechos otros herederos, en este caso sólo podrían hacerlo otros posibles hijos que, en su caso, existieran.

Dos mujeres están sentadas en un set de televisión, una de ellas lleva una chaqueta colorida y la otra viste una blusa blanca, mientras que en el fondo se puede ver una pantalla con una imagen y texto.
Carmen Borrego y Terelu Campos. | El Cierre Digital

Una vez que las hermanas Campos-Borrego hayan otorgado la declaración de herederos, tienen dos posibilidades, entenderse y firmar ante notario la aceptación y adjudicación de herencia, o en caso de discordia, resolverlo judicialmente.

Puede que exista dinero en efectivo, muebles y enseres, pero el gran patrimonio de la periodista ha sido vendido y repartido en vida como consideró oportuno, de manera que al tiempo de la herencia el patrimonio es muy pequeño en comparación con la fortuna que meritoriamente consiguió con su trabajo.

Lo más beneficioso para su herederas es que, al residir en la Comunidad de Madrid, el impuesto de sucesiones está bonificado al 99 por ciento, por lo que el impuesto de las hermanas Borrego Campos por la adjudicación de los bienes de la herencia de María Teresa será muy económico, aunque deben de efectuar el pago en el plazo de 6 meses desde el fallecimiento o, en su caso, pedir la correspondiente prórroga.

Si las hermanas Terelu y Carmen se ponen de acuerdo en la herencia a percibir tras la muerte de su madre, tendrán que recompilar una serie de documentación y acudir al notario para aceptar y adjudicarse la herencia. Lo previsible es que adquieran por mitades el piso de Málaga y se repartan igualmente a medias los posibles ahorros, bienes y enseres.

En caso de controversia todo se complica. En ese hipotético caso, una de las hermanas interpondría una demanda de reparto y adjudicación de herencia en el que existen varias fases. La hermana que iniciara el proceso se denominaría demandante y propondría un inventario de bienes y deudas y una valoración de las mismas, que después, la otra hermana, la demandada en dicho proceso, aceptaría, o no.

Si estuvieran de acuerdo en qué bienes y deudas integran la herencia y cuál es su valor, el proceso sería mucho más ágil y económico, pero de no ser así, habría que acudir a peritos que podrían suponer un gasto adicional. En cualquier caso, en ese proceso las partes suelen llegar a ponerse de acuerdo, pero de no ser así, intervendría un perito contador partidor para efectuar las operaciones correspondientes.

¿Qué ocurriría si alguna persona solicita alguna parte de la herencia?

Al no existir testamento, tampoco existe ningún derecho a la herencia de ninguna persona que no sea heredera legítima, en este caso las únicas dos herederas son Terelu Campos y Carmen Borrego. Pero hay que tener en cuenta que las herencias no pueden aceptarse en una parte y rechazarse en otra. Las herencias pueden aceptarse a beneficio de inventario en casos en las que exista la sospecha de que las deudas puedan ser mayores a los bienes, pero en este caso todo apunta a que las hermanas Borrego-Campos aceptarán la herencia con la confianza de que su madre tenía una economía y situación patrimonial saneada.

El gran problema puede venir en el caso de que exista alguna persona o entidad que reivindique un derecho a algún bien de la herencia, o incluso un derecho de crédito o deuda.

Un hombre calvo con camisa oscura y camiseta blanca está sentado frente a un fondo con patrones geométricos en colores azul y rojo.
Gustavo Guillermo González, exchófer de María Teresa Campos. | El Cierre Digital

Se habla mucho de la persona de confianza de María Teresa Campos, su chófer Gustavo Guillermo González que María Teresa consideraba un miembro más de la familia, "como un hijo". Pues bien, al no haber testamento no cabe ningún tipo de atribución testamentaria, legalmente no es heredero y, por tanto, no le corresponde nada, pues de haber querido María Teresa dejarle alguno de sus bienes, debería de haberlo especificado en testamento.

Ahora bien, sí que sería posible que existiera algún tipo de derecho de Gustavo Guillermo o de cualquier otra persona o entidad en casos en los que en vida se haya constituido algún tipo de derecho. Por ejemplo:

Que, como parte de la herencia, Gustavo Guillermo tenga algún tipo de crédito pendiente de pago por parte de María Teresa. Si las hijas aceptan la herencia, también ese crédito formaría parte de la misma y tendrían que hacerse cargo de él. Sería el caso de un finiquito, nóminas o retribuciones pendientes...etc. Sin embargo, nadie duda de que María Teresa siempre fue muy generosa con él en vida.

También podría existir algún tipo de deuda si en vida hubiera financiado alguna compra, pedido algún préstamo o crédito. Que en vida haya efectuado un reconocimiento de algún derecho concreto en favor de una persona. No sería ni el primer ni último caso en el que una persona considera que en vida una persona que ha fallecido se ha comprometido a entregarle algún bien, y después acaba en pleito. Podemos destacar el polémico pleito frente a Lucía Bosé por la petición de apropiación indebida de las sobrinas de Remedios, empleada de su madre, en torno a un dibujo de Pablo Picasso.

El funeral de María Teresa Campos será el próximo lunes 25 de septiembre a las 21h en la iglesia de Santa Maria de Caná, en Pozuelo de Alarcón. La comunicadora malagueña siempre será recordada por todos los que amamos el periodismo. Descansa en paz, Teresa.

➡️ Televisión ➡️ Investigación

Más noticias: