
Cuánto paga por una prisión indebida el Estado: El caso Alves, Rosell y más absueltos
A Rosell, expresidente blaugrana que estuvo 645 días preso, le ofrecieron 18.000 euros y podría pasar lo mismo con Alves
Este viernes, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) absolvió al exfutbolista brasileño Dani Alves del delito de agresión sexual. Revocando una sentencia previa que lo condenaba a cuatro años y medio de prisión.
Alves había pasado 14 meses en prisión preventiva antes de ser liberado provisionalmente tras pagar una fianza de un millón de euros.
Para muchos, este caso reaviva el debate sobre las indemnizaciones que el Estado español otorga a aquellas personas que, tras haber estado en prisión preventiva, son absueltas. Dani Alves podría acogerse a una indemnización por prisión indebida porque estuvo 14 meses en prisión preventiva y finalmente ha sido absuelto por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.
Según el artículo 294 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, toda persona absuelta tras haber estado en prisión provisional tiene derecho a reclamar una compensación económica por los perjuicios sufridos. Desde 2019, no es necesario que se demuestre que el delito no existió, basta con que haya una sentencia absolutoria firme, como en su caso.
La cuestión central -casos concretos aparte- es: ¿es suficiente la compensación económica para reparar el daño causado por una privación de libertad injusta?.

Como hemos mencionado, existe el derecho a ser indemnizado por haber sufrido prisión preventiva y resultar absuelto. Sin embargo, la ley no especifica la cuantía exacta de dichas indemnizaciones. Indica únicamente que se fijarán en función del tiempo de privación de libertad y de las consecuencias personales y familiares que se hayan producido.
En 2019, el Tribunal Constitucional amplió el derecho a indemnización a todos los supuestos de absolución. Eliminando la restricción que limitaba este derecho solo a casos donde se demostraba la inexistencia del hecho imputado. Esta decisión fue acorde con los criterios del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que aboga por no discriminar entre diferentes causas de absolución.
Cuantías de las indemnizaciones: una cuestión controvertida
A pesar del reconocimiento del derecho a indemnización, las cuantías otorgadas han sido objeto de críticas por considerarse irrisorias. Por ejemplo, una sentencia de diciembre de 2024 reconoció una indemnización de 27 euros por día de prisión preventiva indebida. Sumando un total de 5.000 euros por 184 días en prisión, como ya reveló El País.
Estas cifras han generado indignación entre abogados penalistas y afectados. Estos consideran que no compensan adecuadamente los daños sufridos.

La falta de un baremo claro para determinar las indemnizaciones contribuye a esta problemática. En algunos casos se han otorgado compensaciones de entre 25 y 50 euros por día. Sin embargo, en otros, las cantidades han sido significativamente mayores, dependiendo de la capacidad del afectado para demostrar pérdidas económicas concretas.
Esta disparidad evidencia para algunas voces “la necesidad de establecer criterios más claros y justos para la determinación de las indemnizaciones”.
El caso de Sandro Rosell: un ejemplo paradigmático
Tras la reciente absolución de Dani Alves, muchos recuerdan el caso de otro exculé, Sandro Rosell. El expresidente del FC Barcelona fue detenido en 2017 bajo la acusación de integrar una red de blanqueo de dinero.Pasó 645 días en prisión preventiva antes de ser absuelto en 2019.

Tras su absolución, Rosell reclamó una indemnización de 29 millones de euros, argumentando pérdidas económicas significativas debido a contratos cancelados y daños a su reputación.
Sin embargo, la Abogacía del Estado propuso una indemnización de 'solo' 18.000 euros. El equivalente a aproximadamente 28 euros por cada día en prisión. Esta propuesta fue ampliamente criticada por considerarse insuficiente para compensar los perjuicios sufridos.
Otros casos destacados de indemnización por prisión preventiva indebida
Uno de los casos más recordados en la historia española reciente es el de Dolores Vázquez. Acusada erróneamente del asesinato de Rocío Wanninkhof en 1999, pasó 519 días en prisión preventiva antes de ser absuelta cuando se identificó al verdadero culpable. Vázquez ha reclamado un perdón formal del Estado por la injusticia sufrida y no ha recibido una indemnización "adecuada" por parte del Estado.
En 2008, el Ministerio de Justicia reconoció el error y le ofreció una compensación de 120.000 euros, lejos de los cuatro millones que ella solicitaba. Esta propuesta fue rechazada por Vázquez, y en 2015, el Tribunal Supremo desestimó su petición de indemnización.

La legislación vigente en ese momento solo contemplaba compensaciones en casos donde se demostrara la inexistencia del delito. Esto dejó a Vázquez sin reparación económica
Por otra parte, en un caso más reciente de este mismo mes de marzo, la Audiencia Nacional acordó que el Ministerio de Justicia debía abonar 10.000 euros a una mujer que estuvo en prisión preventiva más de 14 meses por un presunto delito de tráfico de drogas del que finalmente fue absuelta.
El procedimiento para reclamar una indemnización
Para reclamar una indemnización por prisión preventiva indebida, el afectado debe presentar una solicitud por escrito al Ministerio de Justicia en el plazo de un año desde la resolución firme de absolución o sobreseimiento. En esta solicitud, se debe detallar la cantidad reclamada y los perjuicios sufridos.
El Ministerio tiene seis meses para responder. Si no lo hace, se entiende que la solicitud ha sido desestimada por silencio administrativo. En caso de desestimación o desacuerdo con la cuantía propuesta, el afectado puede interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional.
Las propuestas de mejora
La disparidad en las indemnizaciones y las bajas cuantías otorgadas han generado un amplio debate sobre la necesidad de reformar el sistema actual. Muchos abogados y expertos en derecho penal abogan por la creación de un baremo que establezca compensaciones más justas y proporcionales al daño sufrido.
Algunos sugieren que este baremo no solo contemple el tiempo de privación de libertad. Sostienen que se deben tener en cuenta también factores como el daño moral, el perjuicio económico y el impacto en la vida personal del afectado.
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