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Un hombre mayor con gafas y bigote, vestido con una chaqueta de camuflaje, está sentado frente a un fondo con un patrón geométrico.
INVESTIGACIÓN

La Audiencia Nacional decreta el sobreseimiento libre de Brahim Ghali.

El 1 de octubre, ASADEH pidió el procesamiento del líder del Frente Polisario por presunto genocidio.

La Sección 1 de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional dicta el sobreseimiento libre de este sumario seguido contra Brahim Ghali por no ser los hechos objeto del mismo constitutivos del delito de genocidio y por la extinción de la responsabilidad penal al prescribir los delitos investigados.

La Fiscalía ha considerado "que habían transcurrido en exceso los plazos para la prescripción de los delitos denunciados, ya que los hechos imputados a este querellado habrían tenido lugar entre los años 1975 y 1990. En ese período de tiempo el Código Penal aplicable es el de 1973, cuyo artículo 113 señalaba un plazo máximo de prescripción de 20 años". 

Así mismo,  el abogado de Ghali, que solicito el sobreseimiento, Manuel Ollé Sesé, "pone de relieve que las acusaciones particular y popular no han interesado la revocación del auto de conclusión de sumario sin procesamiento en el trámite de instrucción, sino que se han conformado con él y, sin embargo, piden directamente a la sala que acuerde el procesamiento del Sr. Ghali, lo que califica de dislate jurídico" así como "pone de manifiesto la inexistencia de indicios relativos a la comisión de los hechos imputados al querellado en la querella inicial y en sus ampliaciones".

Antecedentes 

El Juzgado Central de Instrucción 5 de la Audiencia Nacional dictó auto de 1 de octubre de 2021 acordando declarar concluso el sumario sin procesamiento para el querellado Brahim Ghalli y ordenando elevar las actuaciones a esta Sección Primera. La Asociación Saharaui para la Defensa de los Derechos Humanos (ASADEH) solicitó el procesamiento del líder del Frente Polisario,  Brahim Ghali, por un presunto delito de genocidio cometido entre 1975 y 1991 contra los refugiados saharauis en Tinduf (Argelia), alegando que sus supuestas acciones forman parte de un conjunto de hechos que no está prescrito, así como que ordene su busca y captura para que entre en prisión.

Un hombre con gafas de sol y bigote, vestido con uniforme militar, habla frente a varios micrófonos.
Brahim Galli. | El Cierre Digital

En un escrito, al que tuvo acceso elcierredigital.com, ASADEDH se opone al auto dictado el 1 de octubre por el juez Santiago Pedraz donde acordó concluir el sumario de la querella presentada por esta asociación. Entonces, el magistrado consideró que los hechos estaban prescritos y que no se había acreditado la comisión del delito de genocidio, así como que los testimonios de los testigos contradecían las afirmaciones de la querella.

En concreto, en el auto se indicaba que "basta la audición de las declaraciones prestadas para apreciar las contradicciones denunciadas por la defensa". Asimismo, el juez señalaba que "también se aprecia una insuficiencia manifiesta de detalles relevantes sobre circunstancias de lugar y tiempo de los hechos, detalles concretos de la participación del querellado Brahim Ghali, descripción del cargo que ocupaba, etc." por lo que concluía que, "todo ello resta credibilidad a los testimonios prestados e impide mantener la imputación contra el querellado".

A través de su representante letrado, Manuel Ollé Sesé, el presidente de la República Saharaui reclamaba el archivo de la denuncia de la Audiencia Nacional por ser "inconsistente" y motivada políticamente. Recalcando en este sentido que el único genocidio que se cometió fue el de Marruecos contra el pueblo saharaui.

Ollé dejó claro en su escrito las contradicciones del proceso judicial, que tuvo más recorrido mediático que judicial, pues los denunciantes negaron en sede judicial que Brahim Ghali fuera el autor de las torturas y crímenes que se le atribuyen.

"Ninguno describe las concretas y supuestas torturas ni circunstancia temporal alguna, como día, lugar o momento concreto", señaló el abogado.

Respecto a la acusación de genocidio, la defensa del presidente de la RASD desmontó el argumento de la acusación señalando que se basa en diferenciar "saharauis españoles" de "saharauis argelinos", algo que califica como "invento inconsistente que busca mantener artificialmente la imputación de genocidio".

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