26 de abril de 2024
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FIN DE SEMANA

Entiende que no ha quedado acreditado que José Manuel Franco tuviese un conocimiento "cierto, objetivo y técnico"

La jueza archiva la causa por el 8M contra el Delegado del Gobierno en Madrid

José Manuel Franco.
José Manuel Franco.
La jueza ha decidido sobreseer la causa contra el Delegado del Gobierno en Madrid, José Manuel Franco, al no estimar prevaricación en la actuación del delegado. Fiscalía y Abogacía del Estado habían pedido el archivo de esta causa.

La jueza Carmen Rodríguez-Medel, titular del Juzgado de Instrucción número 51 de Madrid, ha decidido este viernes el sobreseimiento provisional de la causa por prevaricación que seguía desde el 23 de marzo contra el delegado del Gobierno en Madrid, José Manuel Franco, por no haber prohibido la celebración de manifestaciones masivas como la del Día de la Mujer pese al avance del coronavirus. Entiende que no ha quedado acreditado que tuviese un conocimiento "cierto, objetivo y técnico" del riesgo que entrañaban las protestas.

En un auto dictado este viernes y que se produce tras escuchar al investigado y a 17 testigos entre trabajadores de la Delegación y convocantes de manifestaciones, la instructora concluye que de los indicios existentes en la causa no se puede desprender que Franco prevaricase por acción u omisión al no impedir las protestas.

La magistrada titular del Juzgado de Instrucción n1 51 de Madrid ha acordado el sobreseimiento provisional del caso conocido como 8-M al considerar que, tras la práctica de las diligencias de investigación acordadas en el procedimiento, no hay indicios suficientes de actuar delictivo en los hechos atribuidos al delegado del Gobierno en Madrid, José Manuel Franco Pardo, por el presunto delito de prevaricación administrativa. De todas las diligencias de investigación practicadas, añade el auto, se concluye que el investigado, entre el 5 y el 14 de marzo del presente año, no tuvo un conocimiento cierto, objetivo y técnico del riesgo que para la salud de las personas entrañaba la realización de manifestaciones y concentraciones. La resolución señala también que el investigado 'no recibió comunicación o instrucción sanitaria sobre este particular y tampoco la recabó de oficio de ninguna autoridad competente en el ámbito sanitario'.

Carmen Rodríguez-Medel.

Finalmente, la resolución establece también que 'ninguna persona física o jurídica, pública o privada, instó del delegado del Gobierno en Madrid que prohibiera o restringiera de alguna forma la celebración de concentraciones o manifestaciones por razón del Covid-19'. La magistrada, no obstante, deniega el sobreseimiento libre solicitado por la Abogacía del Estado.

Este auto puede ser recurrido en reforma, ante el propio órgano judicial, y/o en apelación, ante la Audiencia Provincial de Madrid

 

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