26 de abril de 2024
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FIN DE SEMANA

LA DEFENSA CON BRILLANTEZ POR Luis Mateo Ramírez DEL DESPACHO OLLÉ SESÉ ABOGADOS DESMONTA LOS ARGUMENTOS DE "VULNERACIÓN DEL HONOR" DEL DEMANDANTE

Otro triunfo judicial de El Cierre Digital: La verdad informativa se impone al 'falso ciego'

/ Imagen que ilustra el derecho a la información y la verdad.
El Cierre Digital ha vuelto a salir victorioso de un juicio en el que se le acusaba de "vulneración de la intimidad y el honor". El abogado Luis Mateo Ramírez del despacho Ollé Sesé Abogados ha desmontado los argumentos del demandante, un hombre que, según publicó nuestro periódico en su momento, fingió una ceguera para estafar a su seguro de coche. El tribunal ha fallado a favor de El Cierre Digital condenando a pagar costas a la parte denunciante.

Elcierredigital.com suma otro triunfo judicial ante los intentos de aquellos que quieren esconder la verdad. En este caso, la sentencia a favor de nuestro diario hace referencia a una demanda por supuesta vulneración del honor y de la intimidad del denunciante. Elcierredigital.com publicaba en 2020 un artículo donde se mencionaba el caso de un hombre que fingió quedarse ciego para estafar a su seguro de coche.

El letrado Luis Mateo Ramírez de Ollé Sesé Abogados –como defensa del Grupo de Comunicación El Cierre Digital en la causa– desmontó los argumentos del demandante logrando que el Juzgado de Primera Instancia nº1 de Murcia sentenciara que "no ha lugar a la acción ejercitada en la demanda con absolución de las demandadas e imposición de costas a la parte actora".

El protagonista de la estafa y demandante había sido investigado tras reclamar una indemnización al sufrir un accidente de coche mientras circulaba con fuertes lluvias. Según explicaba, como consecuencia del fuerte golpe del eje delantero del coche con una tapa de alcantarilla, el hombre reclamó una importante indemnización por ceguera, lesiones graves y los costes de asistencia de su seguro, en total 400.000 euros.

El investigado y protagonista de este incidente fue grabado realizando su vida normal y unos detectives privados constataron que el supuesto lesionado no parecía tener síntomas de ceguera al poder caminar y realizar todo tipo de actividades sin ayudarse de ningún elemento de apoyo para ello.

Triunfo de El Cierre Digital en los tribunales

El hombre investigado y cuyo caso se relató en elcierredigital.com en 2020, demandó a este diario –y a varios medios españoles que también se hicieron eco de la historia– por nuestra publicación al considerar el derecho de información e interés público como un acto de "vulneración de la intimidad y el honor". 

El demandante reclamaba la "indemnización de daños y perjuicios derivados de la intromisión ilegítima en el derecho al honor dirigida contra las demandadas que publicaron o divulgaron como noticia en el marco de la información sobre el fraude en el seguro y como uno de sus ejemplos, el que el demandante, simulando haber perdido la visión de ambos ojos, reclamó un indemnización que no le correspondía", según expone la sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº1 de Murcia.

Además, en este escrito que obra en poder de elcierredigital.com, el tribunal destaca que "la noticia viene referida a hechos que realmente ocurrieron (se difunde una noticia cierta) sin distorsión de las circunstancias, y por lo tanto nos encontramos ante una "veracidad" excluyente de la intromisión ilegítima del derecho al honor, en el sentido de que para que opere la protección especial del derecho al honor, es necesario que se falte a la verdad, con independencia de que determinados hechos "veraces" no conocidos, puedan atacar la intimidad de la persona afectada por la noticia".

Y continúa: "Los hechos sobre los que los medios demandados informaron, de naturaleza pública, son el resultado de un procedimiento judicial, en este caso contencioso administrativo, derivados de una reclamación por responsabilidad patrimonial de la Administración Local dirigida contra un Ayuntamiento y su aseguradora, en la que también intervino voluntariamente, la aseguradora del riesgo del vehículo ocupado por el demandante".

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