26 de abril de 2024
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FIN DE SEMANA

Descartan la intervención de la piqueta: “Traumatismo craneoencefálico y raquimedular debido a una precipitación, como causa fundamental de la muerte”

Desvelamos todos los datos de la autopsia definitiva del pequeño Julen, que murió tras caer al pozo de Totalán

Prospección por donde cayó el pequeño de dos años.
Prospección por donde cayó el pequeño de dos años.
El informe de autopsia del pequeño Julen Roselló, de 25 páginas, establece como causa de la muerte más probable la luxación de la primera vértebra cervical a causa del impacto del niño contra el suelo del pozo. Las conclusiones finales son tres: La muerte del niño se produjo sobre las 13.50 horas del mismo día del accidente, la causa fue un traumatismo craneoencefálico y este traumatismo se produjo como consecuencia de la caída.

“Se establece el origen de la muerte como violento, siendo su causa inmediata el traumatismo craneoencefálico y raquimedular debido a una precipitación, como causa fundamental de la muerte”. Con estas frases recogidas en un documento de 25 páginas, firmado el 8 de abril por cuatro forenses malagueños, se descarta como causa de la muerte la intervención de los bomberos y resto de rescatistas en el salvamento del pequeño Julen Roselló en una finca de la localidad malagueña de Totalán y que tuvo en vilo a medio mundo durante los trece días que duró el rescate.

La autopsia al niño se realizó el día 26 de enero de 2019, cuando fue rescatado el menor, a la 1.30 de la madrugada. El informe está acompañado de otro documento donde se le realizaron pruebas de ADN al pequeño para comprobar fehacientemente la relación de parentesco con sus padres, José Roselló y Victoría García, un trámite casi burocrático.

El examen forense comenzó a las ocho de la mañana y finalizó 5 horas y 30 minutos y establece una causa y un mecanismo de la muerte: precipitación y asfixia. En relación a la primera los forenses establecieron que “el trayecto de la precipitación es de unos 72-73 metros, una altura equivalente a un edificio de entre 20-23 pisos”, la consecuencia de la caída son “las típicas lesiones por precipitación sobre la extremidad inferior del cuerpo (los pies), afectando a los tobillos (subluxación), tibia, las cadera (subluxación de las dos articulaciones) y por la columna vertebral al cráneo y fractura de la base del mismo, desde el agujero occipital. Las lesiones podrían haber sido mayores, pero la velocidad del descenso debido a la resistencia por fricción en las paredes amortigua su intensidad. Como se ha mencionado en los mecanismos de producción, durante la caída la cabeza pudo verse sometida a intensos movimientos de tracción, flexión y extensión que participaran en producir la luxación occipitoatloidea”.

José Roselló y Victoria García, padres de Julen.

En medicina se considera luxación cuando un hueso se sale de su articulación. En el caso del pequeño Julen la caída le originó “las lesiones más graves en la base del cráneo y su unión con la primera vértebra cervical (denominada atlas). La luxación, es decir un desplazamiento anormal, de la primera vértebra cervical, puede ocasionar lesiones en el segmento inicial de la médula: Una sección completa de la médula por encima el nivel neurológico C3 (tercer segmento vertical) es incompatible con la vida (precisaría urgente y permanentemente respiración artificial). El mecanismo de la muerte es una parálisis respiratoria, dicha lesión medular produce una parálisis de todos los músculos respiratorios, incluido el diafragma, de forma inmediata”. Como conclusión de todo ello los forenses afirman en su informe que “la muerte hubo de ocurrir en escaso tiempo, muy pocos minutos”.

Los cuatro médicos explican también el mecanismo de la asfixia: “El menor cae por un pozo y arrastra tierra, arena y pequeñas piedras, que se desmoronan sobre el mismo, formando una cantidad de tierra, al menos, desde el cuello hasta por encima de las manos, con la ropa subida. Este material arenoso y su ropa interpuesta hacen imposible la respiración del menor. No creen sin embargo que el pequeño se asfixiase y explican que “este mecanismo no tuvo tiempo de actuar porque el traumatismo raquimedular ocasionó la muerte antes”.

Los forenses concluyen que “estas dos causas (precipitación y asfixia) son suficientes para ocasionar la muerte. Siendo más importante la primera de ellas por los hallazgos encontrados. Por todo ello se establece el origen de la muerte como violento, siendo su causa inmediata el traumatismo craneoencefálico y raquimedular debido a una precipitación, como causa fundamental de la muerte”. Asimismo, explican la presencia de tierra en el estómago del menor y no en las vías aéreas porque “la lesión medular paraliza inmediatamente la respiración”.

Varias heridas no mortales

El cadáver del niño también tenía varias heridas, aunque ninguna de ellas mortal. Seis heridas “de aspecto postmortal” en diferentes zonas del cráneo, una herida en la región temporal izquierda. También presentaba una lesión en la región dorso lumbar media izquierda y pequeñas lesiones en los brazos y un enfisema en una de sus piernas. Los estudios radiológicos comprobaron que había una fractura “de la bóveda craneal junto a la sutura escamosa izquierda”, confirmándose la luxación occipitoatloidea, observándose un desplazamiento anterior de la primera vértebra cervical”.

Las radiografías también encontraron una línea de fractura en “la meseta tibial izquierda”. Los forenses remitieron al Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses de Sevilla muestras de sangre para cotejar el ADN con el de José Roselló y Victoria García, tierra obtenida de ambas manos y el contenido del esófago y el estómago del pequeño.

Los especialistas forenses también trabajaron con documentación aportada, como un atestado de la Guardia Civil que recogía: “El menor cae por un pozo de prospección de agua entre las 13.40 y 13.50 horas (existe una fotografía del menor tomada a las 13.38 horas y la madre refiere realizar una llamada telefónica a las 13.48 horas y minutos más tarde ocurren los hechos). La primera llamada al 112 Andalucía sobre los hechos se realiza a las 13.54 horas”.

Dos preguntas importantes

Entre las conclusiones del documento, los forenses -uno de cuyos componentes perdió en trágicas circunstancias también a un hijo de seis años, atropellado por una carroza durante la cabalgata de Reyes de 2013- se hacen dos preguntas: ¿Por qué el menor fallecido no presentaba más fracturas?, respondiendo que “la velocidad de la precipitación se vio disminuida debido a la fuerza del rozamiento encontrada por el niño durante la misma. También hay que destacar la edad del menor lo cual justifica cierto grado de elasticidad ósea que dificultaría la producción de más facturas”.

Los padres de Julen, acompañados de David Serrano, dueño de la finca donde ocurrió el accidente.

La segunda pregunta que se hacen los forenses es ¿pudo algún otro objeto ajeno a las paredes del pozo, como la piqueta utilizada, ocasionar alguna de las fracturas descritas en el cráneo y ser la causa de la muerte? “La respuesta a esta cuestión es no. No se han observado fracturas en el plano superior de la bóveda craneal. Las fracturas descritas en la autopsia se corresponden con el doble mecanismo expuesto: precipitación las del occipital e impacto con algún objeto en región temporal izquierda” descartando de esta manera el informe presentado por la defensa de David Serrano, dueño de la finca de Totalán, donde se hizo el pozo por el que cayó Julen que establecía como hipótesis la muerte del pequeño por el trabajo de una piqueta usada por los bomberos para su rescate.

En la última página los forenses establecen tres conclusiones: “La muerte de Julen Roselló García ocurrida alrededor de las 13.50 horas del día 13/01/2019, compatible con la data aportada en el protocolo de levantamiento de cadáver, fue de origen violento. La causa inmediata de la muerte fue un traumatismo craneoencefálico y raquimedular y la causa fundamental de la muerte fue precipitación”.

Ahora el juzgado de Instrucción número 9 de Málaga esperará si alguna de las partes desea aportar alguna objeción a este informe. El único imputado, hasta ahora, es David Serrano, dueño de la finca de Totalán donde se produjo el accidente. Se le acusa de homicidio imprudente.

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