26 de abril de 2024
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FIN DE SEMANA

Hasta ahora la normativa del CNP solo contemplaba este resarcimiento a los agentes destinados en servicios de protección dinámica a personalidades

El Supremo reconoce el derecho de todos los policías a recibir una compensación por vestuario

Policía Nacional.
Policía Nacional.
Los policías que prestan servicios de paisano en las Brigadas de Información, Policía Judicial, Extranjería y Seguridad Ciudadana tendrán derecho recibir de la Dirección General de la Policía una compensación económica por vestuario. Así la ha establecido el Tribunal Supremo en una sentencia que celebran desde la Agrupación Reformista de Policías, que indica que, de este reconocimiento, podrán beneficiarse entre 10.000 y 15.000 policías nacionales "sea cual sea su adscripción sindical".

El Tribunal Supremo ha reconocido el derecho de todos los policías que prestan servicios de paisano en las Brigadas de Información, Policía Judicial, Extranjería y Seguridad Ciudadana, a recibir de la Dirección General de la Policía una compensación económica por vestuario, un derecho hasta ahora solo reconocido a los policías destinados en servicios de protección dinámica a determinadas personalidades.

Así lo ha dictado la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal, que concluye que, si la exención del uso del uniforme comprende esos servicios enumerados, "no se evidencian razones [...] para que mientras los funcionarios adscritos al servicio de Protección de Personas perciban una indemnización por vestuario, no la reciban los funcionarios integrantes de los otros servicios eximidos reglamentariamente, por razones de seguridad, del uso del uniforme en un Cuerpo que tiene como regla percibir vestuario para realizar su normal función".

Una decisión de la Justicia que desde la Agrupación Reformista de Policías celebran. "Estos agentes están obligados a ir de paisano por razón del servicio y, de estar en otros destinos, vestirían uniforme. Por ello, es discriminatorio y contrario al artículo 14 de la Constitución Española que sólo se reconozca el derecho a la compensación por vestuario a los policías que presten servicio de protección de personalidades y no a los otros, cuando todos ellos visten de paisano por obligación".

"La Agrupación Reformista de Policías ha obtenido un éxito sin precedentes en la historia del Cuerpo" indican desde este sindicato, y añaden que, de este reconocimiento, podrán beneficiarse entre 10.000 y 15.000 policías nacionales, "sea cual sea su adscripción sindical". "No es un triunfo de ARP para sus afiliados. Es un triunfo de ARP para todo el conjunto de funcionarios del Cuerpo", señalan. 

Quebranta el principio de igualdad 

La Sala ha estimado los recursos de casación interpuestos por cuatro policías destinados en Brigadas Provinciales o Locales de Policía Judicial o en Brigadas Provinciales de Extranjería y Fronteras que reclamaron la percepción de una indemnización por vestuario. Tras la negativa de la Dirección General de la Policía, recurrieron ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que tampoco les dio la razón. 

Policía Nacional. 

No obstante, el Tribunal Supremo ha considerado que la sentencia recurrida quebranta el principio de igualdad al no reconocer el derecho a este complemento a otros funcionarios exentos de la obligación del uso del uniforme por exigencias del servicio que desempeñan. 

En este sentido, el Alto Tribunal explica, además, que la percepción de la indemnización de vestuario a que se refiere el artículo 5 del Real Decreto 950/2005 “pretende compensar a todos los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía que, por razón de servicio están obligados a utilizar una vestimenta de paisano acorde con la naturaleza de ese servicio y la entidad de las situaciones y circunstancias que rodean el servicio”.

En lo que no entra el Supremo, porque excede de sus competencias, es en la fijación de la cuantía que corresponde por tal compensación. Desde ARP señalan que, será a partir de ahora "cuando habrá que ponerse a trabajar para exigir de la Dirección General de Policía la fijación de una cuantía, como sí existe para el servicio de protección de personalidades".

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