16 de junio de 2024
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FIN DE SEMANA

Un excomandante del Ejército del Aire y una excapitana de Tierra denuncian documentos con distinto trato en casos similares por la ministra de Defensa

Polémica en Defensa: Recurren las resoluciones contradictorias de Robles sobre acoso sexual en el Ejército

El Cierre Digital en
/ La ministra de Defensa, Margarita Robles.
Polémica en el Ministerio de Defensa por dos resoluciones contradictorias emitidas por la ministra Margarita Robles tras varias denuncias en las que se vieron afectados un comandante del Ejército del Aire y una capitán de Tierra –ahora retirados– respecto a casos de acoso sexual en materia de género en las Fuerzas Armadas. Ambos oficiales han recurrido ante Robles sobre documentos tratados de manera distinta: unos como ‘reservados’ y otros como ‘públicos’.

El Ministerio de Defensa se enfrenta a una polémica a raíz de las solicitudes de revisión presentadas por el comandante retirado del Ejército del Aire, Francisco Calvo, y la capitán retirada del Ejército de Tierra, Lourdes Cebollero. Se trata de presuntos casos de acoso sexual en materia de género que, según revelan los afectados en exclusiva ante elcierredigital.com, han tenido "resoluciones contradictorias" a pesar de proceder ambas de la ministra Margarita Robles.

Los oficiales han recurrido ante Robles las resoluciones emitidas por Defensa, ya que, en su opinión, "se contradicen entre sí" en lo referente al tratamiento de los documentos. En cada caso, los documentos de estos procesos fueron tratados de manera distinta: en un caso como ‘reservados’ y en el otro como ‘públicos’.

Por este motivo, tanto el comandante Calvo como la capitán Cebollero han pedido en sus escritos –documentos a los que ha accedido este diario– que Defensa se pronuncie sobre la posible "nulidad de pleno derecho de estos procedimientos, que siendo abiertos por acoso en su día, fueron resueltos de manera totalmente opuesta".

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Escrito de solicitud de revisión de procedimientos por nulidad ante el Ministerio de Defensa.

La decisión Robles sobre este asunto "alcanzará una gran relevancia social en relación al acoso sexual en las Fuerzas Armadas", explican estos oficiales retiradoselcierredigital.com.

El proceso sufrido por el comandante Calvo

El proceso disciplinario del comandante Calvo comenzó en 2016, cuando fue denunciado por presunto maltrato por razón de género, aunque posteriormente el caso fue archivado. Tras la denuncia, se ordenó una fase de información previa en la que se tomó declaración a varias personas y al comandante Calvo, quien solicitó una copia de la denuncia. Sin embargo, "se me denegó, alegando que se trataba de una fase de información previa y que, por tanto, no había obligación de entregarme copia ni de informarme de los hechos, sometiéndome a un interrogatorio sin que supiera contra qué tenía que defenderme", relata a elcierredigital.com.

"Todos los documentos se clasificaron como ‘reservados’, muy al contrario que en el caso de la capitana Cebollero", explica. Y es que esta oficial denunció acoso de género, pero, en su caso, el procedimiento sí fue transferido a los mandos denunciados. Y esta es la base de la controversia que se denuncia a la ministra Robles.

Según alega el comandante Calvo, "esta fase de información sirvió para justificar posteriormente el inicio de un expediente sancionador contra mí que, de haber estado informado sobre los hechos que se me imputaban, podría haberse evitado".

Por eso, en relación con el expediente disciplinario militar, el comandante Calvo ha solicitado en diciembre de 2023 "la revisión de actos nulos de pleno derecho por vulneración de sus derechos constitucionales". Calvo señala en su escrito que "el objeto de incoar este procedimiento de revisión es depurar los vicios de nulidad de la resolución, dictada el 17 de marzo de 2017, correspondiente al expediente disciplinario por falta muy grave del Ejército del Aire por vulneración de los derechos constitucionales del denunciado de acoso por razón de sexo".

El comandante también alega que mientras que en su caso se le negó "todo conocimiento sobre el contenido de la denuncia y de los hechos concretos que se me imputaban para ejercer mi derecho a la defensa", en el caso de la capitán Cebollero, "este mismo derecho constitucional si se lo confieren".

Según la petición de revisión, Calvo sostiene que "la Administración Militar no puede tratar de forma diferente dos casos idénticos, por lo que deberá revisar sus actuaciones y declarar uno de ellos nulo de pleno derecho. La resolución que pudiera dictarse es de trascendencia general, ya que fijará el criterio de la Administración Militar respecto a los derechos constitucionales que asisten a cualquier militar denunciado".

"Vulneración a la legítima defensa"

Según argumenta el comandante, con la interposición de esta solicitud "se pretende la revisión de la resolución citada de marzo de 2017, nula de pleno derecho, por vulnerar el derecho fundamental del denunciado a la legítima defensa y, por no haberse seguido el procedimiento legalmente establecido en la tramitación de las actuaciones administrativas en la fase de información reservada previa".

En este sentido, además de otras resoluciones de la ministra de Defensa se ha aportado una resolución ‘clave’ del subsecretario de Defensa de 2019 que indica, respecto a la fase de información previa: “El único motivo de entregar a los denunciados una copia de la denuncia fue que pudieran presentar alegaciones ante los hechos que se les imputa, razón sensata a fin de garantizar sus más elementales derechos de defensa”.

De todo ello, indica Calvo, "se deduce el presunto ilícito proceder del instructor, Francisco Granados Peñacoba, y de su secretaria Ana Pilar Velázquez Ortiz, en la información previa al expediente sancionador, en el cual se denegó el acceso al comandante a la denuncia y resto de documentos obrantes en la información previa para su defensa".

Comparativa de los casos de la capitán y el comandante 

En los casos del comandante Calvo y la capitán Cebollero "coincide la vieja triada de identidad de sujeto, objeto y causa, pues el denunciante y denunciado son militares y, ante una denuncia de acoso por razón de sexo se ordena la práctica de una información reservada previa al procedimiento sancionador".

El escrito a Robles se basa en el supuesto del comandante Calvo por "la entrega de la denuncia en la fase de información previa -en una resolución de 2017 del Jefe de Estado Mayor del Ejército del Aire (JEMAD)- fundamentada jurídicamente por el Asesor Jurídico General del Ejército del Aire, Ricardo Cuesta del Castillo, donde daba por correcto un procedimiento sancionador donde al denunciado se le había negado el derecho a acceder al contenido de la denuncia y el conocimiento de los hechos concretos que se le imputaban durante la fase de información previa".

Por el contrario, en el caso de la capitán Cebollero, en una resolución de febrero de 2019 del subsecretario de Defensa, Alejo de la Torres de la Calle, se "justifica el acceso a la denuncia, en la fase de información previa, con motivo del ejercicio del derecho a la defensa de dos denunciados por discriminación por razón de sexo, resolución confirmada con posterioridad, el 11 de mayo de 2023, por la propia ministra Robles".

Y esgrimen ante Defensa que "La Administración Militar considera que el comandante Calvo, en su condición de denunciado por discriminación de sexo, en la fase de información previa no es interesado y no tiene derecho constitucional a la defensa. Mientras, en el caso de la capitán Cebollero, los denunciados por discriminación por razón de sexo, en la fase de información previa son interesados, pues se les expresa que son parte en el procedimiento, y por tanto, que tienen a la defensa".

Por tanto, los oficiales afectados sostienen que "en aras a la seguridad jurídica que debe tener todo denunciado militar deberá ser aclarado administrativa o judicialmente si existe o no el Derecho constitucional a la defensa en esta fase previa al procedimiento sancionador militar". Esta es la cuestión que debe resolver Defensa ante las solicitudes de revisión interpuestas por el comandante y la capitana.

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Remisión de solicitudes de revisión de los oficiales ante el Ministerio de Defensa.

Otra de las claves expuestas es el presunto "tratamiento clasificado de los documentos contenidos en la información reservada previa referida a los dos oficiales", que es opuesto en los dos casos: En el procedimiento del comandante Calvo, la orden de incoación de la información previa es un "documento clasificado" con la marca “RESERVADO” y protegido por la Ley de Secretos Oficiales, de tal forma que al denunciado se le han ocultado en la fase de información previa.

Pero en el caso de la capitán Cebollero, todos los documentos se han tratado de forma de "DOCUMENTO PÚBLICO", basado en una resolución de 2019 del subsecretario De la Torre, quien contesta a las denuncias de represalias por haber denunciado discriminación por razón de sexo en documento público. Al igual que la resolución de la ministra de Defensa en mayo de 2023, que expresó el tratamiento público de la información reservada previa.

Para los recurrentes dos procedimientos administrativos sancionadores no pueden tratarse de forma diferente: "O son documentos clasificados y protegidos por la Ley de Secretos Oficiales, o son públicos", sostienen. 

"Represalias contra las militares denunciantes de acoso"

La capitán retirada Lourdes Cebollero también señala a elcierredigital.com que "la Directiva Europea 'whistleblowers' hizo que en España se aprobara la Ley de protección de denunciantes. Sin embargo, poco ha tardado la Administración Española en vulnerarla", afirma.

Y lo justifica explicando que, tal y como aparece en la resolución firmada por la ministra de Defensa el 11 de mayo de 2023, "antes de abrirse expediente sancionador a un denunciado, se va a publicar tanto la denuncia como los datos personales del denunciante". Y apunta: "¿De qué vale la proclamada confidencialidad del denunciante en los Protocolos de acoso sexual y por razón de sexo, y la creación de los canales internos de denuncias, si la identidad del denunciante se entrega al jefe militar antes de que la Administración actúe?"

"Habitualmente, toda denuncia que interpone un militar queda silenciada por la Ley de Secretos Oficiales. De esta forma, la opinión pública no puede conocer cómo se vulneran los más elementales derechos de las personas que forman parte de la Administración Militar. Sin embargo, ahora la ministra de Defensa permite que los denunciantes lo puedan contar. Por ello ponemos en valor que un comandante y una capitán retirados, por intentar hacer valer sus derechos fundamentales han presentado sendos escritos", manifiesta Cebollero a elcierredigital.com.

Ambos casos son denuncias por discriminación por razón de sexo en las que, antes de imputar disciplinariamente a los autores, matiza Cebollero, "se procedió a abrir una fase de información previa para esclarecer los hechos y determinar si procedía o no la apertura de expediente sancionador contra alguien".

Cebollero relata que "en su denuncia por hechos discriminatorios por razón de sexo en el ámbito laboral en 2018 fue todo público. Y que nunca se llegó a investigar a los dos coroneles denunciados". En opinión de Cebollero, "se les entregó la denuncia y los datos personales de la denunciante para falsificar presuntamente el resultado de la investigación interna y que nunca se les llegara a imputar administrativamente". Para la capitán, la ministra Robles confirmó en mayo de 2023, con la firma de su resolución, que esto es “regular, congruente y ajustado al procedimiento”.

"Represaliar a la denunciante es justificado por la ministra de Defensa afirmando que los coroneles denunciados tienen derecho a ejercer el derecho a la tutela judicial efectiva", sostiene la capitán afectada.

"Para la ministra de Defensa no vale la Ley Orgánica de Igualdad, aplicable también a la mujer militar, que afirma que las denuncias deben tener tratamiento reservado, y que además, indica la prohibición de represalias. En contra de toda la doctrina del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional, la ministra Robles otorga derechos a los presuntos acosadores y elimina los constitucionalmente reconocidos a las víctimas de acoso sexual o por razón de sexo", se queja la oficial Cebollero.

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La capitana Lourdes Cebollero junto a informes de Defensa.

La capitana Cebollero lleva más de seis años de lucha contra el ‘muro’ del Ministerio de Defensa para que estas cosas no sigan sucediendo. Ahora, unida al comandante Calvo, están dispuestos a llegar hasta el Tribunal Europeo de Derechos Humanos si fuera necesario. Su fin es "que no siga pasando a los compañeros", avanzan a elcierredigital.com.

La capitán sostiene que "la integración de la mujer en las Fuerzas Armadas es una falacia. Cumplir la obligación de denunciar significa que, en el ministerio de Margarita Robles, la mujer o calla o está condenada a abandonar su trabajo. Teniendo en cuenta que la mayoría de mujeres en las Fuerzas Armadas son soldados temporales, la que denuncie correrá peor suerte". Cebollero subraya que "como militar de carrera tiene su pensión, pero las soldados no recibirán compensación alguna si no se saben defender tras comunicar el acoso de sus jefes".

Cebollero ha podido llevar su asunto a la Justicia Ordinaria y está pendiente de distintos recursos ante la vulneración de sus derechos constitucionales. El Tribunal Constitucional deberá resolver si la entrega de la denuncia y de los datos personales de la mujer denunciante a los denunciados, a los que nunca se abrió procedimiento sancionador alguno, vulnera su derecho constitucional a la protección de sus datos personales, a la indemnidad frente a las represalias, y al derecho a la intimidad, no discriminación por razón de sexo por incumplimiento del deber de confidencialidad que debió cumplir el Ministerio de Defensa.

"El nudo gordiano de esta revisión es la vulneración de los derechos constitucionales de la mujer denunciante de acoso por razón de sexo, en el ámbito laboral militar, producido por el tratamiento público de sus denuncias. Ello implica la nulidad de pleno derecho de las resoluciones ministeriales predichas. Que la resolución que se dicte es de trascendencia social por fijación del criterio ministerial del respeto a la legalidad en relación a la confidencialidad del denunciante en las Fuerzas Armadas; del respeto a la Ley de Igualdad efectiva entre mujeres y hombre; del acatamiento de lo dispuesto en la Ley de protección de datos personales, y de obedecer lo dispuesto en reciente Ley reguladora de la protección de personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, por la que se transpone la Directiva UE Whistleblowers".

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