28 de abril de 2024
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FIN DE SEMANA

Muchos agentes de los Cuerpos de Seguridad del Estado pueden quedar incapacitados de por vida por problemas en los riñones, pulmones o hígado

El Gobierno no considera el contagio de coronavirus en policías y guardias civiles como accidente laboral

Un policía con mascarilla.
Un policía con mascarilla.
La doctora Patrícia Alcaraz, Médico Especialista en Valoración del Daño Corporal y evaluación física y psíquica y experta en incapacidades laborales, explica cómo el Gobierno ha dejado fuera de la calificación de víctima del coronavirus al personal de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, funcionarios esenciales que han desarrollado su actividad incluso en los momentos más duros del COVID-19. Asimismo, el Estado tampoco reconoce el fallecimiento por coronavirus como accidente laboral.

El Real Decreto Ley nº 19/2020, de 26 de Mayo, por el Gobierno y publicado en el Boletín Oficial del Estado del pasado día 27 de Mayo, reconoce en su artículo 9 como contingencia profesional derivada de accidente de trabajo las enfermedades padecidas por el personal que presta servicio en centros sanitarios como consecuencia del contagio por Covid-19, durante el estado de alarma.

Se trata de una decisión legislativa lógica y necesaria. Sin embargo, el Gobierno ha dejado fuera de esta decisión a otros colectivos profesionales, en particular, al personal de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, funcionarios esenciales que han seguido desarrollando su actividad incluso en los momentos más duros de la pandemia, e, inexplicablemente, han quedado fuera del paraguas que supone el reconocimiento de la infección por Covid-19 como Accidente de Trabajo.

Ademas, la medida legislativa carece de efecto retroactivo, es decir, no se aplicará a aquellos casos en los que el contagio se haya producido antes de la entrada en vigor de esta norma y tiene, también, fecha de caducidad, ya que solo se considerarán los contagios hasta el mes posterior a la finalización del Estado de Alarma” (artículo 9.2).

Sería deseable y necesario que en los casos de fallecimiento por COVID-19 de un policía o un guardia civil, se considere también que la causa constituye accidente de trabajo o contingencia profesional, siempre y cuando el efecto se produzca en los cinco años siguientes al contagio, ya que, como estamos conociendo, este virus, además de la muerte, también es susceptible de dejar muchas secuelas a largo plazo, incluso de por vida, pudiendo dar lugar al reconocimiento de una incapacidad permanente para la profesión habitual.

Contagiados de primera línea

Desde un punto de vista médico-legal, considero que todos los policías y guardias civiles contagiados por Covid-19 que experimenten secuelas físicas o psíquicas de carácter permanente deberían tener su porvenir cubierto, con el reconocimiento de una contingencia profesional.

Es indudable que las secuelas psicofísicas del coronavirus van a dar lugar a toda una serie de indemnizaciones, pensiones por Incapacidad Laboral, pensiones de viudedad, indemnizaciones por secuelas permanentes no invalidantes, y otras circunstancias análogas, que debieran todas ellas ser reconocidas como derivadas de Accidente de Trabajo, considerando aplicable a estos casos lo previsto por el art. 156 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, que define el accidente de trabajo como “toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena”.

Un funcionario con mascarilla.

Estos funcionarios se han contagiado de Coronarivus, con una elevada probabilidad, en el desempeño de sus funciones, llevadas a cabo en una situación de especial riesgo para su vida.

Es un factor determinante el hecho de que las secuelas que el Covid-19 pueda dejar en nuestro cuerpo, con merma de nuestra capacidad funcional para desempeñar nuestra actividad profesional, puedan al menos ser consideradas como derivadas de accidente, sea el mismo laboral o no, y no como simple enfermedad común, ya que, de ser así, las posibles pensiones por incapacidad laboral las podrían llegar a percibir incluso las personas que no tengan el tiempo suficiente cotizado a la Seguridad Social, puesto que, en los casos de accidente, laboral o no, y enfermedad profesional, no se exige ningún período previo de cotización para ser beneficiario de una pensión por incapacidad permanente, conforme a lo previsto en el art. 195 del Texto Refundido de la Ley General de Seguridad Social.

Qué secuelas nos pueden quedar

El COVID-19 es una enfermedad que afecta claramente a: Los pulmones, corazón, higado, riñones, páncreas, daños neurológios y psiquiátricos, como trastornos por estrés postraumático, duelos no acabados, ansiedad, ataques de pánico y fobias.

El foco vírico principal se asienta o busca acomodo en los pulmones. Dado que el nuevo patógeno CoV-2 del SARS ataca principalmente las vías respiratorias inferiores, las personas infectadas con un curso moderado o grave de la enfermedad tienen tos seca, dificultad para respirar y/o neumonía.

Médicos de Hong Kong han descubierto una reducción de la función pulmonar y una persistente falta de aliento en algunos pacientes de coronavirus, a pesar de haber superado la infección viral.

El 2019-nCoV invade principalmente las células epiteliales alveolares, concretamente los receptores ACE 2 de los neumocitos alveolares lo que produce una cascada de citoquinas proinflamatorias que atraen leucocitos polinucleares, produciendo toxinas contra el pulmón y ndrome de distress respiratorio del adulto (SDRA) especialmente grave en pacientes con enfermedad cardiovascular, en los que se ha visto una mayor secreción de ECA2.

"En algunos pacientes, la función pulmonar podría disminuir entre un 20 y un 30 por ciento después de la recuperación", dice el médico Owen Tsang Tak-yin, director del Centro de Enfermedades Infecciosas del Hospital Princesa Margarita de Hong Kong.

La tomografía de algunos pacientes muestra una especie de neblina lechosa y vidriosa en los pulmones, lo que sugiere un daño en los órganos, sospecha de fibrosis pulmonar. 

Las investigaciones posteriores de los pacientes recuperados de COVID-19 deben ahora mostrar si han desarrollado fibrosis pulmonar ya que el tejido conectivo del pulmón se inflama, lo que lleva a una proliferación patológica del tejido conector entre los alvéolos y los vasos sanguíneos que los rodean. Ello dificulta que el oxígeno llegue a los vasos sanguíneos, endurece los pulmones y hace que la respiración sea superficial y rápida, provocando que el rendimiento físico disminuya, haciéndose difíciles incluso las actividades cotidianas.

Pulmones, riñones y trastornos

La fibrosis pulmonar es incurable, porque las cicatrices en el tejido pulmonar no desaparecen. Pero la progresión de la fibrosis pulmonar puede retrasarse y a veces incluso detenerse, si se detecta a tiempo. En cualquier caso supondría una incapacidad laboral de carácter Permanente y Total (para todas las funciones de la profesión habitual) para personas que tienen un trabajo de corte físico, en el escenario mas pacifico, o una incapacidad laboral Permanente Absoluta, es decir, para todo tipo de trabajo, o, incluso, una gran invalidez en el escenario mas grave en el que no puede realizar ni las actividades Básicas de la Vida Diaria.

La infección se desencadena por la unión de la proteína del virus a ECA2, que se expresa altamente en el corazón, riñón y pulmones. Provocando después un daño multiorgánico (páncreas, cerebro, vasos sanguíneos, etc…). 

Un enfermo de coronairus en la UCI.

A nivel cardíaco, se ha descubierto que el 20% de los pacientes recuperados del COVID-19, presenta daños permanentes en el corazón, objetivados por un nivel alto de Troponina, señal de que el músculo cardíaco está dañado, con resultado de daño secundario de la función cardíaca, lo que repercutirá en un descenso clave en la Fracción de Eyección Cardiaca, dando lugar también a una incapacidad laboral para profesiones de corte físico.

A nivel de los riñones, se sabe que el 6% de los afectados presentan daños graves, con altas posibilidades de insuficiencia renal residual.

A nivel del hígado, los perjuicios pueden provenir del propio virus, aumentando las enzimas hepáticas, o por la fuerte medicación que debemos tomar para curarnos, pudiendo dar lugar a insuficiencia hepática.

Y a nivel psiquiátrico va a ser notable el tratorno por estrés postraumático que va a quedar a muchos enfermos que han estado en situación de aislamiento absoluto, con mucho miedo, o en familiares de las víctimas fallecidas que no se han podido despedir, creando un duelo permanente con depresión secundaria. Esta es una autentica catástrofe, y las secuelas psíquicas y emocionales con fobias y ataques de pánico que nos van a quedar, en muchos casos van a dar lugar a una impotencia funcional también en el ámbito laboral, pudiendo dar lugar a una incapacidad laboral.

Para todos ellos, sobrevivir al Coronavirus, puede ser solo el inicio de un largo viaje entre Tratamientos Médicos, Rehabilitaciones y Terapias de Apoyo.

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