26 de abril de 2024
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FIN DE SEMANA

El catedrático García Guerrero señala que la identificación para el envío del sobre es "inconstitucional" pero cree que evitaría las sombras de fraude

El adelanto electoral al mes de julio aumentará las sospechas del voto por correo, ya que no podrá modificarse la Ley que lo regula

El Cierre Digital en
/ Voto por correo
Pedro Sánchez adelantó ayer las elecciones generales al 23 de julio, lo que impedirá la modificación de la Ley del voto por correo, que sigue ensombrecido por las sospechas de fraude electoral. El catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Castilla-La Mancha, José Luis García Guerrero, subraya la inconstitucionalidad de la decisión de la Junta Electoral de exigir identificarse a la hora de entregar el sobre con la papeleta electoral. Pero señala que sería peor el "fraude".

Las elecciones municipales y autonómicas de este 28M han hecho resurgir las sombras que pesan sobre el voto por correo, derecho que, a excepción de Melilla, se pudo ejercer sin necesidad de identificarse a la hora de entregar sobre y papeleta electoral.

El adelanto electoral anunciado ayer por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, impedirá la modificación del voto, ya que la reforma de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) llevaría unos plazos incompatibles con la premura electoral.

El catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Castilla-La Mancha, José Luis García Guerrero, advierte que este adelanto electoral a una fecha que coincide con un periodo vacacional para muchas familias y con la fiesta del 25 de julio en varias autonomías, elevará la petición de ejercer el voto por correo, lo que podría camuflar nuevos casos de fraude

García Guerrero recuerda a elcierredigital.com que el derecho a votar por correo "viene regulado por la LOREG en los artículos 72, 73, 74 y 75. Concretamente el 73 señala que la ciudadanía puede pedir el voto con DNI, pasaporte o carnet de conducir, y también se tiene que identificar cuando recibe sobres y papeletas"

El problema, añade, "surge a la hora de entregar el voto en sí, ya que la LOREG no exige identificación, lo que facilita que delincuentes compren y entreguen votos".

Es cierto que la Junta Electoral, en el caso de Melilla, impidió entregar votos sin identificación, pero este hecho puede ser declarado "inconstitucional", subraya. Aun así, el catedrático cree que, aun así, sería peor realizar unas elecciones con sombra de "fraude", por lo cual opina que debería pedirse la identificación. 

Cabe recordar que la resolución 243/2023 de la Junta Electoral Central acordó exigir identificación en Melilla al tildar el derecho de "acto personalísimo"

La resolución

La Junta Electoral justificó su decisión de congelar la LOREG en Melilla a cuenta del voto por correo porque, "aunque en esta ciudad la experiencia viene demostrando que el porcentaje de electores que optan por esta modalidad de voto es muy superior a la media nacional, este porcentaje se ha disparado en relación con los comicios inmediatamente anteriores. Estas cifras son insostenibles, y sin mayor esfuerzo intelectivo hacen pensar que pudieran existir irregularidades en el proceso del voto por correo"

José Luis García Guerrero. 

La JEC consideró que la gravedad que supone la posibilidad de un uso fraudulento del voto por correo en la ciudad de Melilla aconsejaba adoptar estas "medidas extraordinarias". "Deberá exigirse la identificación personal del elector mediante DNI, pasaporte u otro documento de identificación válido, en el momento de la entrega de la documentación que contenga su voto", ordenaron. 

"Esa misma identificación personal del elector se exigirá en el resto de oficinas de Correos del territorio nacional cuando se trate de documentación electoral dirigida a alguna de las Mesas de la Ciudad Autónoma de Melilla", añadieron. 

El derecho se podía ejercer "aportando la documentación acreditativa que haya impedido realizar al elector dicha comparecencia personal, no pudiendo aceptar la Oficina de Correos dicha documentación electoral perteneciente a otro elector si no se acompaña de la correspondiente autorización".

Y, sobre las documentaciones electorales sustraídas, explicaron que habían sido "rápidamente anuladas mediante el bloqueo de los respectivos códigos identificativos, lo cual impide que puedan ser admitidas por ninguna oficina del territorio nacional, quedando así imposibilitada una posible utilización ilegítima de esa documentación para votar"

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