25 de abril de 2024
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FIN DE SEMANA

Mattos tiene la nacionalidad española desde 1999, se encontraba en libertad provisional por el 'caso Hyundai' y ahora la AN revoca al TC

Guerra entre la Audiencia Nacional y el Constitucional: Se extradita a Colombia al empresario Carlos Mattos

Carlos Mattos.
Carlos Mattos.
La justicia española ha autorizado la extradición del empresario Carlos Mattos a Colombia después de que el Tribunal Constitucional la anulara un año atrás. La Audiencia Nacional ratificó este miércoles la decisión que afecta al colombiano, solicitado en su país de origen por un supuesto soborno para obtener beneficios en un proceso judicial en contra de la compañía coreana Hyundai.

La Audiencia Nacional ha vuelto a aprobar este miércoles 3 de noviembre la extradición a Colombia del empresario Carlos José Mattos Barrero –de origen colombiano y con nacionalidad española desde 1999–, que fue anulada hace un año por el Tribunal Constitucional debido a que algunos documentos emitidos por la Fiscalía de su país no contaban con la autorización judicial necesaria. Ahora, al ser recibidos finalmente en España, la justicia española ha dado luz verde nuevamente al traslado de Mattos.

El empresario colombiano, que se encuentra en estos momentos en libertad provisional, es solicitado en su país de origen por presunto soborno a funcionarios de la Administración de Justicia de Bogotá para obtener beneficios en un proceso legal judicial de la empresa Hyundai Colombia Automotriz S.A –de la que Mattos era accionista mayoritario– contra la compañía coreana Hyundai Motor Company. Mattos quería tener la representación de esa marca en Colombia para comercializar de manera exclusiva los vehículos y repuestos en el país sudamericano.

Según la reclamación colombiana, se logró la manipulación del sistema de reparto para que dicha demanda fuera conocida por el Juzgado Sexto Civil de Bogotá, cuyo titular recibió dinero de Mattos para decretar una medida cautelar favorable a sus intereses económicos, unos hechos que serían constitutivos de los delitos de cohecho y daños informáticos.

Audiencia Nacional. 

El acusado se oponía a la extradición por entender que dada su condición de español podía ser juzgado en España por los hechos por los que se le imputa, además de asegurar que su estado de salud le impedía ser trasladado a Colombia, entre otras alegaciones. En un auto, dictado este miércoles, el tribunal de la Sala de lo Penal ha manifestado que se cumplen todos los requisitos para proceder a la entrega de Mattos a su país de origen.

Según la sentencia judicial, a la que ha podido acceder elcierredigital.com, la defensa del empresario llevada por el letrado Ismael Oliver Romero, se basaba en que no hay un control judicial sobre la naturaleza de los hechos imputados al reclamado y que se reproducen los mismos defectos por los que el Tribunal Constitucional otorgó amparo a Mattos y anuló las resoluciones de la Audiencia Nacional que autorizaban su entrega en 2020.

Para el tribunal, las alegaciones de la defensa nos son atendibles ya que las órdenes de captura y las que las prorrogaron cumplen las exigencias del convenio de extradición y el canon de motivación reforzada y control judicial sobre la prisión provisional a que se refiere el Tribunal Constitucional en el auto mencionado. Desde abril de 2018 Mattos se refugia en el país europeo, alegando un estado de salud delicado. En octubre de ese año, la Fiscalía de Colombia solicitaba su extradición y era detenido por las autoridades españolas.

Además la justicia española ha desestimado el resto de alegaciones a favor de Mattos para oponerse a su vuelta a Colombia, considerando que se cumplen los requisitos establecidos en el convenio de extradición entre ambos países de doble incriminación y mínimo punitivo, así como que se trata de un delito común, que no se advierte motivación espuria y que la pena no ha prescrito.

Tampoco contempla que el hecho de que Mattos tenga la nacionalidad española sea motivo para denegar la extradición, ya que se trata de una "potestad facultativa". En este sentido, apunta que aunque el empresario haya residido varios años en España también ha mantenido su vinculación con Colombia, donde ha estado desarrollando durante años su actividad profesional y donde se habrían producido los hechos por los que es investigado.

La Audiencia Nacional aclara que en caso de recaer condena, el reclamado podrá solicitar el cumplimiento de la pena en España de conformidad con el Tratado sobre traslado de personas condenadas firmado entre ambos países. Por otro lado, respecto al estado de salud, otro de los motivos argumentados para impedir su extradición, la justicia española entiende que no es impedimento según los informes expedidos por los médicos forenses.

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