27 de abril de 2024
|
Buscar
FIN DE SEMANA

El recurso fue presentado por la Fiscalía y la Acusación Particular tras conocerse la inocencia del yerno de la asesinada, único juzgado por este caso

Crimen de la CAM: Miguel López defiende su inocencia ante el recurso por su absolución

Miguel López durante el juicio.
Miguel López durante el juicio.
La defensa de Miguel Lopez ha presentado este lunes su impugnación al recurso de la Fiscalía y la Acusación Particular sobre la sentencia absolutoria en el asesinato de María del Carmen Martínez, conocida como viuda de la CAM. La sentencia 10/2019 del 18 de noviembre de 2019 declaró no culpable a Miguel López, yerno de la fallecida y único juzgado por el crimen.

Miguel Lopez ha impugnado este lunes el recurso de la Fiscalía y la Acusación Particular sobre su sentencia absolutoria en el asesinato de su suegra María del Carmen Martínez, conocida como viuda de la CAM, cuya sentencia resultó absolutoria para el único acusado, Miguel López.

La primera de las cuestiones planteadas es que el acta que se devolvió al jurado popular para que lo argumentasen e incluyesen los contraindicios presentados durante el acto del juicio oral sin la preceptiva audiencia, pero sin embargo, en la petición de nulidad la defensa de López sostiene que sí se produjo esa audiencia e incluso la Fiscalía sí reconoció ese acto, que no fue audiencia pública, sino privada, aunque luego la Fiscalía rectificó y en recurso admite que ese acto se produjo de manera unificada con otro acto.

Argumenta la defensa de López, que obiviamente "no estamos ante un caso en el que una magistrada-presidente se hubiese reunido con los jurados para devolverle el acta, sin presencia de las partes, en el que sí se podría decir que no ha existido audiencia, sino que la Audiencia se produjo tal y como consta documentado, tanto en el acta del Letrado de la Administración de Justicia y firmada por todos (¡!) sin queja alguna, como en la propia plasmación videográfica del acto". 

Además, el acta fue devuelta al jurado a las diez de la noche del sábado y el acusado no estaba convocado a la lectura, por lo que evidentemente no iba a producirse una lectura del veredicto, "así que la audiencia convocada claramente era de devolución de acta, no explican entonces si no a qué fueron convocados allí las acusaciones. Cuando la magistrada dijo para que se encontraban allí, para la devolución del acta, nadie pidió la palabra", según el escrito presentado por la defensa de López.

El acta y el video de esa vista del sábado demuestran que sí hubo audiencia y que por supuesto sí hubo oportunidad y "amplisima de alegar lo que se tuviera por conveniente y de hecho se alegó", continúa la impugnación de Miguel López.

Durante todo el proceso ninguna de las partes pidió ver el acta que estaba sobre la mesa de la magistrada-presidente, Francisca Bru, que ella tenía en la mano en todo momento. 

Asimismo, en el recurso el Ministerio Fiscal, ejercido por José Llor, a la sentencia se aduce que se creó "una indefensión y que no pudo protestar ni presentar alegaciones". Sin embargo, después reconoce que sí alegó y sí protestó “en el mismo sentido se pronuncia la acusación particular, insistiendo que se privó a las partes (sic) de la posibilidad de ser oidas. Y escribimos sic porque como veremos, bastó que dicha acusaciónn particular dijese “con la venia” para que la magistrada-presidente le diera la palabra con un “dígame” y las acusaciones comenzaran a alegar lo que quisieron. No entendemos que se pueda mantener en un recurso semejante afirmación absolutamente contraria a la realidad de lo sucedido y lo acreditado", según recoge la impugnación presentada y que tendrá que decidir el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.

Miguel López tras ser declarado inocente.

Según recoge el acta del juicio hubo hasta doce interrupciones de la acusación particular y cinco alegaciones de la Fiscalía, según consta en la transcripción literal de esa audiencia celebrada el sábado. Todas las interrupciones se refieren a las pruebas de indicios, sin son argumentables o no, sin embargo, ninguna parte pidió ver el acta, aunque las acusaciones sostenían que ese primer acta, devuelto al jurado, era condenatoria. En su recurso no se plantean que pudiera ser absolutoria.

Prueba de la parafina

Las acusaciones también plantearon indefensión, sin embargo, la defensa de López dice que no es posible tal indefensión porque "los hechos argumentados (en el recurso) no ocurrieron efectivamente" y se presentan varias sentencias del Tribunal Supremo y el TSJPV al respecto.

Sobre la supuesta falta de imparcialidad de la magistrada al devolver el acta al jurado, que según las acusaciones era de culpabilidad, el recurso ponía como ejemplo que la jueza dijo al jurado que no estaba recogida "la prueba de la parafina", como ejemplo de uno de los contraindicios. Dice la defensa de Lopez que incluso daría igual que ese acta recogiera la culpabilidad del yerno de la asesinada, ya que el acta fue devuelto, porque estaba mal argumentado. "La magistrada solo pretendia que el veredicto estuviese motivado. Además, la magistrada pidió que motivasen su resolución y no que cambiasen el veredicto", argumenta el abogado de López en su escrito.

El hecho más importante acaecido durante esas horas fue sin duda que un jurado suplente tuvo que deliberar desde el domingo por incapacidad sanitaria de otra persona del jurado que tuvo que retirarse. Sin embargo, en el recurso no se habla de este jurado suplente, que tuvo que comenzar de cero tras la devolución del acta, aunque no hubiese acudido al juicio oral.

Por todos estos motivos la defensa del Miguel López pide que no sean admitidos los recursos ante el TSJV.

COMPARTIR: