27 de abril de 2024
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FIN DE SEMANA

El CGPJ resuelve que el magistrado del Supremo puede seguir en el juicio a pesar de cumplir 72 años el próximo 9 de mayo

El veterano juez Luciano Varela podrá seguir enjuiciando el Procés y dictar sentencias al jubilarse

Luciano Varela, juez del Supremo.
Luciano Varela, juez del Supremo.
El Consejo General del Poder Judicial ha acordado la prórroga de jurisdicción del magistrado de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, Luciano Varela, a partir de su jubilación el próximo 9 de mayo. La Comisión Permanente del CGPJ le habilita para continuar como miembro del tribunal de la causa especial 20907/2017, más conocida como "El Procés", durante el tiempo que dure el juicio y el preciso para dictar después sentencia.

La incertidumbre sobre la jubilación del juez Luciano Varela, que tendría lugar el 9 de mayo, se ha acabado con la resolución del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que habilita al juez Varela "durante la totalidad del juicio y todas las actuaciones posteriores que sean precisas para el dictado de la oportuna sentencia".

El acuerdo se tomó a petición del presidente de la Sala Segunda del alto tribunal, Manuel Marchena, y en aplicación del artículo 256 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que, una vez jubilado un magistrado, este “deliberará, votará redactará y firmará las sentencias, según proceda, en los pleitos a cuya vista hubiere asistido y que aún no se hubieren fallado”.

No es la primera vez que el CGPJ toma una medida similar, ya que, por ejemplo, otros jueces fueron objeto de la misma medida, como el presidente de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de San Sebastián Pablo Pérez Rubio (en 1995), el magistrado de la Audiencia Provincial de Badajoz Ramiro Baliña Mediavilla (en 1998), el presidente de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Málaga José María Muñoz Caparrós (en 2006) o el presidente de la Sección Tercera de esa misma Audiencia Carlos Prieto Macías (en 2010). Este último formaba parte del tribunal que enjuiciaba el llamado “caso Minutas” cuando alcanzó la fecha de jubilación.

Un momento del juicio al "Procés".

Existe incluso un precedente en la propia Sala Segunda del Tribunal Supremo, el del magistrado Enrique Bacigalupo Zapater, a quien la Comisión Permanente concedió la prórroga de jurisdicción el 8 de julio de 2008 “para la conclusión de las vistas, deliberación, votación, redacción y firma de las sentencias correspondientes” a los procesos sobre ilegalización de los partidos políticos Partido Comunista de las Tierras Vascas (PCTV) y Acción Nacionalista Vasca (ANV).

El temor de algunos juristas que es que Varela no pudiese firmar las sentencias una vez jubilado, pero este miedo se disipa ahora con el acuerdo del CGP,  que facilita a Varela continuar formando parte de la sala que conoce la causa especial 20907/2017 “durante la totalidad del juicio y todas las actuaciones posteriores que sean precisas para el dictado de la oportuna sentencia”.

El CGPJ ya ha adoptado en el pasado numerosos acuerdos disponiendo que magistrados jubilados continuaran celebrando las sesiones de una vista oral en aplicación del artículo 256 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, “habilitaciones que respondían a una interpretación teleológica y de claros resultados útiles del citado precepto, pues no solo se trataría de garantizar la tutela judicial efectiva, entendida esencialmente como derecho a la defensa, sino también como preservar el derecho a que no se produzcan dilaciones, como consecuencia de las actuaciones practicadas por el magistrado que se jubila a lo largo del tiempo al que se extiende el juicio oral, respetándose de esta manera los principios de inmediación, oralidad y concentración en las actuaciones procesales”, según una nota emitida por el CGPJ. De esta manera, el juez Varela podrá seguir enjuiciando el Procés, aunque el próximo 9 de mayo cumplirá 72 años.

Lo hará gracias a la aplicación del artículo 256 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) contempla una posibilidad inédita que podría contemplarse como solución: “Cuando fuere trasladado o jubilado algún Juez o Magistrado deliberará, votará, redactará y firmará las sentencias, según proceda, en los pleitos a cuya vista hubiere asistido y que aún no se hubieren fallado, salvo que concurriera causa de incompatibilidad o proceda la anulación de aquélla por otro motivo”.

Luciano Varela Castro es un reconocido y prestigioso jurista gallego, de corte progresista, autor del borrador de la actual Ley del Tribunal del Jurado Popular, fue el primer instructor de la operación Nécora y forma parte de la Sala Penal del Tribunal Supremo desde 2007.

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