02 de mayo de 2024
|
Buscar
FIN DE SEMANA

Se amplía la denuncia ante la Fiscalía contra Sanidad aportando los BOE de fechas 19 y 24 de marzo sobre las medidas adoptadas por Illa e Iglesias

Anticorrupción recibe nuevos informes sobre la 'reclusión' de los ancianos en las residencias durante el coronavirus

Exclusiva Salvador Illa y Pablo Iglesias.
Salvador Illa y Pablo Iglesias.
La Fiscalía Anticorrupción ha recibido una solicitud de ampliación de la denuncia que se presentó en su sede hace escasos días contra el Gobierno de Pedro Sánchez por la gestión en las residencias de mayores durante la crisis del coronavirus. En la ampliación se recoge como la responsabilidad de la administración en las residencias fue prevista, aunque tarde, por el vicepresidente Pablo Iglesias para que recayese sobre las Comunidades Autónomas. Así lo recoge el BOE del 24 de marzo.

La mayoría de las víctimas del Covid-19 en España han sido personas mayores que estaban acogidas en residencias. El Gobierno y los responsables del Centro de Alertas y Emergencias Sanitarias podrían ser responsables, según esta denuncia ante la Fiscalía Anticorrupción, de cómo se han gestionado estos centros de mayores durante  esta grave crisis sanitaria con más de 17.000 ancianos fallecidos.

Sin embargo, el Ministerio de Sanidad, Salvador Illa, a instancias del Vicepresidente Segundo del Gobierno y ministro de Derechos Sociales, Pablo Iglesias, ideó y maquinó una supuesta protección legal del Gobierno, trasladando las competencias a las Autonomías en una orden ministerial publicada en el BOE del 24 de marzo. 

Estos nuevos documentos se han puesto ya a disposición de la Fiscalía Anticorrupción para ampliar la demanda interpuesta hace escasos días contra la gestión del Gobierno, sin especificar cargos ni ministros. "Las residencias se convirtieron en auténticos centros de la muerte, a modo de centros de exterminio geriátricos; pero si lo anterior es gravísimo, no lo es menos conocer que quienes redactaron tal guía de actuación, que se escudan en el anonimato, eran conocedores del destino final de muchos de los ancianos infectados por COVID-19, ¡LA MUERTE'", se puede leer en la misma.  

Ampliación de denuncia. 

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, decretó el 14 de marzo el Estado de Alarma, que conllevaba aparejado un confinamiento en el hogar, como medida para intentar paliar la crisis que se avecinaba en España. Pero lo más elocuente, es que nueve días antes, el 5 de marzo, el propio Ministerio de Sanidad, dirigido por Salvador Illa, ya conocía la peligrosidad del coronavirus, sobre todo, entre la población que tenía más de 65 años. Por eso, ese mismo día ya publicó un plan oficial de contingencia para "recluir" a los ancianos que estaban en internos en las residencias españolas ante el posible rebrote del Covid-19.

Curiosamente, en ese período, entre el 5 de marzo y el 14 de marzo, se llevaron a cabo diversos eventos públicos cuando el coronavirus ya estaba llamando a las puertas de las residencias de España y ya se había elaborado un plan para "recluir" a los ancianos en sus habitaciones de estos centros socialsanitarios.

Tal y como publicó en su día Elcierredigital.com el primer informe elaborado por Sanidad fue fechado el día 5 de marzo y fue titulado como "Documento Técnico. Recomendaciones a residencias de mayores y centros sociosanitarios para el Covid-19". A lo largo de nueve páginas explicaba que “al tratarse de una enfermedad transmisible se deben extremar las medidas de precaución”.

El citado dossier ya detallaba, se debía tener mucha precaución debido a que “la mortalidad aumenta con la edad” y "al tratarse de de una enfermedad transmisible se debe extremar las medidas de precaución (...) afecta de de forma más grave a mayores de 65 años(...) la mortalidad aumenta con la edad (...)la mortalidad entre 70-79 años es del 8 por ciento y la mortalidad de los mayores de 80 es del 14,8 por ciento".

En la página cinco del citado informe de Sanidad se detella textualmente las medidas de "reclusión" de los ancianos en las residencias: "Como norma general, todos aquellos residentes que presenten sintomatología respitaroria aguda, deberán restringir sus movimientos lo máximo posible y quedarse en una habitación con buena ventilación (preferiblemente al exterior) e idealmente con un baño propio. Las salidas a las zonas comunes deberán restringirse al máximo posible y si éstas fueran necesarias, deberán llevar una mascarilla quirúrgica".   

Un plan hecho Ley en el BOE

En el BOE del 19 de marzo en su Apartado Segundo se disponían “medidas relativas a la ubicación y aislamiento de pacientes Covid-19 en las residencias de mayores y otros centros sociosanitarios”. Las personas afectadas por esta regulación se clasificaban de la siguiente manera:

“a) Residentes sin síntomas y sin contacto estrecho con caso posible o confirmado de COVID-19.

b) Residentes sin síntomas, en aislamiento preventivo por contacto estrecho con caso posible o confirmado de COVID-19.

c) Residentes con síntomas compatibles con el COVID-19

d) Casos confirmados de COVID-19. Esta clasificación debe realizarse en cada centro con carácter urgente, y a más tardar en el plazo de un día desde que se publique esta orden”.

BOE del 19 de marzo, apartado segundo. 

Además, se preveía que “en el caso de que un residente presente infección respiratoria aguda leve, debe ser aislado del resto de residentes”.

También se recogían los siguientes supuestos:

“3.- En el caso de que haya más un residente con infección respiratoria aguda leve, y no sea posible el aislamiento individual, puede recurrirse al aislamiento por cohorte.

  1. En el caso de residentes con diagnostico COVID-19 confirmado, debe ser aislado del resto de residentes.
  2. En el caso de que haya más de un residente con infección confirmada por COVID-19, puede recurrirse al aislamiento por cohortes.
  3. En cualquier caso, estos residentes, casos posibles o casos confirmados de COVID-19, deben mantenerse aislados del resto de residentes.
  4. En el caso de que las condiciones del centro lo permitan, es preferible el aislamiento vertical o por plantas, como criterio de agrupación preferible para cada uno de los grupos de residentes señalados en punto 1. El centro debe utilizar la sectorización de incendios ya definida como área de ubicación de cada uno de los grupos señalados, salvo que esto no sea posible por el tamaño de la residencia.
  5. El centro deberá atender especialmente, el mantenimiento en la zona de aislamiento que le corresponda a aquellas personas deambulantes o errantes, con trastorno neurocognitivo, de manera que se le permita deambular sin que le resulte posible salir de esa zona de aislamiento, evitando la utilización de sujeción mecánica o química”.

Competencias a las autonomías

En el BOE del 24 de marzo se publicó una nueva orden del Ministro de Sanidad, liderado por Salvador Illa, a propuesta del Vicepresidente Segundo y ministro de Derechos Sociales del Gobierno, Pablo Iglesias. En ella se dejaba ya claro que las competencias se transferían en su totalidad a las diferentes Comunidades Autónomas.

El su apartado Tercero, esta orden ministerial señala a los consejeros de salud autonómicos las intervenciones que pueden realizar de manera delegada. Entre ellas no está el traslado de ancianos a hospitales:

“Se faculta a la autoridad competente de la Comunidad Autónoma, en función de la situación epidémica y asistencial de cada centro residencial o territorio concreto y siempre atendiendo a principios de necesidad y de proporcionalidad, a intervenir los centros residenciales objeto de esta Orden. Entre otras actuaciones, esta intervención podrá conllevar:

  1. a) Ordenar por motivos de salud pública justificados el alta, la baja, reubicación y traslado de los residentes a otro centro residencial de su territorio, con independencia de su carácter público o privado.
  2. b) Establecer las medidas oportunas para la puesta en marcha de nuevos centros residenciales y la modificación de la capacidad u organización de los existentes.
  3. c) En los casos en los que un centro residencial cuente con pacientes clasificados en los grupos b), c)

y d) del apartado segundo.1 de la Orden SND/265/2020, de 19 de marzo, designar a un empleado público para dirigir y coordinar la actividad asistencial de estos centros.

A estos efectos, dicho empleado público dispondrá de los recursos materiales y humanos disponibles en el centro residencial intervenido, así como de los recursos vinculados con la actividad sanitaria asistencial que se presta de forma habitual a los residentes en el mismo.

Boe del 24 de marzo apartado tercero. 

d) Modificar el uso de los centros residenciales objeto de esta Orden para su utilización como espacios para uso sanitario de acuerdo con lo establecido en el apartado noveno de la Orden SNS/232/2020, de 15 de marzo, por la que se adoptan medidas en materia de recursos humanos y medios para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. Esta actuación será especialmente de aplicación en los casos en los que el centro residencial cuente con pacientes clasificados en el d) del apartado segundo.1 de la Orden SND/265/2020, de 19 de marzo”.

De esta forma, el Gobierno de Pedro Sánchez, bajo la dirección del ministro de Derechos Sociales Pablo Iglesias, pasaba una incómoda patata caliente a las Comunidades Autónomas: La responsabilidad en la gestión de las residencias de mayores, lugares donde se han concentrado elmayor número de víctimas mortales por el Covid-19.

Esta decisión oficial obra ya en documentos en poder de la Fiscalía Anticorrupción, que ha recibido por ello una solicitud de ampliación de la denuncia que se presentó en su sede hace escasos días contra los gestores del Gobierno de Pedro Sánchez por la gestión realizada en las residencias de mayores durante la crisis del coronavirus.

COMPARTIR: