26 de abril de 2024
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FIN DE SEMANA

La normativa no entrará en vigor hasta 20 días después de su publicación en el BOE, es decir, hasta el próximo 13 de marzo

Tras 14 meses de lo exigido por la UE, se aprueba la Ley de protección de denunciantes de corrupción

El Boletín Oficial del Estado (BOE) del 21 de febrero recoge la ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de denunciantes e informadores sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, que se ratificó de forma definitiva el pasado 16 de febrero en el Congreso. La normativa entrará en vigor a los 20 días de su publicación en el BOE, es decir, hasta el próximo 13 de marzo no producirá efectos.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) de este martes 21 de febrero recoge la ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de denunciantes e informadores sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción. La ley consiguió ratificarse en el Congreso el pasado 16 de febrero pero no entrará en vigor hasta los 20 días después de su publicación en el BOE, es decir, hasta el próximo 13 de marzo.

Esta ley tiene su origen en una directiva europea de 2019 que busca proteger y garantizar la seguridad de aquellas personas que informan sobre infracciones del derecho de la Unión Europea, los conocidos como whistleblower (denunciantes de corrupción). De hecho, la Comisión Europea alertó a España de que sería denunciada ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) si no implementaba a tiempo la ley, y es que contaba con dos años para hacerlo, hasta diciembre de  2021. Pero la realidad es que la ley de protección de denunciantes sobre corrupción llega con más de un año de retraso.

Con esta ley se pretende amparar a los ciudadanos que denuncien posibles irregularidades y corrupción en la Administración pública y en la empresa privada. Y, por tanto, se prohíben las represalias contra el denunciante y se protege a los intermediarios, compañeros o familiares del mismo. 

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Portada del BOE donde ha sido publicada la ley mencionada. BOE

Una de las principales claves de esta normativa es la implementación de canales de denuncia de situaciones de corrupción. Por un lado, deben diseñarse, establecerse y administrarse de manera “segura” e incluir información sobre a quién se designa como responsable para su correcto funcionamiento. Y también se creará un canal externo dentro de la Autoridad Independiente de Protección del Informante.

Así, están obligados a implementar canales internos el sector público y las empresas que tengan más de 50 empleados, y las personas jurídicas del sector privado que tengan entre 50 y 249 trabajadores y que así lo decidan. Además, la ley de denunciantes de corrupción también obliga a disponer de un canal interno de información a los partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales y fundaciones que gestionen fondos públicos, con independencia de su número de trabajadores.

Respecto a las sanciones, se establecen multas de entre 1.001 y 300.000 euros en el caso de que sean las personas físicas, y entre 100.000 y el millón de euros si se trata de personas jurídicas, las que cometen un infracción. Por ejemplo, el hecho de impedir o dificultar una denuncia, no cumplir con el derecho de confidencialidad o practicar represalias puede suponer una multa de 50.000 euros.

Los 'whistleblowers'

Aunque ya hace casi tres años que este periódico ya hablaba de las leyes que defendían a los whistleblowers y que entraban en vigencia en la Unión Europea, es ahora cuando España ha cumplido con la obligación.

Whistleblowing_web

España en ese momento disponía de plazo suficiente, hasta el 17 de diciembre de 2021, para trasponerlo a nuestra legislación y, por otra parte, los planes establecidos por el ministro indicaban que la Directiva de los “whistleblowers” se aprobaría en el 2021, bastantes meses antes del límite establecido.

Sin embargo, no ha sido hasta el año 2023, fuera del tiempo establecido por la UE, cuando la medida ha sido incorporada a nuestra legislación.

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