26 de abril de 2024
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FIN DE SEMANA

Hablan los expertos para aconsejarnos qué decisiones tenemos que tomar desde el primer minuto

Guía de cómo la Ley de Segunda Oportunidad puede ayudar a los afectados por la crisis del COVID

La crisis económica a consecuencia de la pandemia del COVID-19 ha provocado que miles de familias y empleados se hayan quedado sin fuentes de ingresos por los ERTES o el cierre de empresas. Varios expertos consultados por elcierredigital.com nos aconsejan sobre qué hacer y cómo acogernos a la Ley de Segunda Oportunidad que cada día gana más adeptos en nuestro país.

Negocios cerrados, empresas en quiebra, trabajadores en ERTE, la tasa de desempleo en aumento… Estos son tan solo algunos de los efectos que en el plano económico ha tenido la crisis de la COVID-19 en España. Como consecuencia de todo ello, miles de familias se encuentran ante una situación tan complicada como inesperada, que es necesario afrontar de la forma más rápida y eficaz posible. Y una manera de hacerlo que cada vez gana más adeptos la Ley de Segunda Oportunidad.

En general, los expertos lo tienen claro: Hablamos de un mecanismo eficaz y de gran ayuda para liberar a personas físicas y jurídicas de todas esas deudas que son incapaces de pagar, para que así puedan seguir adelante y volver a empezar. Esta idea cobra, hoy más que nunca, especial valor, en un contexto que resulta de todo menos optimista y halagüeño. “Lamentablemente, es una realidad que la crisis del coronavirus no solo ha sido una crisis sanitaria, sino que a partir de ahora se va a convertir en una crisis económica que se va a llevar a muchos negocios y pequeños autónomos por delante”. Esto es lo que vaticina Guillermo Pérez Gómez, abogado de Larson & Co. Un vaticinio que, más que eso, parece haberse convertido ya en una realidad.

Así, mientras todas las previsiones apuntan a un aumento del paro y a un descenso del PIB en nuestro país, nos centramos en explicar cuáles son las particularidades de esta vía para que autónomos y familias puedan volver a empezar.

¿En qué consiste esta ‘segunda oportunidad’?

Es importante comenzar diciendo que, tal y como apunta Ángel Andújar desde Segunda Oportunidad Galicia, “el acogimiento a la Ley de Segunda Oportunidad no se ajusta al 100 % de las situaciones de insolvencia”. Sin embargo, el propio abogado especialista también sostiene que constituye un potente y útil recurso para la mayoría de los casos, que todo apunta a que serán muy numerosos a raíz de “la paralización económica sin precedentes que ha supuesto la crisis de la COVID-19”.

En resumen, el objetivo de la Ley de Segunda Oportunidad es ayudar a todos aquellos que lo necesiten a “renegociar sus deudas e, incluso, a cancelarlas de forma definitiva”, apunta Andújar. Eso sí, para poder recurrir a esta vía es necesario cumplir algunos requisitos mínimos y entender que, aunque la finalidad es la misma, el procedimiento variará según se trate de una empresa o de una persona natural. 

En ambos casos, el activo y el pasivo debe ser inferior a 5 millones de euros, y es también requisito indispensable que el deudor haya llegado a un acuerdo con sus acreedores, o que al menos lo haya intentado”, explica Guillermo Pérez Gómez. Solo así se podrá iniciar un proceso de liquidación de los bienes disponibles, “manteniendo aquellos que estén afectos a su actividad empresarial”, matiza el abogado.

En definitiva, los requisitos para poder acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad no son en absoluto exigentes. Es más, “son muy fáciles de asumir para cualquier persona que esté en una situación de endeudamiento alta”, aclara Pérez Gómez.

¿Cómo se desarrolla el procedimiento?

Partimos de la base de que el de Segunda Oportunidad es un procedimiento complejo y poco conocido por la sociedad en su conjunto. Por eso, no es extraño que como todos los expertos Ángel Andújar recomiende, como primer paso, “recurrir a profesionales expertos en la materia para decidir y diseñar la mejor estrategia a seguir”. 

Posteriormente, habrá que solicitar la participación de un mediador concursal, que convocará a todos los acreedores con la intención de crear y aprobar un plan de pagos que satisfaga a todas las partes. Pero ¿qué ocurre si no se logra un acuerdo? Entonces, aclara Guillermo Pérez Gómez “se declarará el concurso de acreedores y el procedimiento pasará a la vía judicial, momento en el cual, siempre y cuando sea suficiente la masa activa, se abrirá la fase de liquidación”. 

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